Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía

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Importe de la ayuda, requisitos y cómo solicitar esta ayuda para personas en riesgo de exclusión social en Andalucía en 2026. Preguntas más frecuentes.


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¿Qué es la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía?

Actualizado: 15/09/2026

Cada Comunidad Autónoma cuenta con una ayuda de carácter asistencial, que se puede solicitar cuando se han agotado el resto de prestaciones (o, en el caso de Andalucía, cuando se ha visto denegado el Ingreso Mínimo Vital estatal, como se explica más adelante). Esta ayuda tiene un nombre distinto en cada comunidad y en Andalucía se conoce como Renta Mínima de Inserción Social (RMISA).

En Andalucía, esta ayuda se compone de dos partes: un plan de inclusión sociolaboral y una cuantía económica, que tendrá una duración de doce meses, prorrogables por periodos de seis meses.

Requisitos de la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía en 2026


Para acceder a esta ayuda es necesario que se cumplan una serie de requisitos, que se resumen en los siguientes puntos:

  • Los miembros de la unidad familiar deben estar empadronados en un municipio de Andalucía, en un mismo domicilio. Generalmente se deberá estar empadronado durante al menos un año para cumplir este requisito.
  • Tener entre 25 y 64 años, con carácter general. Se podrá acceder a esta ayuda con más de 65 años, o excepcionalmente entre 16 y 23 años, en determinados supuestos (por ejemplo, ser víctima acreditada de violencia de género, o tener a cargo menores o personas con discapacidad).
  • Acreditar la escolarización de los menores que formen parte de la unidad familiar.
  • El solicitante y las personas de la unidad familiar mayores de 16 años que no estén estudiando ni cuidando de un familiar deberán estar inscritos como demandante de empleo en la oficina del Servicio Andaluz de Empleo.
  • No residir en un centro del sistema público de servicios sociales donde se cubran las necesidades básicas de subsistencia ni en un centro penitenciario.
  • No tener ingresos ni patrimonio superiores a los umbrales vinculados a la cuantía de la pensión no contributiva vigente.
  • Contar con una resolución expresa de denegación del Ingreso Mínimo Vital en el mismo año en que se solicita la RMISA, sin que exista una resolución positiva posterior de esa prestación estatal.
  • Suscribir el compromiso de participación y cumplimiento del plan de inclusión sociolaboral incluido en la solicitud de la ayuda.
  • Estar dado de alta en el censo de la Administración Tributaria.

La Junta de Andalucía tiene un simulador online para comprobar si tienes derecho a esta ayuda: simulador online de la RMI en Andalucía

Cómo solicitar la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía

Con carácter general, junto a la solicitud se debe presentar el certificado de empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar o de todas las personas que convivan en el domicilio, la resolución de denegación del IMV, y un documento del banco donde aparezca el titular, número de cuenta y código IBAN. Según las circunstancias es posible que se requiera la presentación de otra documentación.

La ayuda se puede solicitar de forma presencial, preferentemente en los servicios sociales comunitarios del municipio donde se resida, o a través de Internet. Tienes toda la información oficial en este enlace de solicitud.

El plazo para responder será de dos meses (a contar desde el día 1 del mes siguiente a la presentación de la solicitud); si en ese plazo no hay respuesta se entenderá que se ha denegado. En cualquier caso se recomienda preguntar el estado de la solicitud.

¿Cuánto se cobra por la Renta Mínima de Inserción Social?

Desde la última actualización de la norma, la cuantía ya no se fija como una cifra única cada año, sino como un porcentaje de la pensión no contributiva (PNC) vigente en cada momento:

La Renta Mínima de Inserción Social equivale al 100% del importe anual de la pensión no contributiva dividido entre 12 mensualidades, incrementándose un 30% por cada miembro adicional de la unidad familiar, hasta un máximo del 220% de esa cuantía base. En familias monoparentales o con alguna persona con discapacidad, el incremento es del 22%; en casos de custodia compartida, del 15%.

Con la pensión no contributiva de 2026 (8.803,20 € al año), las cuantías orientativas quedan así:

Miembros de la unidad familiar Cuantía mensual orientativa
1 persona 733,60 €
2 personas 953,68 €
3 personas 1.173,76 €
4 personas 1.393,84 €
5 personas o más (máximo, 220%) 1.613,92 €

¿Cuándo se cobra la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía?

El pago de esta ayuda se realizará a mes vencido mediante un abono en cuenta bancaria. Es decir, si se aprueba la ayuda el día 5 de un mes, el primer abono se recibirá durante los primeros días del mes siguiente, en el que se percibirá la cantidad que corresponda desde el día 5 hasta el final del mes de la solicitud.

No obstante, es posible que los pagos se retrasen o que se tarde más de dos meses en responder a las solicitudes.

Si has solicitado esta ayuda, al final de este artículo puedes dejar un comentario indicando la fecha de solicitud, la de resolución y la de pago, para ayudar a otras personas a conocer cuánto tiempo están tardando en dar respuesta.

He oído hablar del Ingreso Mínimo de Solidaridad de Andalucía, ¿qué es esa ayuda?

Antes de la entrada en vigor de la Renta Mínima de Inserción Social, la ayuda que estaba vigente era el Ingreso Mínimo de Solidaridad, que estaba regulado por el Decreto 2/1999.

Sin embargo, desde que se puso en marcha la Renta Mínima, el 1 de enero de 2018, ya no puede solicitarse la antigua ayuda.

Normativa de la Renta Mínima de Inserción Social

Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.

Legislación complementaria.

Servicios de información de la Junta de Andalucía

Información en la página web de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad/areas/inclusion/rmi.html

La Junta de Andalucía dispone del Servicio de información 012, que atiende consultas en los números de teléfono 012 y 955 012 012. El horario de atención con agente es de lunes a viernes, excepto festivos nacionales y autonómicos, de 8:00 a 20:00; sábados y 24 y 31 de diciembre, de 8:00 a 15:00 h.

Email de información: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es

El 012 también presta atención a través de este formulario de contacto: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ceisgformweb/formulario012.faces