Si elegiste la modalidad de pago fraccionado en la declaración anual de la Renta (IRPF de 2022), no te despistes con la fecha de pago del segundo plazo a la Agencia Tributaria
¿Cuál es la fecha de pago del segundo plazo de la renta?
Actualizado: 12/09/2023
En la declaración anual de la Renta (IRPF de 2022), cuando una declaración sale a pagar, la Agencia Tributaria permite fraccionar el pago en dos plazos:
- PRIMER PLAZO: 60% del importe total, que se paga hasta el 30 de junio de 2023.
- SEGUNDO PLAZO: 40% restante, que se paga hasta el día 6 de noviembre de 2023.
Si el pago lo domiciliamos en una cuenta bancaria abierta en España, la Agencia Tributaria pasará al cobro el segundo plazo el día 6 de noviembre de 2023 y si no se domicilió, esa será la fecha tope para efectuar el ingreso
Contribuyentes que en junio SI domiciliaron el pago del segundo plazo
La Entidad colaboradora procederá, en su caso, el día 6 de noviembre de 2023, a cargar en cuenta el importe domiciliado del segundo plazo, remitiendo al contribuyente justificante acreditativo del ingreso realizado. En este caso, deberá disponerse de saldo suficiente en la cuenta indicada.
Contribuyentes que en junio NO domiciliaron el pago del segundo plazo, pero si el primero
El ingreso correspondiente al segundo plazo deberá efectuarse en cualquiera de las Entidades colaboradoras sitas en territorio español, directamente o por vía electrónica, mediante el documento de ingreso, modelo 102.
No obstante, y siempre que se haya domiciliado el primer plazo, los contribuyentes podrán domiciliar el segundo plazo hasta el 30 de septiembre de 2023, inclusive.
Contribuyentes que en junio NO domiciliaron el pago del segundo plazo y tampoco el del primero
Importe del ingreso: el 40 por 100 restante de la cantidad resultante de la declaración. Momento de efectuar el ingreso: hasta el día 6 de noviembre de 2023, inclusive.
El pago se podrá realizar en cualquiera de las entidades colaboradoras sitas en territorio español, directamente o por vía electrónica, mediante el documento de ingreso, modelo 102, que podrá obtener mediante descarga a través del portal de Internet de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la dirección electrónica e “http://sede.agenciatributaria.gob.es” o bien en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Más información: Agencia Tributaria
País Vasco y Navarra tienen un sistema especial
País Vasco tiene un sistema tributario propio y para consultar toda la información sobre plazos, modo de presentación de la documentación, consulta de datos, etc. de la declaración de la renta hay que acceder a los enlaces a la Diputación del Territorio Histórico donde tenga fijada su residencia habitual.
Navarra también tiene su propio calendario fiscal. Información oficial en su página web.
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
¿Quieres enviarme una consulta? Pulsa aquí.