Quienes trabajen durante las Elecciones del 23 de julio o formen parte de las Mesas Electorales tienen derecho a permisos retribuidos. ¿Qué normativa lo regula y qué hacer si la empresa se niega a dar el permiso?
Permisos retribuidos para las personas que trabajan el domingo 23 de julio y van a ejercer su derecho al voto
Actualizado: 22/07/2023
Para aquellas personas que trabajan el día de elecciones generales (23J) los permisos para ir a votar dependen de en qué medida su jornada de trabajo coincidió con el horario de apertura de las Mesas Electorales (9.00 a 20.00 h):
- Si el horario de trabajo no coincide con el de las mesas electorales o lo hace por un período inferior a dos horas: NO HAY DERECHO A UN PERMISO RETRIBUIDO.
- Si el horario de trabajo coincide en dos o más horas y menos de cuatro: DERECHO A UN PERMISO RETRIBUIDO DE 2 HORAS PARA IR A VOTAR.
- Si el horario de trabajo coincide en cuatro o más horas y menos de seis: DERECHO A PERMISO RETRIBUIDO DE 3 HORAS PARA IR A VOTAR.
- Si el horario de trabajo coincide en seis o más horas: DERECHO A PERMISO RETRIBUIDO DE 4 HORAS PARA IR A VOTAR.
En el caso de trabajadores contratados a tiempo parcial, la duración de los anteriores permisos se reducirá proporcionalmente a la jornada de trabajo que realicen respecto a los trabajadores contratados a tiempo completo en la misma empresa.
Estos permisos son retribuidos, de modo que la empresa no puede reducir de ningún modo el salario del trabajador el día de las elecciones.
Es importante recordar que las empresas pueden exigir a los trabajadores que utilicen estos permisos retribuidos, el justificante de haber ido a votar. Por lo tanto, hay que solicitarlo en la Mesa electoral en el mismo momento de la votación.
Permisos retribuidos para trabajadores que sean presidente o vocales de las mesas electorales, interventores y apoderados
Quienes hayan ejercido de presidente, vocal e interventor en las Mesas Electorales, tendrán derecho a permiso retribuido durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación y de cinco horas en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior.
Cuando se trate de personas que ejerzan de apoderados, el permiso comprenderá únicamente la jornada correspondiente al día de la votación.
¿Qué sucede si la empresa no me da el permiso retribuido a que tengo derecho para ir a votar?
No es habitual que las empresas impidan a sus trabajadores ir a votar, pero tampoco sería la primera vez que sucede y ya hay precedentes de sanciones a empresas por impedir a sus trabajadores ir a votar.
En el caso de que la empresa impida a los trabajadores disfrutar de estos permisos, hay que denunciarlo a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Si se prevé que va a haber problemas, siempre es conveniente hacer por escrito la solicitud del permiso, con acuse de que la empresa lo ha recibido. Y aunque el trabajador puede interponer por si mismo la denuncia ante la Inspección, es recomendable que sean los representantes legales de los trabajadores en la empresa los que ejerzan esta acción.
Las empresas que no conceden a sus trabajadores el permiso retribuido a que tienen derecho para ir a votar, comenten una infracción grave sancionada por la Inspección de Trabajo.
Más información:
Más información oficial: Portal de información del Ministerio del Interior (elecciones 2023 23J)
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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La empresa para la que he trabajado nosolo me hacía trabajar entre 9 y10 horas diaria ne tenias descansos en horario la oral, tampoco tenía días de descanso, no me han pagado mis horas extras ni tampoco festivos trabajados y tampoco me dejaron ir a votar el 23 de julio domingo, en las elecciones