A veces el trabajador duda sobre si pedir un subsidio o bien esperar a acumular un año de paro y pedir la prestación contributiva. Analizamos ventajas e inconvenientes de cada una de las opciones
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CONSULTA DE UN TRABAJADOR:
Actualizado 06/12/2025
“Me faltan unos días para cumplir el año cotizado, pero ya se me acaba el contrato. No se si esperar a juntar los días que necesito con un nuevo contrato o cobrar ya el subsidio por cotización insuficiente ¿Qué me recomienda?”
RESPUESTA
Evaluación de las Alternativas tras la reforma de los subsidios (RDL 2/2024). Veamos las dos opciones:
A) Pedir ahora el subsidio por cotización insuficiente, o
B) no pedir ahora el paro y esperar a acumular 360 días de cotización para poder pedir la prestación contributiva por desempleo.
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Opción A: Pedir ahora el nuevo subsidio por cotización insuficiente
Este subsidio por insuficiencia de cotización ha sido mejorado en cuantía y acceso,
Requisitos Principales:
- Estar en situación legal de desempleo.
- Haber cotizado un mínimo de 3 meses (90 días), independientemente de si se tienen o no responsabilidades familiares.
- Carecer de rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, no superar los 888 euros de rentas e ingresos mensuales. Si el trabajador tiene rentas por encima de este umbral, ya no hay duda, puesto que no podrá solicitar el subsidio, que es una ayuda asistencial. Sin embargo, cuando acumule 360 días cotizadosk, entonces podrá pedir la prestación contributiva, sea cuales sean las rentas que tenga.
Ventajas de pedir el subsidio:
- Ingreso inmediato y de mayor cuantía: La ayuda económica es más elevada que antes y se percibe de forma progresiva (tomando como referencia un IPREM de 600€/mes):
- Durante los primeros 6 meses: 95% del IPREM (aproximadamente 570€ mensuales).
- Del 7º al 12º mes: 90% del IPREM (aproximadamente 540€ mensuales).
- A partir del 12º mes: 80% del IPREM (aproximadamente 480€ mensuales).
- Acceso Simplificado: Se unifica el requisito de cotización mínima a 90 días para todos los casos, eliminando la anterior distinción entre tener o no cargas familiares para el acceso inicial.
- Eliminación del Subsidio Parcial: Si su último contrato fue a tiempo parcial, ya no sufrirá una reducción en la cuantía. Con la reforma, el subsidio se cobra siempre de forma íntegra.
Inconvenientes:
- Consumo de cotizaciones: Este sigue siendo el punto más importante y no ha cambiado con la reforma. Al solicitar y cobrar este subsidio, las cotizaciones por desempleo que ha acumulado se consumen y no podrán ser utilizadas para solicitar una futura prestación contributiva. Su contador de días cotizados para el “paro contributivo” se pondría a cero. En su caso, perdería los casi 360 días que tiene a cambio de este subsidio.
- Duración Limitada: Aunque la cuantía ha mejorado, la duración del subsidio sigue dependiendo de los meses cotizados y de si tiene responsabilidades familiares, no siendo indefinida.
- No Cotiza para la Jubilación: A diferencia de la prestación contributiva, este subsidio no cotiza a la Seguridad Social para su futura pensión de jubilación (la única excepción es el subsidio para mayores de 52 años).
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Si en junio del año pasado me faltaba mes y medio para paro y pedí la ayuda del paro por no llegar al año perdi las cotización para paro?
Respuesta de los moderadores
Si se utilizan las cotizaciones para solicitar un subsidio, esas cotizaciones ya quedan consumidas y por lo tanto, no se pueden utilizar una segunda vez para pedir otra ayuda.
Buenos días, quisiera saber si tengo derecho a la presentación de paro si he estado trabajando de fijo discontinuo durante dos temporadas cotizando 193 días. Pero el año pasado como solo tenía 170 días cotizados medieron la ayuda, y este año me han vuelto a negar el paro pero si me dan la ayuda. Es correcto o me tocaría el paro. Gracias.