Si eres consumidor vulnerable o estás en riesgo de exclusión, puedes solicitar el Bono Social Eléctrico y pagar menos en tu factura de la luz también en 2025.
Bono Social Eléctrico. Qué es y cómo solicitarlo
Actualizado: 05/01/2025
El Bono Social Eléctrico es una ayuda dirigida a consumidores vulnerables y colectivos que se encuentran en situación de exclusión social, con la que podrán beneficiarse de importantes descuentos en su factura de la luz.
¿Quién puede solicitar el bono social eléctrico?
El bono social es una prestación de carácter social destinada a proteger a los consumidores vulnerables que aplica un descuento en el precio de la electricidad consumida en la vivienda habitual, siempre que se tengan una potencia contratada igual o inferior a 10 kW.
Se establecen diferentes grupos de consumidores en función del perfil y nivel de vulnerabilidad del consumidor:
Desde este 1 de enero de 2025 hasta el 31 de marzo de 2025;
- Consumidores vulnerables. Tendrán derecho a un 50% de descuento.
- Consumidores vulnerables severos. Se les aplicará un 65%% de descuento.
- Consumidores en riesgo de exclusión social. Si además se es unconsumidor en riesgo de exclusión social, porque se está siendo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que paguen al menos el 50% de la factura, no se tendrá que hacer frente a la factura eléctrica y, en caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico
¿Cómo puedes comprobar si tienes derecho a este bono social eléctrico y sus descuentos?
Si tienes dudas de si puedes optar o no al bono social, puedes acceder al simulador de la Fundación Civio para que puedas comprobar si tienes derecho a solicitar el bono.
¿Qué requisitos son necesarios para solicitar el bono social eléctrico?
A continuación detallamos los requisitos, pero puedes utilizar directamente la aplicación web para saber si tienes o no derecho a solicitarlo.
El bono lo puede solicitar el titular del contrato de la luz de su vivienda habitual. Si la persona que lo quiere solicitar no es titular del contrato, deberá hacer un cambio de titularidad y en estos casos especiales no se exigirá la revisión de las instalaciones con más de 20 años.
Para poder solicitar el bono hay que cumplir dos tipos de requisitos: los de tipo personal y familiar (rentas) y por otro lado, tener un contrato con la compañía de la luz con el precio de pequeño consumidor.
1) PARA SER CONSUMIDOR VULNERABLE
Se debe cumplir al menos uno de estos tres requisitos:
- Que su renta o la renta conjunta anual de la unidad de convivencia a que pertenezca sea ≤ 1,5 x IPREM de 14 pagas. Cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, el multiplicador de renta respecto al índice IPREM de 14 pagas se incrementará en 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad que conforme la unidad de convivencia y 0,5 por cada menor de edad de la unidad de convivencia.
- O bien, que se esté en posesión del título de familia numerosa.
- O bien que el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo por ello la cuantía mínima vigente en cada momento, para dichas clases de pensión, y no percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
- O bien que el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital conforme a lo establecido en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.
Circunstancias Especiales
Si se reúnen circunstancias especiales, los límites establecidos se incrementa en 1 punto IPREM (8.400€ más).
-
- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia acredite la situación de violencia de género.
- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga la condición de víctima de terrorismo.
- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III.
- Que el consumidor acredite que la unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor (familias monoparentales).
Y además de cumplir al menos uno de los requisitos anteriores, se debe tener contratada la tarifa de Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC).
2) PARA SER CONSUMIDOR VULNERABLE SEVERO
Cumplir al menos uno de estos tres requisitos:
Percibir una renta anual ≤ 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable (ver punto anterior), incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las “circunstancias especiales”.
- Si posee el título de familia numerosa, la unidad de convivencia debe percibir una renta anual ≤ 2 x IPREM de 14 pagas: 16.800€.
- Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad de convivencia a la que pertenezca debe percibir una renta anual ≤ 1 x IPREM de 14 pagas: 8.400€.
- Si el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, se aplicarán los criterios de renta definidos en el primer punto.
Y además de cumplir al menos uno de los tres requisitos anteriores, es imprescindible tener contratada la tarifa de Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC)
3) PARA SER CONSUMIDOR EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL
Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo (ver epigrafe anterior) y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.
¿Qué es la tarifa de Precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC)?
Es la tarifa que necesariamente se debe tener contratada para poder optar a cualquiera de las modalidades del Bono Social Eléctrico.
El PVPC tan solo lo pueden disfrutar quienes tenga una potencia contratada igual o inferior a 10 kW. Es por lo tanto para quienes tienen un consumo muy bajo de luz. La ventaja del PVPC es que en la factura tan solo se carga la electricidad consumida (con impuestos y peajes), pero no otros conceptos adicionales que encarecen la factura.
A efectos de la aplicación del bono social, se entenderá por unidad familiar la que está formada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera: los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de éstos y los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial (parejas de hecho registradas o no, etc) , la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y que reúnan los requisitos a que se refiere la regla anterior.No es posible formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.
Cómo y dónde solicitar el Bono Social
Se debe solicitar directamente a las compañías eléctricas (a sus llamadas “comercializadoras”) por teléfono, correo electrónico, correo ordinario, o fax. Todas ellas tienen información en su página web.
Comercializadora de Referencia | Teléfono | Dirección web | Dirección postal | Fax | Correo Electrónico |
---|---|---|---|---|---|
Endesa Energía XXI, S.L.U. | 800 760 333 | ENERGÍA XXI | Aptdo. Correos 1.167, 41080 Sevilla | No disponible | |
Curenergía Comercialización deÚltimo Recurso, S.A.U. | 900 200 708 | Curenergía | Aptdo. Correos 61.017, 28080 Madrid | No disponible | |
Comercializadora regulada, GAS & POWER, S.A. | 900 100 283 | Gas&Power | Aptdo. Correos 61.084 28080 Madrid | 934630906 | |
BASER Comercializadora de referencia, S.A | 900 902 947 | BASER | Aptdo. Correos 190 33080 Oviedo | 984115538 | |
Régsiti Comercializadora de Referencia S.L.U. | 900 10 10 05 | RÉGSITI | Calle Isabel Torres nº 19 39011 Santander | 910911464 | |
CORENERGÉTICO (CHC) Comercializador de Referencia S.L.U. | 900 814 023 | CORENERGÉTICO | Apartado de Correos: F. D. Nº 90 // 3300010 – 33080 Oviedo | 984115538 | |
Teramelcor, S.L.* | 800 00 79 43 | Teramelcor | Aptdo. Correos 6 52006 Melilla | 951481180 | |
ENERGÍA CEUTA XXI COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA S.A. | 900 106 004 | ENERGÍACEUTAXXI | Aptdo. Correos 13, 51080 Ceuta | 956517684 |
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud del bono social. El modelo de solicitud está disponible en la página web de los comercializadores y en sus oficinas de atención al consumidor (cuando tengan oficinas). Puede ver varios ejemplos: Iberdrola, Naturgy (Gas Natural), Endesa
- Fotocopia del NIF o NIE del titular y de todos los miembros de la unidad familiar (incluidos los mayores de 14 años con capacidad de obrar y los menores de 14 años que dispongan de él).
- Certificado de empadronamiento, individual o conjunto, del titular y de todos los miembros de la unidad familiar.
- En el caso de que forme parte de una unidad familiar, libro de familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil de cada uno de los integrantes de la unidad familiar. En caso de no formar parte de una unidad familiar, hasta que sea posible la expedición de la hoja individual del Registro Civil, podría considerarse cualquier documento expedido por la autoridad competente que acredite el estado civil del solicitante.
- En el caso de las familias numerosas, copia del título de familia numerosa en vigor.
- Si algún miembro de la unidad familiar tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, es víctima de violencia de género o víctima del terrorismo, certificado u otro documento acreditativo que debe obtener del órgano competente en servicios sociales.
Otros beneficios del Bono Social Eléctrico
- Las personas beneficiarias del bono social de electricidad tienen un margen mayor para hacer frente a los impagos de facturas. En lugar de los 2 meses de plazo general, cuentan con un periodo de 4 meses desde la primera notificación del impago.
- En los hogares acogidos al bono social en los que viva al menos un menor de 16 años, no se podrá cortar el suministro de electricidad, así como en los que el consumidor o uno de los miembros de su unidad familiar presente diversidad funcional igual o superior al 33% o con grado de dependencia II o III, y cuya discapacidad se encuentre certificada por los servicios sociales de las Administraciones Públicas competentes.
- El bono social de electricidad permite tener información más transparente sobre el precio de la energía consumida más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo comienza a aplicarse el bono social eléctrico?
La compañía comercializadora de referencia, dispone de 15 días hábiles para comunicar si se cumplen con los requisitos. A partir de ahí, y comenzará a aplicarse con carácter retroactivo desde el momento en que se presentó la solicitud.
¿El bono social eléctrico caduca?
Sí. Tiene una duración 2 años y tendrás que volver a renovarlo aportando toda la documentación en los 15 días hábiles anteriores a la fecha de caducidad.
Si se aplica alguna circunstancia especial, deberá aportar un certificado vigente que lo acredite.
¿Puedo solicitar el bono social de electricidad si no soy el titular del contrato?
No, pero si cumples con todos los requisitos, podrás solicitar el cambio de titularidad al mismo tiempo que solicitas el bono social.
¿Hay alguna condición especial por ser familia numerosa?
Si se trata de familia numerosa, el bono social eléctrico durará hasta que la condición de familia numerosa deje de estar vigente.
En el caso de que deba subsanar mi solicitud por encontrarse incompleta, ¿de cuánto tiempo dispongo?
Si te ha faltado alguna documentación por aportar, tendrás un periodo de 15 días hábiles para completar tu solicitud.
Más información
- Bono Social de Electricidad – Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- Bono social eléctrico – CNMC
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