Los 10 derechos laborales más importantes de los contratos temporales de navidad

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Durante la campaña de navidad se van a generar más de un millón de contratos temporales. Explicamos los 10 derechos laborales más importantes de estos trabajadores.

La campaña de navidad, que comienza con el Black Friday y se extiende hasta las rebajas de enero, genera todos los años gran cantidad de contratos temporales.

Con una tasa de paro elevada, estos contratos de temporada son un pequeño alivio para muchos trabajadores en desempleo.

Los contratos temporales de navidad proporcionan ingresos durante unos meses, permiten acumular cotizaciones por desempleo para acceder a determinados subsidios y pueden ser una vía de acceso a otros contratos posteriores.

Hemos visto que las grandes empresas de comercio, hostelería y distribución amplían en miles sus plantillas durante estas fechas, publicando grandes ofertas de empleo, pero también las pequeñas empresas y autónomos buscan refuerzos de personal.

 

El hecho de que se trata de contratos temporales no significa de ningún modo que el trabajador carezca de los derechos que le reconoce la legislación laboral y que conviene conocer de antemano

 

  1. Derecho a tener un contrato de trabajo por escrito, con copia que se le entregará en el mismo momento de la firma y con el contenido legalmente obligatorio.
  2. Derecho a estar dado de alta en Seguridad Social desde el primer momento en que se inicia la actividad laboral. Si el trabajador ha facilitado su número de teléfono móvil a la Seguridad Social, recibirá un sms confirmándole el momento en que la empresa le haya dado de alta y de baja.
  3. Derecho a disfrutar de los permisos y festivos reconocidos en el convenio colectivo y de todas las medidas de seguridad y prevención de riesgos laborales.
  4. Derecho a conocer cuál es el convenio colectivo por el que se regulará su actividad, ya que los trabajadores temporales tienen los mismos derechos regulados en su convenio colectivo que los trabajadores indefinidos de plantilla, incluso si trabajan mediante una Empresa de Trabajo Temporal.
  5. Derecho a conocer qué tipo de contrato temporal es el que ha firmado, ya que hay distintas clases (eventual, por obra o servicio, contrato de sustitución, etc).
  6. Derecho a no tener que realizar horas extra no pagadas o pagadas en negro. Con el nuevo sistema de registro de jornada obligatorio, el control de la Inspección de Trabajo ha aumentado y las empresas deben respetar el cumplimiento de la legalidad.
  7. Derecho a recibir las nóminas, con la forma y el contenido obligatorio.
  8. Derecho a finiquito.  Una vez que termine la relación laboral, el trabajador tiene derecho a recibir su liquidación o finiquito, con todas las cantidades que le adeude la empresa por el tiempo trabajado, horas extra o complementarias realizadas y la parte proporcional de las vacaciones y pagas extraordinarias que haya generado.
  9. Derecho a indemnización por fin de contrato temporal.  El fin de un contrato temporal no es un despido propiamente dicho, ya que de antemano las dos partes sabían que la contratación iba a estar limitada a un periodo de tiempo, pero el trabajador también tiene derecho a una indemnización por finalización de ese contrato, que en los contratos que se firman en la actualidad es de 12 días por año trabajado, con cálculo de la parte proporcional prorrateada.
  10. Derecho a conversión a contrato fijo, en determinadas circunstancias.  Empresa y trabajador pueden llegar al mutuo acuerdo de convertir el contrato temporal en fijo, pero también esta conversión puede venir impuesta por la ley si el empresario hace un uso indebido de la contratación temporal.

 

Durante el tiempo que haya durado la contratación, la empresa habrá estado ingresando las cotizaciones por el trabajador.

Las cotizaciones por desempleo sirven para poder solicitar una prestación o subsidio. Si el trabajador tiene acumulados 360 o más días de cotizaciones no consumidas, podrá solicitar la prestación contributiva. Si tiene menos, el subsidio por cotización insuficiente para el que necesitará 3 meses de cotización si tiene cargas familiares (cónyuge o hijos a cargo) o 6 meses de cotizaciones si no las tiene.

 


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