El Ministerio de Trabajo advierte a las empresas que abusan del periodo de prueba
Yolanda Díaz se indigna con el comportamiento de las empresas que se limitan a hacer lo que les permite el Estatuto de los Trabajadores.

Noticia del 25/04/2024
El caso de la chica que trabajó en un bazar
La Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha comunicado a través de su cuenta personal en Twitter el inicio de una campaña en la Inspección de Trabajo para controlar a las empresas que utilizan de forma sistemática la no superación del periodo de prueba para evitar la contratación indefinida de los trabajadores.
Escuchamos a la Ministra Yolanda Díaz (24/04/2024 en X):
Y ahora, analicemos la experiencia personal que cuenta la trabajadora y que provoca la indignación de la Ministra (“¡Esto es la leche ¿eh?)!”:
Se comenta que la trabajadora fue contratada en un bazar al comienzo de la campaña navideña y que al llegar al mes, le dijeron que no había superado el periodo de prueba.
¿Qué dice al respecto el Estatuto de los Trabajadores vigente tras la reforma laboral?
Pues que el empresario dueño del bazar, en el caso que comenta la chica, ha hecho ni más ni menos lo que la normativa le permite hacer: comunicar a la trabajadora que no había superado el periodo de prueba de un mes. Sin necesidad de justificar su decisión. Y esa finalización del contrato no da derecho a ningún tipo de indemnización, también de acuerdo con la normativa laboral vigente.
Si hay algo que “es la leche“, señora ministra, es legislar sin prever las consecuencias que todos los laboralistas anticipamos cuando en la reforma laboral se suprimieron los contratos temporales por obra y servicio y no se modificó la normativa del periodo de prueba: muchos empresarios utilizarían el periodo de prueba como mecanismo para evitar la contratación indefinida, con el perjuicio para el trabajador de que no hay indemnización por fin de contrato por no superar el periodo de prueba… ni tan siquiera los 12 días por año trabajado que si tienen de indemnización los contratos temporales.
Por supuesto que es razonable que la Inspección de Trabajo persiga a las empresas que cometen irregularidades, como fijar periodos de prueba superiores a lo permitido por el convenio o el Estatuto, o volver a obligar a pasar por periodo de prueba a un trabajador al que ya contrataron para las mismas funciones … todo esto debe ser perseguido y sancionado. Pero basta ya de jugar con los videos y los titulares.
Lo que a usted le parece “la leche”, es simplemente lo que a día de hoy todas las empresas pueden hacer con su normativa, artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores. Si no está conforme, modifíquela.
Estatuto de los Trabajadores. Periodo de prueba
Artículo 14: periodo de prueba
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Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)

