Se aprueba un nuevo reglamento para que los “influencers” operen con transparencia y responsabilidad.
Actualizado: 14/05/2024
El Gobierno ha aprobado un reglamento para regular las actividad de los influencers.
¿Qué es un “influencer” y por qué se regula su actividad?
La expresión “influencer” es un anglicismo usado para referirse a una persona con capacidad para influir sobre otras, principalmente a través de las redes sociales.
Un “influencer” es alguien capaz de atraer la atención y afectar a las decisiones de otros debido a su autoridad, conocimiento, posición o relación con su audiencia. Tiene seguidores en un nicho determinado, con quienes interactúa activamente.
Por ejemplo, lo son lo creadores de contenidos en Youtube, Tiktok, Instagram, etc, que crean videos en su canal y tienen seguidores y audiencias millonarias.
Como estas personas tienen un impacto considerable en la audiencia, influyen en la opinión pública y generan ingresos mediante su actividad online, el gobierno ha elaborado una norma que busca garantizar que estos usuarios operen con transparencia y responsabilidad, cumpliendo con obligaciones fiscales y legales, y respetando la normativa publicitaria y de protección de datos.
¿Quiénes son considerados como “influencers”?
Se consideran como “influencers” quienes cumplan estos requisitos:
- Tener ingresos iguales o superiores a 300.000 euros, y derivar exclusivamente de la actividad de los usuarios en el conjunto de servicios de intercambio de vídeos a través de plataforma que empleen. Para ello se tendrán en cuenta los ingresos publicitarios, los pagos realizados por las propias plataformas, las cuotas y pagos directos abonados por su audiencia, las aportaciones de entidades públicas y cualquier otro ingreso derivado de su actividad como creadores de contenido.
- Tener una audiencia relevante. Será considerado como usuario de especial relevancia aquel que tenga un número de seguidores igual o superior a 1.000.000 en un único servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma; o un número de seguidores igual o superior a 2.000.000 en el conjunto de plataformas en las que desarrolle su actividad.
- Por último, se deberá haber publicado o compartido un número de vídeos igual o superior a 24 en el año natural anterior, con independencia de su duración.
¿Cuáles son las obligaciones legales de los influencers?
Los creadores de contenido que cumplan los requisitos del apartado anterior quedan sujetos a las siguientes obligaciones:
- Transparencia en la publicidad: debe hacer una identificación clara y explícita de los contenidos publicitarios, asegurando que los seguidores puedan distinguir fácilmente entre contenidos patrocinados y no patrocinados.
- La prohibición de publicidad sobre tabaco. No se podrá realizar publicidad de cigarrillos electrónicos, cigarros, tabaco, hierbas para fumar, ni de las empresas que producen los productos referidos.
- La prohibición de publicidad sobre medicamentos, productos sanitarios o métodos con pretendida finalidad sanitaria, cuando no respete la normativa sobre publicidad y promoción comercial aplicable a este sector.
- La regulación de la publicidad de alcohol. Queda prohibido publicitar cualquier producto que sobrepase los 20 grados de alcohol en cualquier horario fuera de la franja entre la 01:00 y las 05:00 de la madrugada. Sí podrá hacerse publicidad de bebidas alcohólicas de una graduación menor a los 20º entre las 20:30 y las 05:00. Además, se contemplan otras limitaciones sobre el contenido de esta publicidad, que no podrá dirigirse a menores, asociar el consumo de alcohol la éxito social o personal, o fomentar un consumo sin moderación.
- La regulación de los juegos de azar. Se prohíbe la publicidad de las apuestas y los juegos de azar en toda programación dirigida a una audiencia potencialmente infantil. En el resto de los casos, solo podrá emitirse, por norma general, entre la 1:00 y las 5:00 de la madrugada.
- La protección a las personas menores de edad: será necesario etiquetar el contenido por edades.
- Inscripción en un registro especial. El Real Decreto obliga a los usuarios de especial relevancia a que en el plazo de dos meses a partir del 2 de mayo de 2024, se inscriban inscribirse en el Registro estatal de prestadores del servicio de comunicación audiovisual, de prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma y de prestadores del servicio de agregación de servicios de comunicación audiovisual.
- Cumplimiento de las obligaciones fiscales: Declaración y pago de impuestos correspondientes a los ingresos generados a través de su actividad en plataformas de vídeo, incluyendo publicidad, patrocinios y otras fuentes de ingresos.
- Respeto a la propiedad intelectual: respeto a los derechos de autor y propiedad intelectual, asegurando que los contenidos compartidos no infringen los derechos de terceros, obteniendo las licencias necesarias para usar material protegido.
- Responsabilidad de los contenidos: creación y difusión de contenidos que no promuevan el odio, la violencia, la discriminación o cualquier forma de conducta ilegal. Evitar la publicación de contenidos falsos o engañosos que puedan perjudicar a los usuarios o al público en general.
- Colaboración con las autoridades.
Conclusiones
La nueva normativa busca garantizar que los “youtubers” operen con transparencia y responsabilidad, cumpliendo con obligaciones fiscales y legales, y respetando la normativa publicitaria y de protección de datos. Esto incluye, entre otros aspectos, la identificación clara de contenidos publicitarios y el cumplimiento de las leyes de propiedad intelectual. La ley también establece mecanismos de supervisión y sanciones en caso de incumplimiento
Legislación
- Real Decreto 444/2024, de 30 de abril, por el que se regulan los requisitos a efectos de ser considerado usuario de especial relevancia de los servicios de intercambio de vídeos a través de plataforma, en desarrollo del artículo 94 de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual.
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Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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