El derecho a trabajar en cualquier país de la Unión Europea

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Los ciudadanos de la Unión Europea tienen derecho a vivir y trabajar en los demás países, ¿pero hay que hacer algunos trámites? ¿se tienen los mismos derechos?. El caso español.

Libertad de residencia y de trabajo dentro de la Unión Europea

 
La libre circulación de ciudadanos y trabajadores dentro de la Unión Europea es uno de los pilares de la Unión.

Todos los ciudadanos europeos pueden trabajar en el resto de países, sin discriminación con los trabajadores de esa nacionalidad. Igualmente se tiene derecho a desplazarse y vivir dentro en el resto de países, aunque con unas limitaciones por razones de orden público, seguridad o salud pública.

Este derecho al trabajo es tanto para trabajar por cuenta ajena como por cuenta propia, y a los ciudadanos europeos se les tiene que aplicar la misma normativa laboral que a los trabajadores locales.

Estas libertades se tienen dentro de la Unión Europea y también dentro de los países del Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein), y Suiza.

Además, estos derechos los tienen también los familiares de los ciudadanos europeos. Se consideran familiares al cónyuge o la pareja con una relación análoga inscrita en un país de la UE, del EEE o Suiza y también son familiares los hijos directos, y los del cónyuge o pareja, menores de 21 años o con una incapacidad, o mayores pero que vivan a su cargo.
 
Aunque como hemos visto, no puede haber discriminación en materia de derechos laborales entre los trabajadores de la Unión Europea, es cierto que para poder trabajar, cada país establece una serie de requisitos administrativos. Por ello es necesario informarse a través de nuestras embajadas (todas tienen página web propia) sobre los trámites a realizar en cada lugar y también utilizar los servicios de la RED EURES (Red de los Servicios Públicos de Empleo Europeos).

Para entender cómo funciona el sistema de autorizaciones, vamos a analizar los requisitos que deben cumplir los ciudadanos europeos para trabajar en nuestro país, pero será similar el que tengan que cumplir los españoles que se desplacen a trabajar a otros países europeos.

 

El derecho a residir en España

 
 Los ciudadanos de los países indicados (Unión Europea y Espacio Único Europeo) y sus familiares tienen derecho a vivir, entrar, salir y circular libremente en España, pero en el caso de permanecer en España más de 3 meses, es necesario cumplir una serie de obligaciones:

  • Inscribirse en el Registro Central de Extranjeros
  • Los familiares deberán pedir la tarjeta de ciudadano de la UE
  • Demostrar que se tienen ingresos suficientes para mantenerse.

 
Trámites para fijar la residencia en España
 
Dependiendo de la situación el trámite de inscripción puede variar, o se puede pedir documentación distinta, pero los pasos son similares en todos los casos.
 
Para solicitar la inscripción en el Registro Central de Extranjeros de ciudadanos de la UE (+info)o tarjeta de Familiar, se puede presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería de la provincia donde se vaya a vivir o en la Comisaría de Policía Nacional. El plazo para hacerlo es de 3 meses desde que se llega a España. Se tiene que pagar una tasa de 10.71 euros.

La documentación necesaria es el modelo EX18 y el pasaporte o documento nacional de identidad en vigor. Además:
 
– si se va a trabajar por cuenta ajena: declaración de contratación del empleador o contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo Estatal; documento de alta en la Seguridad Social o consentimiento para que le den el alta.
 
– si se va a trabajar por cuenta propia: la inscripción en el Censo de Actividades Económicas, o la justificación de inscripción en el Registro Mercantil; o documento de alta en Seguridad Social o Agencia Tributaria.
 
– si no se va a trabajar, se deberá acreditar tener la cobertura de un seguro médico (si se es pensionista, se tiene la asistencia sanitaria cubierta por la pensión) y la documentación que acredite tener recursos suficientes.
 
– si se es estudiante: matricula del centro de enseñanza reconocido; seguro médico; declaración de tener ingresos suficientes.

 

Derecho a trabajar en España

 
Los trabajadores europeos tienen derecho a trabajar en cualquier puesto de trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia, con las mismas condiciones, derechos y obligaciones que los españoles.

No hay un límite temporal para el trabajo en España y no puede haber ninguna discriminación respecto del salario, puesto, condiciones de trabajo… Se puede trabajar también para la Administración española, aunque se puede limitar el acceso a algunos puestos donde se tenga autoridad pública.

Además como trabajador en España se tiene los mismos derechos también respecto de la Seguridad Social, sus ayudas y pensiones y del Servicio de Empleo y las ayudas por desempleo, cumpliendo las obligaciones y requisitos de cotización. Del mismo modo, cuando los ciudadanos españoles trabajan en otros países europeos, tienen derecho a las prestaciones por desempleo del país de destino, e incluso a que se reconozcan esos periodos cotizados para poder pedir posteriormente una ayuda en España.
 
Trámites para poder trabajar en España

Para trabajar en España lo primero que hay que conseguir es el Número de Identificación de Extranjeros (NIE), ya que es imprescindible tanto para ser contratados como para el alta en Seguridad Social, ya sea como trabajador contratado o como autónomo. El NIE se asigna al registrarse en el Registro Central de Extranjeros, pero se puede asignar antes en las Oficinas de Extranjería y será necesario pagar una tasa de 9,54 euros. Este NIE se corresponderá con el Número de Identificación Fiscal (NIF) para Hacienda. En el caso de no vivir en España, se puede pedir  un NIF temporal.

Además será necesario conseguir un número de afiliación a la Seguridad Social.

Para estas gestiones pedirán un domicilio que se tendrá que acreditar con un certificado de empadronamiento, que se pide en el Ayuntamiento donde se vive. Si no se está empadronado aún, se puede aportar una declaración del domicilio que se tiene.

La mayoría de las empresas pedirán una cuenta bancaria. La mayoría de los bancos piden el pasaporte, el NIE y a veces el empadronamiento para poder abrir la cuenta, pero se tendrá que consultar con cada banco.

Consejos sobre los trámites que debe realizar un ciudadano comunitario cuando vaya a trabajar en España

  • Siempre que se pueda pedir cita previa en la oficina de extranjería ya que normalmente hay muchas colas. En ocasiones conseguir el NIE puede ser un proceso largo, hasta que se consigue la cita.
  • Si no se habla bien español, es mejor acudir a la Oficina de Extranjería, con alguien que hable español ya que en la mayoría no hay personal que atienda en otros idiomas.
  • Si ya se tiene un contrato, es mucho más rápido conseguir el NIE y el número de afiliación. Incluso se puede autorizar a la empresa para que consiga esos números en nombre del trabajador
  • Si primero se ha conseguido el NIE pero no se ha trabajado aún, conviene acudir a Hacienda a registrar ese NIE también como NIF

 

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Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


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