Explicamos qué son los vales de comida que algunas empresas entregan a sus trabajadores, y sus ventajas e inconvenientes como retribución. Resolvemos dudas frecuentes y aclaramos el límite exento en IRPF en 2025.

¿Qué son los tickets restaurant?
Actualizado: 03/09/2025
Los tickets restaurant (cheques o tarjetas de comida) son retribución en especie: una parte del salario que la empresa entrega para cubrir el gasto de la comida en establecimientos de hostelería adheridos. Pueden emitirse en cheques impresos con importe nominal o como tarjeta electrónica recargable.
El importe aparece en nómina como salario en especie, con sus efectos fiscales y de cotización, y se rige por requisitos específicos para que pueda aplicarse la exención en IRPF (ver más abajo).
¿Cómo funcionan los tickets restaurant?
El trabajador utiliza los cheques o la tarjeta en restaurantes adheridos (suelen señalizarlo). Con tarjeta se paga el importe exacto; con cheques, cada uno tiene un valor (por ejemplo, 5 € y 10 €) y se entregan los necesarios para cubrir la cuenta.
Intervienen cuatro partes: la emisora (empresa “TicketR”), los restaurantes adheridos, la empresa que concede el beneficio y el trabajador que lo usa. La emisora liquida periódicamente a los restaurantes el importe de los consumos realizados con cheques/tarjeta.
Ventajas para trabajador y empresa
Para el trabajador:
- Facilitan pagar la comida en días de trabajo, con exención en IRPF hasta 11 € por día si se cumplen los requisitos.
- Mayor control del gasto (tarjeta) y amplia red de uso.
Para la empresa:
- Mejoran la compensación sin elevar tanto la carga fiscal del empleado (dentro del límite exento).
- Gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades como gastos de personal.
Exención en IRPF 2025: límite y requisitos
En 2025, la entrega de vales de comida está exenta de IRPF hasta 11 € por día trabajado. El exceso sobre 11 €/día tributa como retribución en especie. Para que la exención sea aplicable deben cumplirse, en síntesis, estos requisitos habituales:
- Sólo días efectivamente trabajados (un uso por día). No es para fines de semana o vacaciones salvo que se trabaje ese día.
- No acumulables de un día a otro (lo no consumido no puede usarse otro día ni abonarse en metálico).
- Intransferibles y nominativos (identifican a la persona usuaria).
- Sin reembolso en dinero (ni por la empresa ni por terceros).
- Uso en hostelería (restaurantes, cafeterías, etc.).
- Incompatibles con dietas exentas por manutención ese mismo día.
Con tarjetas/cheques electrónicos debe existir control diario del consumo. En casos de teletrabajo, la DGT ha admitido la exención cuando se cumplen los mismos requisitos (comida vinculada a la jornada y control del importe diario).
¿Comedor de empresa, tickets o máquinas de vending?
En plantillas grandes, el comedor de empresa puede ser preferible por tiempo y conciliación (reduce desplazamientos y alarga menos la jornada partida). Mantener comedor cuesta más a la empresa, pero favorece relaciones y cultura interna.
Cuando la empresa tiene comprometido un comedor, no puede sustituirlo por máquinas de vending como alternativa equivalente, según doctrina judicial: el vending no garantiza una dieta sana, equilibrada y variada.
Preguntas frecuentes
¿Cotizan a la Seguridad Social?
Como salario en especie, en general integran la base de cotización (salvo supuestos legalmente exceptuados). Deben figurar en nómina.
¿Puedo pagar parte con tickets y parte en metálico?
Sí. Si la cuenta supera el saldo del día, puedes abonar la diferencia con tu dinero. Si es menor que un cheque, la diferencia no se devuelve.
¿Se pueden usar en fines de semana o fuera de horario?
Para aplicar la exención, sólo en días efectivamente trabajados y una comida principal por día. Las emisoras suelen bloquear usos fuera de los intervalos y días permitidos.
¿Qué pasa si caducan?
Los cheques caducados pierden su validez y no se canjean por dinero. Revisa la fecha (en papel) o condiciones (en tarjeta).
¿Puedo seguir usándolos si finaliza mi contrato?
Depende de la política de la empresa y de la emisora. Es habitual que deban devolverse los cheques no usados o que se bloquee la tarjeta.
¿Hay límites adicionales?
El salario en especie no puede superar el 30 % de la retribución total anual y nunca puede sustituir íntegramente al salario en dinero.
Consejos prácticos
- Planifica el importe diario (hasta 11 €) para no generar exceso sujeto a IRPF.
- Evita usos en días no trabajados o fuera de hostelería (podrían perder la exención).
- Si teletrabajas, confirma con RR. HH. las franjas válidas y cómo se acredita el día de trabajo.
Enlaces de interés
- AEAT – Exenciones y exclusiones (vales de comida, 11 €/día)
- AEAT – Rendimientos del trabajo en especie exentos
- BOE – Reglamento del IRPF (art. 45: tarjetas/vales-comida)
- DGT V1923-21 – Vales de comida y requisitos (incluye teletrabajo)
- Seguridad Social – Bases y tipos de cotización

Redactora especialista en Empleo y Tecnologías de la Comunicación