La renovación de la RAI, misión imposible

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La reforma de los subsidios por desempleo que entró en vigor el 01/11/2024 eliminó la RAI, pero ¿qué sucede con las personas que iban a pedir la segunda o tercera RAI a partir de esa fecha?

nuevos requisitos acceso RAI

 

La RAI quedó derogada en la reforma de los subsidios por desempleo

Actualizado: 08/12/2025

Uno de los aspectos más importantes de la reforma de los subsidios del RDL 2/2024 es la eliminación de dos ayudas extraordinarias:  La Renta Activa de Inserción (RAI) y el Subsidio Extraordinario por desempleo (SED).  Ya no pueden solicitarse, como establece la disposición derogatoria del RDL 2/2024:

Derogación RAI en la reforma de los subsidios

 

¿Qué sucederá con las personas que ya habían solicitado la RAI o generado el derecho antes de la entrada en vigor de la reforma?

Estas situaciones se contemplan en la disposición transitoria tercera del RDL 2/2024se señala que se garantiza que se garantizará el respeto a los derechos de las personas que ya hubieran solicitado la RAI, o la estuvieran recibiendo o la tuvieran suspendida en el momento de entrada en vigor de la derogación, el 1 de noviembre de 2024.

Es decir, que hasta el 1 de noviembre de 2024,  quien esté cobrando la RAI la seguirá cobrando igual. También quien cumpliendo los requisitos la hubiera solicitado o quien la tuviera concedida pero estuviera suspendida por cualquiera de los motivos previstos en la norma. 

¿A partir del 1 de noviembre de 2024 se puede pedir la segunda y tercera  RAI?

Esta cuestión está siendo fue muy debatida al principio, pues aparecieron algunas informaciones (incluso oficiales) que indicaban que se respetaría el derecho de recibir la segunda y tercera RAI. Sin embargo, la realidad es que NO es así.

Los funcionarios del SEPE, tanto en las oficinas de prestaciones como en el 060 informan de que una vez que entró en vigor la reforma de los subsidios en noviembre de 2024, no se puede pedir ni la segunda ni la tercera RAI.

También en la web del SEPE se indica:

no se puede solicitar RAI

Si ya no se puede pedir la RAI, entonces  ¿qué ayuda la sustituye?

Hay muchas personas que quedan sin protección por la derogación de la RAI desde el 01/11/2024, por ejemplo las que iban a solicitar la ayuda por primera vez, o bien su segunda o tercera RAI renovadas.  En estos casos, el gobierno ha previsto que sea el Ingreso Mínimo Vital (IMV) la ayuda que la sustituya, pero cumpliendo los requisitos de acceso del IMV (que en ocasiones son más severos que los de la antigua RAI).

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Desde el SEPE se está enviando una comunicación a las personas que agotan su RAI, por si están interesados en solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV)   a través de la llamada “pasarela de transición al IMV”.

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10 comentarios en «La renovación de la RAI, misión imposible»

  1. Hola Don Oscar, buenas tardes :

    Agradezco que existan personas como usted, dónde los que sufrimos una desinformación absoluta por parte de las administraciones, estén disponibles para ayudar a los ciudadanos. He buscado por si aparecía algún teléfono o dirección dónde comunicarme con usted pero no lo he encontrado.
    Si que he visto que hay una cuota para las consultas pero no es lo mismo que poder llamarle a su oficina.
    Tengo una preocupación enorme desde hace ya tres semanas, que no me permite ni descansar tranquila y es por qué creo que me atendieron jugando bastante con mi situación los funcionarios de Sepe y de la Oficina de Empleo, cuando por motivos muy graves tuve que acudir a informarme de si podía pedir una RAI o subsidio el año pasado.
    En Septiembre del 24 tuve un ingreso en el hospital de Madrid bastante largo, entonces yo percibia una ayuda ecónomica de otra comunidad por enfermedad, se llama renta de integración social. Pues aprovecharon la hospitalización y me suspendieron la ayuda, no pude hacer nada al salir del hospital por que se me pasaron los plazos, y la Trabajadora social no quería hablar conmigo.
    Entonces. llamé a la oficina de empleo dónde una tecnica de V.G ya me había hablado de la posibilidad de solicitar la Rai, el problema era que mi padrón estaba en otra comunidad y fue por lo que se hablaron entre las funcionarias para darme el alta como demandante de empleo en una oficina de Madrid, para hacer el trámite antes del 1 de Noviembre. El caso era un poco particular, por qué yo estaba en la base de datos de las Oficinas de empleo con el certificado de V.G pero también tengo reconocida la discapacidad y el problema era que algunas de esas funcionarias, me dijeron que no tramitará la Rai por V.G si no por discapacidad. Llamé muchas veces y me tenían muy nerviosa, coger una cita era misión imposible y para cuando tuve la oportunidad de que me la dieran, me toco una señora muy desagradable que le llevo toda mi documentación a otra señora con la que tenía que informase de que solicitud podía hacer. Finalmente me dijo que la tramitará por discapacidad, y me explicaron que las personas que lo hicieran antes del día 1 podían volver a prorrogarla, pero si le preguntaba una duda con lo de la solicitud por V.G me decía que volviera a coger cita y así acabé tan harta que como me decían que por discapacidad me lo tramitaban antes, lo hice como ellas me dijeron. El día 31 de Octubre presenté la solicitud y está aprobada desde esa fecha, el primer pago lo tuve en Febrero con los 3 meses atrasados, y en el mes de Mayo recibí un correo de la funcionaria de la oficina de empleo tecnico de V.G que nunca me ha llamado, ni siquiera la conocía dónde lo único que me expone es que ella ha entrado en el punto de coordinación y ha comprobado que no está vigente mi certificado cuando tenía año y medio o menos , y que me ha sacado de su fichero.
    Estoy muy angustiada, por qué me acerqué a la Ofiicina y no me quisieron atender, la chica que estaba en información llamó a seguridad y me dijerón que no podía pasar y solo quería hablar con alguna de ellas, de hecho tome turno desde la maquina para información general, me toco en la mesa 28 y allí empezaron a darme voces, especialmente la que me tramito el cambio de dirección. He llamado mil veces al 060 y se me ha gastado el saldo otras tantas, llamo y estoy hora y media con esa música desquiciante y despues cuelgan sin más. El pasado jueves conseguí escuchar a alguien pero tampoco se oía bien y le conté la situación, dijo que iba a comentar mi caso y que me llamaba, pero me dejo un mensaje en el buzón de voz el cual no tenía configurado, diciendo: ” Que fuera a la seguridad social, a ver si allí me podían ayudar “. Y nada más lejos de la realidad, en estas tres últimas semanas, ya había ido a un Caiss pero sin cita y las dos veces que fui no pudieron atenderme, después estuve con cita el dia 27 de Agosto pero dada la salud que me condiciona a diario, me desplome al llegar y para cuando me atendierón tuve otra funcionaria que lo único que veía posible dada mi situación era que un informe de la trabajadora social me ayudara con la solicitud. Ya que sigo teniendo el empadronamiento en la otra comunidad, y fui esa misma mañana me dieron una cita para el día 29 y cuando me iba a ir a las oficinas de servicios sociales, me mandan un whatssap y me dicen que no me atienden. Y acabé tan agotada que me quede bloqueada con el tramite, se me quitaron las ganas hasta de comer. Cuando hasta había ido a la Agencia Tributaria para pedir de nuevo las claves y el certificado digital en comisaria. Y ahora que he entrado en la sede electrónica creo que no puedo solicitar nada y estoy muy preocupada, por que nadie me ayuda ni asesora bien.
    Y en cuanto tenga fuerzas pondré una queja por todo el daño que me han causado las funcionarias y su denigrante trato e información.
    Por favor, si usted puede ayudarme se lo agradecería muchísimo.
    Un cordial saludo .

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  2. Hola,
    Yo estoy cobrando la RAI y el 15 de Septiembre se me cumplen los 11 meses de cobro. También cobro algo de IMV. Cuando se me acabe la RAI ¿puedo solicitar el subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares o el de mayores de 52 años? Se pueden solicitar esos subsidios? Son compatibles con el IMV?
    Gracias

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    • Buenas tardes Javier. Hay que analizar cada caso en particular, porque depende de sus cotizaciones y de las prestaciones que haya agotado. En el subsidio de mayores de 52 años, además, hay que cumplir requisitos de cotizaciones para la jubilación, por desempleo, la edad y también tener carencia de rentas y vía de acceso al subsidio. Pida cita en su oficina de prestaciones para que con toda la información de que disponen, le indiquen a qué subsidios tendría derecho. El IMV puede ser compatible con los subsidios. Lo explico en esta guía: compatibilidad subsidios e IMV. Un saludo.

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  3. Buenas tardes. En mi caso estaba cobrando por segunda vez el RAI y me dieron un contrato de 3 meses que acepté con muchas ganas, aunque era descender de categoría, pero finalizo el día 04/09 y mi pregunta es ¿ sigo cobrando los meses que me faltan hasta terminar el RAI por segunda vez ?
    Ya me quedó claro que no puedo pedir el tercer RAI. Un saludo

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    • Hola, buenas tardes. Cuando termine su contrato podrá reanudar la RAI que estaba suspendida. El régimen transitorio en este caso sí que le garantiza poder retomarla una vez que termine su contrato de trabajo. Un saludo

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  4. Hola, cuando solicitas la renta activa de inserción en el sepe te dan un justificante donde te pone en letras grandes y bien en negrita:

    Programa de renta activa de inserción.

    Dicho programa de inserción consiste según me dijo la funcionaria en que lo puedes solicitar durante 3 veces con una duración de 11 meses cada una y dejando entre una y otra 12 meses sin cobrarla.
    Quiero decir que dicho programa debe de finalizar al cobrar la 3 solicitud aunque tu obligación sea de llevar toda la documentación pasando los 12 meses sin haberla cobrado.

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    • Buenas tardes. Usted se basa en lo que de palabra “le dijo” una funcionaria. Yo llevo quince años estudiando la normativa y gestionando prestaciones por desempleo y RAI. En el artículo explico las referencias legales y cómo el Gobierno ha diseñado la reforma de los subsidios para que no sea posible solicitar la segunda y tercera RAI a partir del 01/11/2024.
      Pero en fin, demos por buena su fuente de información. Seguro que recuerda a la funcionaria, o al menos la oficina de empleo en la que le dijeron todo eso. Hágales una visita mañana, en persona y pida a cualquier funcionario de los servicios de empleo que le confirme si el año que viene podrá pedir su segunda o tercera RAI. Y si no le contestan, pida hablar con el director/a de la oficina de prestaciones. Luego vuelva y nos comenta lo que le han dicho.

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  5. yo estoy cobrando la rai desde marzo de este año 2024, tengo una minusvalia ,se me acaba en febrero e iba a solicitar de nuevo otro año mas, pero ahora con la reforma que pasa? se me quita la rai que en teoria me pertenecian tres años? y si es asi que tipo de ayuda puedo pedir? mayor de 45 y cargas familiares
    gracias

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    • Buenas tardes, Vanesa. No hay una RAI de tres años, sino que cada solicitud de la RAI es una anualidad (11 meses) y la ayuda se puede volver a pedir un máximo de tres veces en total. Es decir, ni es un periodo de tres años, ni hay prórrogas, sino que cada año es una nueva solicitud que hay que pedir y justificar desde cero, con el cumplimiento de requisitos.
      Si tienes derecho a una RAI y puedes solicitarla antes de la entrada en vigor de la reforma de los subsidios (1/11/2024), el SEPE respetará ese derecho y podrás solicitarla. Pero si hablamos del derecho a la segunda y tercera RAI, una vez entrada en vigor la reforma de los subsidios, la información que parece deducirse de la normativa y de lo que están indicando en las oficinas de empleo, es que no se podrá solicitar esa segunda o tercera RAI una vez que haya comenzado la nueva normativa de los subsidios. De todos modos, como es un tema complejo y afecta a muchas personas, estamos esperando que haya una aclaración oficial por parte del SEPE sobre cómo va a actuar en estos casos.
      En la Ley, (RDL 2/2024) lo que se indica es que habrá un sistema o pasarela para que las personas que queden sin protección de subsidios o RAI, puedan tramitar, si cumplen requisitos, la solicitud del Ingreso Mínimo Vital.

      Un saludo

      Responder

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