Indemnización por despido en un ERE
¿Qué indemnización corresponde a un trabajador afectado por un ERE? Conoce la cuantía mínima legal, los límites, las negociaciones sindicales y la tributación fiscal para este año.
La indemnización por despido en un ERE (2026)
Actualizado: 16/09/2026
Un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), también conocido legalmente como despido colectivo, se produce cuando una empresa atraviesa causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (CETOP) y necesita extinguir los contratos de una parte significativa de su plantilla.
Cuando un trabajador se ve afectado por un ERE, la ley establece unas reglas muy claras respecto a la indemnización económica que debe recibir por la pérdida de su puesto de trabajo.
1. La indemnización legal mínima (20 días)
El Estatuto de los Trabajadores establece que la indemnización base para un despido por causas objetivas (como es el caso de un ERE) será siempre como mínimo de 20 días de salario por cada año trabajado, con un tope máximo de 12 mensualidades.
- Los periodos de tiempo inferiores a un año se prorratean por meses completos (un día trabajado en un mes suelto computa como un mes entero a efectos de indemnización).
- El tope de 12 mensualidades significa que, por muchos años que lleve el trabajador en la empresa, la cuantía de la indemnización nunca podrá superar el equivalente a su sueldo de un año completo.
2. El periodo de consultas y la negociación colectiva
Es vital entender que los 20 días son solo un “suelo” legal, no un límite. Antes de ejecutar un ERE, la empresa está obligada por ley a abrir un periodo de consultas (negociación) con los representantes de los trabajadores o los sindicatos.
La práctica habitual es negociar una indemnización superior a la mínima establecida por la ley. ¿Por qué cede la empresa? El objetivo empresarial al ofrecer más dinero suele ser llegar a un ERE con acuerdo, pacificar el despido colectivo, evitar huelgas y, sobre todo, evitar una impugnación judicial en los tribunales que acabe anulando o paralizando todo el proceso. Es muy frecuente que los acuerdos finales fijen indemnizaciones de entre 25 y 33 días por año trabajado, con topes de 18 o 24 mensualidades, e incluso prejubilaciones ventajosas para los empleados de mayor edad.
3. ¿Qué ocurre si los tribunales tumban el ERE?
Si no hay acuerdo en el periodo de consultas, la empresa puede aplicar el ERE de forma unilateral abonando los 20 días mínimos. Sin embargo, los sindicatos pueden impugnar el ERE ante los Tribunales Superiores de Justicia. Las sentencias pueden dictaminar tres escenarios:
- ERE Ajustado a derecho (Procedente): Se confirma que la empresa tenía razones económicas/técnicas graves y la indemnización se queda en los 20 días.
- ERE No ajustado a derecho (Improcedente): Los tribunales consideran que las causas no estaban justificadas. La empresa deberá elevar la indemnización de toda la plantilla a 33 días por año trabajado (y 45 días para la antigüedad generada antes de febrero de 2012).
- ERE Nulo: Si el tribunal detecta fraude de ley, vulneración de derechos fundamentales o defectos graves de forma, el ERE se anula. La empresa estará obligada a readmitir inmediatamente a todos los trabajadores y abonarles los salarios de tramitación (los sueldos dejados de percibir desde el despido hasta la sentencia).
4. El papel del FOGASA si la empresa es insolvente
En ocasiones, la empresa que aplica el ERE está literalmente en la ruina o en concurso de acreedores y no tiene liquidez para pagar las indemnizaciones. En estos casos, el Estado sale al rescate a través del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).
Sin embargo, el FOGASA no paga cheques en blanco. Tiene unos topes máximos estrictos vinculados al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente (que en 2026 se sitúa en 17.094 € anuales). El FOGASA solo pagará la indemnización legal de 20 días por año (aunque el trabajador hubiera pactado 30 días con la empresa) y limitará el salario base de cálculo al doble del SMI diario (incluyendo el prorrateo de pagas extras).
5. Fiscalidad: ¿Hay que pagar impuestos por la indemnización del ERE?
Una excelente noticia para los afectados es el tratamiento fiscal. Las indemnizaciones por despido en un ERE están exentas de tributar en el IRPF (no hay que pagar impuestos a Hacienda por ellas), siempre y cuando no superen el límite máximo de 180.000 euros o los límites legales obligatorios según el Estatuto de los Trabajadores. Solo se pagarán impuestos por las cantidades que excedan de esas cuantías exentas.
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)