La duración del paro depende de la cantidad de días cotizados por desempleo que hayas podido acumular. Te explicamos cómo se calcula.
Actualizado: 21/07/2024
La duración de la prestación contributiva (lo que normalmente se conoce por “el paro”), se calcula teniendo en cuenta los días que el trabajador ha cotizado por desempleo durante los seis años anteriores. Eso si, hay que tener un mínimo cotizado de 360 días, porque si se tienen menos, entonces no se podría pedir la prestación contributiva, sino un subsidio por cotización insuficiente.
Volvamos a la prestación contributiva, que es el paro por tener un año cotizado como mínimo. La situación más habitual es aquella en la que a un trabajador se le termina el contrato (si es un contrato temporal) o le despiden (si lo que tenía era un contrato indefinido). Esa fecha es el momento a partir del cual hay que contar hacia atrás, seis años y ver cuántos días tiene cotizados por desempleo el trabajador.
Todo esto tiene luego muchas situaciones especiales, pero estamos explicando de forma muy sencilla en funcionamiento general del cálculo.
Cuando contamos hacia atrás los seis años, buscando días cotizados por desempleo del trabajador, hay que tener en cuenta que lo que se buscan son días cotizados “no consumidos”, es decir, que el trabajador no haya utilizado ya para cobrar un paro anterior, porque cuando un día cotizado se utiliza para cobrar el paro, se consume, es decir, ya no se puede utilizar para volver a solicitar una segunda vez otra prestación”
¿Lo vemos con un ejemplo?
Supongamos que Sandra lleva trabajando 10 años y ha estado en varias empresas y el día 1 de agosto de 2024 se le ha terminado el contrato de su último trabajo. Para saber cuanto derecho a paro tendrá Sandra, tenemos que contar seis años hacia atrás y ver cuántos días cotizados por desempleo sin consumir tiene.
Una forma de ver estos días es a través del informe de vida laboral.
Contamos seis años hacia atrás, hasta el 1 de agosto de 2018 y vemos todos los dias que ha cotizado por desempleo. En total son 1.400, porque hay momentos en las que no tuvo trabajo. Eso si, hay que tener en cuenta que hace dos años, Sandra ya pidió el paro, por lo que todos los días cotizados anteriores a esa fecha en la que pidió el paro, no se cuentan. Es decir, hay que contar únicamente los días que Sandra ha cotizado dentro de los seis años anteriores a quedarse en paro y si pidió el paro o un subsidio en ese periodo, solamente tendremos en cuenta los días de cotización posteriores a la solicitud de ese paro … porque los anteriores se han consumido y no se pueden utilizar una segunda vez.
Hacemos el cálculo y vemos que en los seis años anteriores, Sandra tiene realmente 800 días cotizados por desempleo sin consumir. Y ahora la pregunta es: con esos días cotizados ¿cuántos días de paro le corresponden a Sandra?
En este caso (y en el de todos los trabajadores) hay una tabla en la que se indica cuánto tiempo dura la prestación contributiva (el paro que le corresponde al trabajador), en función de los días que ha cotizado.
Esta es la tabla, que está regulada en la Ley General de la Seguridad Social (art. 269), con la que se calculan los días de paro que corresponden al trabajador.
Días cotizados | Días de paro que corresponden |
---|---|
de 360 a 539 | 120 |
de 540 a 719 | 180 |
de 720 a 899 | 240 |
de 900 a 1079 | 300 |
de 1080 a 1259 | 360 |
de 1260 a 1439 | 420 |
de 1440 a 1619 | 480 |
de 1620 a 1799 | 540 |
de 1800 a 1979 | 600 |
de 1980 a 2159 | 660 |
desde 2160 | 720 |
Una regla para recordar durante cuánto tiempo se cobra este paro contributivo es “un mes de paro por cada tres meses cotizados”
Como hemos comentado, hay situaciones más complejas que el ejemplo que hemos puesto y para estos casos, hay un simulador del SEPE con el que se introducen a mano algunos datos, como duración de los contratos, parcialidad, etc y automáticamente nos indica los días de paro y cantidad a cobrar que corresponden:
Pulsa aquí para ver cómo funciona el programa de auto cálculo de prestaciones por desempleo del SEPE
En estas guías tienes más información sobre todo esto que hemos comentado:
¿Cómo y dónde pido un informe de vida laboral?
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
¿Quieres enviarme una consulta? Pulsa aquí.
Hola, si cogí el paro hace 5 años ( 4 meses) y he ido trabajando y reanudando ese paro hasta agotarlo, ¿los días cotizados entre reanudaciones cuentan para un futuro paro?
Muchas gracias.
Buenos días. La respuesta es afirmativa. Todos los días que trabaje durante los periodos intermitentes en que suspende y reactiva la prestación por desempleo, generan cotizaciones por desempleo que van quedando almacenadas y podrá utilizar en el futuro para pedir una nueva prestación o subsidio cuando quede en situación legal de desempleo.
Un saludo