Tanto para obtener por primera vez el DNI, como para renovarlo, es absolutamente obligatoria la presencia física en las oficinas del DNI de la persona titular y que antes haya solicitado cita previa.
Cómo se renueva el DNI, paso a paso
Actualizado: 18/10/2022
Después de que hayan terminado las medidas excepcionales del estado de alarma, la renovación del DNI ha recuperado el procedimiento habitual.
Vemos por lo tanto que hay tres pasos necesarios:
- Solicitar cita previa
- Presencia en persona en las oficinas de renovación del DNI
- Aportación de documentos y pago de las tasas.
Cómo pedir cita previa para renovar el DNI
La cita previa es obligatoria y puede solicitarse en este enlace oficial: https://www.citapreviadnie.es/citaPreviaDniExp/Inicio.action
Se le abrirá una ventana como esta para solicitar la cita previa
Pulsando la primera opción (“Acceso con datos DNI / NIE”) se pone en marcha el sistema para pedir cita previa para la renovación tanto del DNI como del pasaporte.
Simplemente tendrá que introducir los datos del documento a renovar : número del Documento, equipo de expedición, fecha de validez, y resolver el código de seguridad. Si tiene alguna duda sobre dónde se encuentran esos datos, en la parte derecha hay unas imágenes que lo explican señalándolo sobre un DNI real.
Las oficinas de renovación del DNI comunican a todos los ciudadanos que deben acudir a su cita puntualmente, provistos de mascarilla, con el importe exacto en metálico de la tasa y de forma individual (salvo para expediciones a menores o personas que necesiten acompañamiento).
Pago de las tasas por renovar el DNI
Al final del proceso, cuando se la va a confirmar la cita previa que se le ha asignado, se le ofrece la posibilidad de pagar a través de Internet las tasas de renovación del DNI, ya que el pago se puede hacer en dos momentos:
- Cuando está reservando la cita previa, o
- Cuando acude a la oficina, en metálico y llevando el importe exacto.
En esta guía explicamos cómo se realiza el pago, el importe de las tasas y cuándo es gratuita la renovación del DNI.
Documentación necesaria para renovar el DNI
El Ministerio del Interior comunica que estos son los documentos que se deberá aportar en cada caso para la renovación del DNI:
- Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante, tamaño 32×26 milímetros, con fondo uniforme blanco y liso, tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona. (La fotografía deberá mostrar claramente el óvalo de la cara, que incluye cejas, ojos, nariz, boca y mentón, y deberá ser de alta resolución y en papel fotográfico de buena calidad)
- El DNI anterior (En caso de pérdida o extravío se requerirá denuncia previa o comunicación de tal incidencia al equipo de expedición).
En caso de caída del chip, el DNI-e deberá ser tratado como un documento deteriorado, estando su titular obligado a la obtención de un duplicado, tal y como se establece en el artículo 8 del Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, en el cual se preceptúa que “los documentos sustituidos perderán el carácter de Documento Nacional de Identidad, así como los efectos que el ordenamiento jurídico atribuye a este con respecto a su titular”.
- En caso de cambio de domicilio, respecto del que figure en el Documento anterior, certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del Documento Nacional de Identidad.
Estos documentos no serán necesarios si el interesado autoriza, en el momento de la tramitación, al equipo de expedición a consultar los datos del domicilio mediante acceso al Sistema de Verificación de Datos de residencia.
- Si el alta en el Padrón Municipal se ha realizado en los dos últimos meses, es necesario aportar el certificado o volante de empadronamiento a que se hace referencia.
NOTA: Debido al posible retraso que se pueda producir en la actualización de los datos del domicilio en el sistema informático y en menor medida, a las posibles incidencias de carácter técnico (ajenas a Policía) en el acceso a los mismos, es recomendable que el ciudadano se provea con anterioridad del certificado o volante de empadronamiento.
- Cuando el titular del DNI sea menor de 14 años o persona con capacidad judicialmente complementada se llevará a cabo en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela, o persona apoderada por estas últimas.
Puede descargar el modelo de apoderamiento , siendo importante leer la nota informativa que se descarga con el mismo. - En caso de variación de datos de filiación, Certificado del Registro Civil (expedido con una antelación máxima de seis meses a la fecha de la solicitud del DNI 3.0).
- El extravío, sustracción, destrucción o deterioro del DNI 3.0, conllevará la obligación de su titular de proveerse inmediatamente de un duplicado (con los mismos datos y fotografía) cuya validez será la misma que tenía el documento al que sustituye, salvo que éste se halle dentro de los últimos 90 días de su vigencia, en cuyo caso se expedirá con los mismos requisitos y validez que si se tratase de una renovación.
En los casos de extravío y/o sustracción, el ciudadano deberá informar en el inicio de la expedición del duplicado si ya ha interpuesto denuncia sobre dicha circunstancia (ante policía nacional, guardia civil, policía autonómica, policía local, juzgado de guardia, embajada o consulado, etc…); si no lo hubiese realizado o no la llevase consigo en este acto, el funcionario de expedición cumplimentará con antelación a la expedición, denuncia administrativa del extravío o sustracción del DNI, independientemente de que el ciudadano, si lo estimase oportuno, pudiera ejercer su derecho de interponer denuncia con posterioridad, respecto a cualesquiera otros objetos extraviados o sustraídos, sin incluir el DNI.
¿Qué plazo tengo para la renovación del DNI?
El DNI debe renovarse dentro de los últimos 180 días de vigencia, antes de su fecha de caducidad.
En caso de sustracción, extravío, deterioro o mal funcionamiento del chip electrónico, deberá renovarlo lo antes posible, y obtendrá un nuevo documento con su validez total cuando queden menos de 90 días para su caducidad. En el caso que superase los 90 días, obtendrá uno nuevo con la validez anterior.
¿Me van a entregar el nuevo DNI europeo?
La Dirección General de la Policía, ha publicado este comunicado:
“El nuevo DNI 4.0 (formato europeo) se entregará a los ciudadanos a medida que vayan renovando sus actuales DNI o expidiéndose uno nuevo, acorde al plan de despliegue fijado por Policía Nacional.”
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