Se prorroga hasta 2027 la suspensión de desahucios de hogares vulnerables

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La medida tendrá que superar el trámite parlamentario en el Congreso de los Diputados.

Elma Saez portavoz del gobierno

Prorrogada hasta finales de 2026 la suspensión de los desahucios y lanzamientos para hogares vulnerables

Actualizado: 01/01/2026

El Consejo de Ministros ha acordado un decreto que incluye la prórroga de una serie de medidas de protección a colectivos más vulnerables que comenzaron tras el Covid ( Real Decreto 11/2020, de 31 de marzo) y  que este año terminaban el 31 de diciembre.

Ahora, se prorroga un año más la prohibición de desahucios sin alternativa habitacional para las familias vulnerables, hasta el año 2027.

¿Quién se podrá beneficiar de esta prórroga?

La suspensión se aplica en los casos de hogares vulnerables sin alternativa habitacional sujetos a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1994 y en los casos de hogares que habiten una vivienda sin título que sean víctimas de violencia de género, dependientes o con dependientes o menores a su cargo, y se encuentren en situación de vulnerabilidad, siempre que la vivienda esté en manos de un gran tenedor (persona física o jurídica titular de más de 10 viviendas).

Hay más de 60.000 familias vulnerables esperaban esta prórroga para no ser desahuciadas

Organizaciones no gubernamentales (AI, Cruz Roja, Cáritas) alertaban de que en caso de no producirse la prórroga, unas 60.000 familias se verían abocadas a desahucios inmediatos. 

Estas organizaciones exigen al gobierno mayor transparencia para conocer el número total de familias vulnerables afectadas y que se cumpla la obligatoriedad de que facilite una vivienda alternativa digna cuando se ejecute un desalojo de personas vulnerables.

Miles de propietarios afectados por impagos de sus inquilinos exigen que no se convaliden estas medidas

Asociaciones y plataformas de propietarios afectados por los impagos de alquileres de personas vulnerables han anunciado medidas de presión para reclamar a los grupos parlamentarios que no presten su apoyo a la convalidación de estas medidas.

La Asociación de propietarios de Viviendas en Alquiler (Asval) denuncia que la prórroga de la prohibición de desahucios a familias vulnerables sin alternativa habitacional que se ha aprobado este martes en Consejo de Ministros menoscaba el derecho de propiedad,

Reclaman que las medidas de protección social se financien con cargo a los presupuestos públicos y no contra sus derechos.  Se exige a las administraciones que cumplan su compromiso de facilitar alternativas de vivienda social a las personas que sufren un desahucio y también que se invierta en vivienda social para garantizar el derecho a la vivienda.

Manifestación contra prórroga suspensión de desahucios en hogares vulnerables

Garantía de suministros (electricidad, gas natural y agua)

El nuevo Real Decreto-ley mantiene hasta el 31 de diciembre de 2026 la garantía de suministro de energía eléctrica, gas natural y agua para los consumidores con la condición de vulnerables, así como los niveles de descuento del bono social eléctrico vigentes, fijados en el 42,5% para los vulnerables y en el 57,5% para los vulnerables severos.

También se prohíben los cortes de suministros básicos (luz, agua y gas) y se prorroga el bono social eléctrico.

El arrendatario (inquilino) es quien presenta la solicitud de aplazamiento. Después , el Juzgado será el encargado de pedir un informe a los servicios sociales municipales para que acrediten su vulnerabilidad y la Comunidad Autónoma tendrá que buscar una alternativa. Si no lo logra, el propietario tiene derecho a recibir una indemnización por el equivalente al alquiler que deja de recibir.

Referencia legal: RDL 16/2025


2 comentarios en «Se prorroga hasta 2027 la suspensión de desahucios de hogares vulnerables»

  1. ¿Qué quiere decir el apartado 7 f) del nuevo artículo 1 bis? ¿Que si una persona empieza a habitar una vivienda sin ningún título habilitante después del 29 de enero de 2025 (publicación en el BOE), se podrá iniciar un proceso de lanzamiento contra ella? ¿Cuentan los arrendatarios que dejan de pagar? Gracias

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    • Buenas tardes Sergio.
      La modificación que hizo del Real Decreto-ley 11/2020 por parte del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre ha quedado derogada, ya que este real decreto ley 9/2024 no superó la convalidación en el Congreso de los Diputados.

      A día de hoy, el texto vigente del artículo 1 bis del RDL 11/2020 es la siguiente:

      “7. En ningún caso procederá la suspensión a que se refiere este artículo si la entrada o permanencia en la vivienda ha tenido lugar en los siguientes supuestos:

      a) Cuando se haya producido en un inmueble de propiedad de una persona física, si en dicho inmueble tiene su domicilio habitual o segunda residencia debidamente acreditada, sin perjuicio del número de viviendas de las que sea propietario.

      b) Cuando se haya producido en un inmueble de propiedad de una persona física o jurídica que lo tenga cedido por cualquier título válido en derecho a una persona física que tuviere en él su domicilio habitual o segunda residencia debidamente acreditada.

      c) Cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas.

      d) Cuando existan indicios racionales de que la vivienda se esté utilizando para la realización de actividades ilícitas.

      e) Cuando la entrada o permanencia se haya producido en inmuebles de titularidad pública o privada destinados a vivienda social y ya se hubiera asignado la vivienda a un solicitante por parte de la administración o entidad que gestione dicha vivienda.

      f) Cuando la entrada en la vivienda se haya producido con posterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto-ley.”

      Esta es la normativa vigente tras la actualización que se produjo con el RDL 1/2025 de 28 de enero de 2025. Esto significa que no procede la suspensión del desahucio o lanzamiento para las ocupaciones que se hayan producido con posterioridad a la entrada en vigor del RDL Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.

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