El sistema de notificaciones telemáticas están redefiniendo la comunicación de empresas y trabajadores con la Seguridad Social. Te explicamos cómo acceder a ellas y utilizarlas correctamente.
Actualizado: 23/07/2024
¿Qué son las notificaciones telemáticas?
Las notificaciones telemáticas son comunicaciones electrónicas enviadas por la Seguridad Social a través de su sistema RED. Estas notificaciones pueden incluir información crucial como altas y bajas de trabajadores, cotizaciones, afiliaciones y otros procesos administrativos.
Este método de comunicación en el que la administración pública se adapta a las nuevas tecnologías es crucial para garantizar que los procesos sean más rápidos, eficientes y menos susceptibles a errores o pérdidas de documentos.
Existen distintos tipos de notificaciones que se pueden recibir de manera telemática:
- Los actos dictados por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en materia de inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores, cotización, liquidación, recaudación, sanciones e impugnaciones.
- Las resoluciones emitidas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), como resoluciones de prestaciones y subsidios.
- Los actos y resoluciones emitidos por el Instituto Social de la Marina (ISM).
¿Cómo funcionan las notificaciones telemáticas?
Las notificaciones telemáticas funcionan a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, donde los usuarios pueden acceder utilizando su certificado digital, DNI electrónico o cl@ve. Una vez dentro del sistema, los usuarios pueden revisar, firmar y responder a las notificaciones.
Obligatoriedad de las notificaciones telemáticas
Con la Orden ISM/189/2021, de 3 de marzo, se estableció la obligatoriedad de las notificaciones telemáticas para todas las empresas y autónomos inscritos en el sistema de la Seguridad Social.
Ignorar o no firmar las notificaciones telemáticas puede tener consecuencias perjudiciales, como el avance de procedimientos administrativos sin el conocimiento del interesado o la acumulación de deudas por falta de respuesta. Ignorar una notificación no sirve más que para complicar las cosas
¿Cómo consultar y firmar notificaciones telemáticas de la Seguridad Social?
Para consultar las notificaciones electrónicas, los usuarios deben acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y dirigirse a la sección de Notificaciones/Comunicaciones. Aquí, tras identificarse, podrán visualizar un listado de notificaciones pendientes y proceder a su firma electrónica, lo que permite la descarga o el rechazo de la documentación. En este video se resume el proceso y después lo detallamos paso a paso:
Paso 1: Acceso a la Sede Electrónica
Primero, debes acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social en https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio . Es importante que tengas a mano tu certificado digital o tus credenciales de acceso del sistema Cl@ve, ya que serán necesarios para identificarte y acceder a tus notificaciones.
Paso 2: Identificación y autenticación
Una vez en la Sede Electrónica, selecciona la opción de “Notificaciones Telemáticas”. Aquí te pedirán que te identifiques utilizando uno de los métodos de acceso permitidos: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
Paso 3: Acceso al buzón de notificaciones
Tras la identificación, accederás al buzón de notificaciones electrónicas. En este apartado, podrás ver todas las notificaciones que la Seguridad Social ha enviado a tu nombre o al de tu empresa.
Paso 4: Revisión de la notificación
Selecciona la notificación que deseas consultar. Es recomendable leer detenidamente el contenido de la notificación para entender completamente su alcance y las posibles acciones a realizar.
Paso 5: Firma de la notificación
Para firmar la notificación, deberás seguir las instrucciones que te proporciona el sistema. La firma electrónica es el equivalente digital a la firma manuscrita y tiene la misma validez legal. Al firmar la notificación, estás confirmando que has recibido y leído el contenido de la misma.
Paso 6: Respuesta a la notificación
Si la notificación requiere una respuesta o acción por tu parte, asegúrate de realizarla dentro del plazo estipulado. En algunos casos, podrás responder directamente a través de la Sede Electrónica.
Paso 7: Confirmación y cierre
Una vez firmada y/o respondida la notificación, recibirás una confirmación de que el proceso se ha completado correctamente. Es importante que guardes esta confirmación, ya que servirá como comprobante de tu respuesta.
¿Hay otras formas de acceder a las notificaciones telemáticas de la Seguridad Social?
Si. Además de utilizar la Sede Electrónica de la Seguridad Social (como hemos visto en esta guía), se puede acceder a las notificaciones telemáticas a través de la Carpeta Ciudadana y la Dirección Electrónica Habilitada Única siempre que se tenga medio de identificación seguro, como certificado digital, clave, dni electrónico, etc.
En este ejemplo, puedes ver cómo aparece en la Carpeta Ciudadana (enlace) una notificación pendiente de entrega:
Y así en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHU):
Consejos para gestionar bien las notificaciones telemáticas de la Seguridad Social
- Mantén actualizados tus datos de contacto en la Seguridad Social para asegurarte de recibir las notificaciones. Sobre todo, es muy importante que tu teléfono móvil actual esté correctamente dado de alta en las bases de datos de la Seguridad Social, porque muchas comunicaciones formales e informativas, te llegarán en forma de aviso por SMS y también el teléfono móvil sirve como vía de identificación al recibir una clave por SMS (si no se tiene certificado digital).
- Revisa regularmente tu buzón de notificaciones telemáticas, incluso si no esperas recibir ninguna comunicación.
- Si tienes dudas o necesitas asistencia, puedes contactar con la Seguridad Social (TGSS o INSS) o consultar con un asesor laboral.
El papel de los asesores laborales en la gestión de notificaciones
Los asesores laborales (gestores administrativos, graduados sociales, abogados laboralistas, etc) juegan un papel vital en la gestión de las notificaciones telemáticas, especialmente para aquellos ciudadanos y trabajadores que no están familiarizados con el sistema o que prefieren delegar esta tarea para concentrarse en su actividad principal. Estos profesionales pueden asegurar que todas las notificaciones sean atendidas correctamente y en tiempo, evitando errores y posibles sanciones.
Si necesitas asesoramiento profesional para este tipo de gestiones, contacta a través de este formulario de consultas.
Referencia legal
Orden ISM/903/2020, de 24 de septiembre, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la Administración de la Seguridad Social
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Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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Si cojo una herencia cobrando el subsidio mayor de 52 años, tengo que notificarlo?
Buenos días Manoli,
Si, es obligatorio. Cuando se recibe en herencia bien dinero en efectivo, bienes o bienes inmuebles, si se está cobrando el subsidio de mayores de 52 años, hay que comunicarlo al SEPE presentando la documentación. Luego, en función de los importes, el SEPE calcula las rentas y si se superan puede producirse la suspensión del cobro de la ayuda durante un mes, reanudándose después. Pero si no lo comunica y luego el SEPE lo detecta (que lo detecta siempre a través de la información de los registros y de la Agencia Tributaria), entonces el servicio público de empleo iniciará un procedimiento sancionador y se puede llegar a la extinción del subsidio, con obligación de devolver todo lo percibido desde el momento en que se recibió la herencia y no se comunicó.
Un saludo