Si estás cobrando el paro y viajas al extranjero, comunícalo en la oficina de empleo

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Explicamos cómo comunicar a la oficina de empleo la salida al extranjero (SEPE y Servicio Autonómico), porque ya es obligatorio en todos los casos.

Si vas a viajar al extranjero y cobras el paro, recuerda que es obligatorio notificarlo

Es obligatorio comunicar salidas al extranjero si estás cobrando el paro

Actualizado: 01/01/2026  (de acuerdo con la nueva normativa de prestaciones por desempleo)

El SEPE (antiguo INEM) realiza controles para detectar aquellas personas que están cobrando el paro y que abandonan el país sin cumplir la obligación de haberlo comunicado.  La sanción puede suponer desde un mes sin cobrar la prestación a la pérdida total de la ayuda y obligación de devolver lo cobrado a partir del momento en que se produce la salida.

 

A nadie se le impide viajar fuera de España.  Lo que si está sujeto a autorización es desplazarse al extranjero y seguir cobrando el paro español.   Desde la reforma, ES OBLIGATORIO COMUNICAR CUALQUIER SALIDA AL EXTRANJERO MIENTRAS SE COBRA EL PARO,  sea cual sea la duración de la salida.

 

Al final del artículo explicamos cómo comunicar al SEPE y al SERVICIO AUTONÓMICO DE EMPLEO la salida al extranjero (porque hay que informar a ambos) e incluimos más de 100 consultas reales respondidas sobre este tema, pero antes hay que aclarar que hay varios tipos de salida.

Hay cuatro casos posibles de desplazamientos al extranjero, en función del tiempo de estancia previsto y el motivo del viaje:

1) Viajes al extranjero de hasta 30 días al año, sin necesidad de justificar el motivo

Con la reforma de los subsidios, se ha ampliado la duración permitida de salida ocasional al extranjero, pasando a ser de treinta días en lugar de los quince días de la normativa anterior. Ahora bien, en la actualidad es obligatorio informar al SEPE de estas salidas (antes era voluntario).

Si te vas a ir como máximo 30 días, por el motivo que sea (vacaciones, boda, visitar a un familiar, etc) es OBLIGATORIO informar de ello al Servicio de Empleo y podrás seguir cobrando el paro con toda normalidad, es decir, la prestación o el subsidio no se suspenden.

Los 30 días es el tiempo máximo de salida en un año. Son días naturales y se pueden utilizar en partes (ej. pido un permiso en enero de 10 días y para otro viaje en agosto, otro de 5 días).  Hay un impreso denominado comunicación de salida al extranjero  que se debe utilizar si lo vas a entregar en la oficina con cita previa, o si lo quieres hacer por Internet, a través del formulario de presolicitud (como explicamos al final de esta guía).

Esto se aplica tanto para la prestación contributiva por desempleo, los subsidios por desempleo . Al regreso es necesario personarse en la oficina de empleo. Así lo explica el SEPE:

 

Salida al extranjero hasta 30 días al año

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Lee los comentarios de otros usuarios y envía tu propia consulta.

2) Viajes de más de 30 días y hasta un máximo de 90 días al año

Si viajas al extranjero durante más de 30 días pero menos de 90, puedes hacerlo sin necesidad de justificar el motivo, pero debes pedir autorización previa y se suspenderá el pago del paro hasta el regreso a España.

La prestación o subsidio quedarán interrumpidos (suspendidos) y se reanudará el pago cuando regreses a España, siempre que el tiempo de salida no haya excedido los 90 días. Hay que comunicar la salida con este documento de comunicación de salida al extranjero (pdf).

Esto se aplica tanto para la prestación contributiva, los subsidios por desempleo o la antigua renta activa de inserción (RAI):

Salidas al extranjero entre 30 y 90 días al año

 

3) Viajes hasta un máximo de un año, para buscar trabajo, recibir formación o participar en cooperación internacional

Si te vas para trabajar o buscar trabajo, realizar estudios que mejoren tu formación o para una acción de cooperación internacional se puede solicitar la interrupción del pago de la prestación o del subsidio, pero siempre por esos motivos justificados y hasta un máximo de un año de duración.

Al regreso a España hay dos posibilidades:

b.1) Has estado en el extranjero menos de un año continuado y cuando regresas a España no encuentras trabajo. En ese caso puedes solicitar que te vuelvan a pagar la prestación o el subsidio que se interrumpió cuando te marchaste.

b.2) Si has estado fuera más de un año y cuando regresas no encuentras trabajo, entonces no podrás volver a cobrar la prestación o el subsidio, es decir, pierdes ese derecho. La suspensión del paro se puede mantener hasta un año como máximo, cuando pasa ese periodo el paro se extingue, desaparece.  Si eres español y regresas de un país no perteneciente a la Unión Europea, Australia o Suiza, podrías tener derecho a un subsidio para emigrantes retornados.. Y si has estado trabajando y cotizando en la Unión Europea, puedes pedir que se te reconozcan en España esas cotizaciones.

Todo lo anterior es aplicable a las prestaciones y subsidios ordinarios por desempleo que se pueden suspender hasta un máximo de un año.   

En la Renta Activa de Inserción (RAI), ayuda que ya no se puede solicitar, el tiempo máximo que se permite la estancia en el extranjero sin perder el derecho a reactivar la ayuda es de seis meses.  Si mientras se cobra la RAI hay una estancia en el extranjero superior a los 6 meses, la ayuda se extingue, se pierde.

Viajar al extranjero hasta un año

4) Desplazamientos al extranjero durante más de un año

Si estás cobrando prestación contributiva o subsidio por desempleo y te trasladas al extranjero durante un año o más para trabajar, buscar trabajo, realizar estudios que mejoren tu preparación profesional, o por acciones de cooperación internacional, dicha prestación o subsidio se extinguen. Es decir, permanecer en el extranjero más de un año, con el paro suspendido, significa que se pierde definitivamente la prestación o el subsidio.

Si eres español o española y regresas de un país no perteneciente a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo, o de Australia o de Suiza, podrías tener derecho a cobrar un subsidio para emigrante retornado.

Mas de un año, salida extranjero

¿Qué es la exportación del paro?

Hay un régimen especial para el caso del trabajador español que se marcha a un país de la Unión Europea para buscar trabajo, en cuyo caso es posible “exportar” el cobro de la prestación durante tres meses  (ver más detalles).

 

¿Cuáles son los trámites a seguir para comunicar las salidas al extranjero mientras se cobra el paro?

1º) Comunicarlo por escrito a la oficina del SEPE (INEM), a través de la sede electrónica (si tiene certificado digital, DNI electrónico o clave) o mediante el formulario de pre-solicitud online, que es válido para todos los casos.

Hay un formulario específico, llamado “comunicación de salida al extranjero” (pdf). que se puede entregar en las oficinas de empleo con cita previa o a través de la sede electrónica del SEPE.

Sin embargo, la opción más práctica es utilizar el formulario de presolicitud, que permite hacer la comunicación desde internet y sin necesidad de utilizar certificado digital, DNI electrónico o clave.

La opción que hay que elegir en el formulario de presolicitud es la siguiente:

1) EN TRÁMITES, marcar la opción “Baja prestación” y en la siguiente pantalla, en Subtrámite: “Salida de  España”.

Paso primero de comunicación de salida al extranjero

2) EN SUBTRÁMITES, que es la siguiente pantalla que aparece, hay que seleccionar uno de los tres tipos de salida al extranjero: (según se trata tu caso)

3) EN EL CAMPO “OBSERVACIONES” especificar la fecha de salida prevista.

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MÁS INFORMACION RELEVANTE

Si has decidido hacer la comunicación en persona en la oficina de empleo con la solicitud sellada por el SEPE también deberás pasar por el servicio de empleo de la Comunidad  Autónoma (suele estar en la misma oficina) y comunicar los días que estarás fuera, para evitar que en esos días te llamen para entrevistas de trabajo y/o de cursos de formación.

Si se comunicó la salida al SEPE a través de  un medio electrónico, como el formulario de pre-solicitud o la sede electrónica, puedes comunicarlo también al servicio autonómico de empleo por email o telefónicamente para no tener que desplazarte físicamente hasta la oficina de empleo.

Vemos por lo tanto que hay que hacer dos comunicaciones antes de salir al extranjero: al Servicio Estatal (SEPE, antes INEM) y al Servicio autonómico (SAE, SOC, LANBIDE, SERVEF, SEPECAM, SOIB, etc según cada Comunidad)

(Nota: Parece un tanto absurdo que haya que comunicarlo dos veces a dos Administraciones que en la mayor parte de España están en el mismo edificio, apenas separados unos metros una de la otra, pero esas son las indicaciones que se comunican desde la propia página web del SEPE, como puedes ver abajo).

Informar servicios de empleo de salida al extranjero

Cuando hayamos regresado de las vacaciones, hay que volver a informar a la oficina de empleo, tanto al Servicio Estatal como al Autonómico. En algunos casos pueden pedir documentación, como los billetes de avión, para confirmar fechas de entrada y salida.

La comunicación del regreso también se puede hacer online a través del formulario de pre-solicitud, utilizando la misma combinación que eligió para comunicar la salida, indicando en el campo “observaciones” que ya se está en España y especificando la fecha de regreso.

Así lo explica el SEPE en redes sociales:

a) Comunicación de salida a través del formulario de presolicitud:

Comunicación de salida al extranjero mediante formulario de presolilcitud

 

b) Comunicación del regreso a través del formulario de presolicitud:

Comunicar el regreso del extranjero a través de la presolicitud

RECUERDA: Si no puedes conseguir cita previa para ser atendido en la oficina de empleo del SEPE, lo más práctico es realizar la comunicación online utilizando el formulario de pre-solicitud para comunicar la salida al extranjero y el regreso a España.

El enlace oficial al formulario de presolicitud es este:  https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas/proteccion-por-desempleo/presolicitud-prestacion-desempleo

En esta guía te explico cómo funciona https://loentiendo.com/presolicitud-sepe/   y si aún así tienes dudas, podemos ayudarte a través de una consulta de asesoramiento.  

Conclusiones

1º) Es absolutamente obligatorio informar a las dos Administraciones, tanto a la estatal (SEPE -Servicio Público de Empleo Estatal), como a la autonómica (Servicio de empleo de cada comunidad autónoma). En el despacho estamos llevando casos de personas a las que han suspendido la prestación, con requerimiento de devolución de ingresos indebidos, o bien porque informaron al SEPE, pero no al servicio autonómico, o bien al revés: informaron al servicio autonómico, pero no al SEPE. Y también, claro, porque no informaron a ninguna de las dos. Insisto: la normativa exige informar a las dos administraciones.

2º) Se debe informar a las dos administraciones (estatal y autonómica) tanto de la salida, como del regreso. Por ser más claro aún: hay que hacer cuatro comunicaciones: Salida al SEPE, salida al Servicio autonómico, regreso al SEPE y regreso al Servicio Autonómico.

3º) Respecto a la forma de comunicarlo y viendo los problemas que hay para conseguir citas previas, el procedimiento más cómodo en el SEPE es el formulario de presolicitud (si no consigue cita previa). Respecto a la forma de comunicarlo al servicio autonómico de empleo, como hay 17 servicios, cada uno tiene su propia singularidad … en unos admiten la comunicación por teléfono, en otros por email, y en otros tiene que ser presencial y dentro de estos, unos con cita previa y otros sin cita previa. Por lo tanto, consulte en su servicio autonómico cómo quieren que lo comunique.

Es cierto. Parece que la Administración disfruta complicando la vida a los ciudadanos.

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360 comentarios en «Si estás cobrando el paro y viajas al extranjero, comunícalo en la oficina de empleo»

  1. Buenas tardes, he comunicado el traslado al extranjero al sepe y me acaban de anular el vuelo, ¿qué tengo que hacer?
    Me comentó la recepcionista del sepe que lo suyo es comunicarlo con 3 ó 4 días antes porque no les gusta que sea más tiempo, yo lo hice con 7 días antes de la salida. No les gusta porque si se anula el viaje es muy dificil resolverlo.
    Gracias.
    Un saludo.

    Responder
    • Es cierto lo que le han comentado en la recepción del SEPE. Normalmente no permiten comunicaciones con más antelación que tres o cuatro días, precisamente por el tema de las anulaciones y cambios a última hora. Yo le recomiendo que utilice el formulario de pre-solicitud para comunicar el cambio en la planificación del viaje y que de este modo usted ha cumplido su deber de comunicarlo. Un saludo

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  2. Buenas tardes , quiero salir al extranjero menos de 15 días y para informarme he llamado al 060.
    Me dijeron que puedo comunicar la salida 2 días antes del viaje llamando al 060, o con el formulario pre-solicitud pero no como baja de la prestación si no como presolicitud de prestación individual . Supongo que para que no me den de baja el subsidio al ser menos de 15 días. Y la vuelta hay que comunicarla en la oficina del SEPE o con el formulario adjuntando los billetes para demostrar el regreso.

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    • Buenas tardes Raúl. Llevamos años informando sobre este asunto, con centenares de consultas respondidas … y es la primera noticia que tenemos de que se deba utilizar la opción de “presolicitud individual”, sobre todo, teniendo en cuenta que hay otra que es específica de “salida al extranjero”. O en el SEPE han cambiado el criterio, o bien la persona que le ha informado tiene un argumentario distinto de la información que están dando por otros canales. En todo caso, le agradecemos su información y la publicamos en los comentarios de la página web, para que otros usuarios lo puedan verificar. Un saludo

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  3. Buenas tardes , quisera saber con cuantos días hábiles hay que comunicar al SEPE una salida al extranjero . Y las ventajas de utilizar el formulario presolicitud frente a la sede electrónica con el certificado digital , y cuales serían los pasos en la sede electrónica. Porque si tengo entendido , hasta que no tramiten el formulario presolicitud primero no se puede enviar otro para comunicar la vuelta de vacaciones , y es un riesgo de que paralicen el paro hasta que se resuelva . Gracias

    Responder
  4. Buenas tardes:
    Yo ya comunique al sepe que me salia al extranjero, lo que necesito es sabe como puedo hacaerles llegar por sede electronica el comunicado de que ya he vuelto.

    Responder
    • El modo que se utiliza normalmente es a través del formulario de pre-solicitud. Algunas personas también lo han gestionado a través del servicio de atención telefónica del 060.

      Responder
  5. Hola
    Estaba cobrando el subsidio y Dejé de renovar la demanda de empleo unos meses antes de viajar a mi país de origen, pensé que a dejar de firmar la demanda va automáticamente a suspender la prestación por eso no comunique la salida al extranjeros.
    Ahora he recibido una carta para devolución del cobro.(cobro indebido pendiente de devolución).
    Que tengo que hacer ????
    Saludos

    Responder
    • Habría que revisar con detalle la resolución sancionadora del SEPE, para ver si hay algún defecto formal. Desde luego, si los hechos son como los describe y no hay ninguna justificación que pueda alegar como fuerza mayor, las opciones de lograr que acepten su reclamación previa son mínimas. Un saludo

      Responder
  6. Hola buenas, mi nombre es Maximiliano , estaba cobrando el paro y salí del país por 35 días notificando al SEPE por vía electrónica, me han suspendido el pago y ahora quiero reanudarlo, debo realizarlo del mismo modo seleccionando baja completando en observación la fecha de vuelta y automáticamente se reanuda el cobro? cuanto puede tardar en reanudarse? Muchas Gracias, Saludos!

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    • Así es. Si no puede conseguir una cita previa para atención presencial en la oficina de empleo, la única opción es comunicarlo a través del formulario de presolicitud. Son muchas las personas que lo hacen de este modo. Un saludo

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  7. Hola, voy a cobrar el paro desde el mes de septiembre pero me iré al extranjero 52 días desde el 22 de noviembre al 12 de enero, quisiera saber si lo comunico no hay problema? me lo reanudan cuando al regresar lo solicite? es decir el día 13 de enero.

    Responder
    • Hola, buenas tardes. Si usted lo comunica en plazo y de forma correcta, no hay problema porque se desplace al extranjero durante 52 días. El SEPE suspenderá el pago del paro y cuando regrese a España y lo notifique, lo reanudará.
      Un saludo

      Responder
  8. No utilicen el formulario de presolicitud, porque eso implica comunicar una baja en la prestación. A mi hijo no le van a pagar este mes la prestación por utilizar esa opción. Es mejor utilizar el formulario previsto y llevarlo en persona (sin cita ni leches) o presentarlo via internet en la sede electrónica del sepe, adjuntado billetes de ida y vuelta junto con el formulario.

    Respuesta de los moderadores

    Suponemos que usted tiene mucha suerte en su oficina de prestaciones, porque en la mayoría de oficinas del SEPE en todo el país, si el vigilante que controla el acceso se empeña en no dejar pasar si no se tiene cita previa, no se pasa… por muy cabezón que uno se ponga. Se lo decimos por experiencia. La opción de tramitar por internet es perfectamente válida, pero utilizando el formulario de presolicitud, también. Son cientos los casos que hemos gestionado y muy pocos en los que se ha suspendido la prestación, eso si, siempre que la comunicación se haga de forma correcta.

    Responder
  9. Buenos días,

    Ante todo agradecer el artículo que me ha ayudado mucho ya que desconocía estos trámites.
    En mi caso voy a salir (concretamente a Fez) por un regalo familiar desde el 6 al 8 de junio de 2025, dispongo de certificado digital pero no he conseguido encontrar cómo avisar usando mi certificado para la salida (tanto en el sepe como en el soc), ni para la vuelta.
    Si que entiendo que la documentación serán los billetes de avión (ida y vuelta), pero no se dónde adjuntarlos ni que pasos seguir con mi certificado.

    Insisto es que está muy bien explicado si no lo tienes y sería de mucha utilidad para personas como yo con certificado ampliar éste manual. ¿Me podrías ayudar? Sobre todo a la vuelta me genera ansiedad no saber que hacer para que no me penalicen por solo ese fin de semana.

    Muchas gracias por todo.

    Responder
  10. Estuve fuera del país seis días en Noviembre cobrando el subsidio por desempleo, pero me informaron mal y no sabía que, aunque fueran menos de 15 días, debía declararlo. Por lo tanto, no lo hice. Ahora me doy cuenta de que planeo estar fuera otros seis días y, al intentar declararlo, vi información más específica que indicaba que también debería haberlo hecho antes.

    ¿Qué puedo hacer? ¿Debería callarme ahora? ¿O debería explicar el error y adjuntar un comprobante de los cinco días que estuve fuera? No quiero que me sancionen.

    Responder
  11. Buenos días, estoy cobrando el subsidio por desempleo y voy a salir de viaje el 23 de marzo por 20 días, estoy mirando para llenar el formulario pero tengo la duda en adjuntar archivos? debo adjuntar la planilla de COMUNICACIÓN DE SALIDA AL EXTRANJERO? también se deben llenar todas las casillas?

    Gracias y un saludo.

    Responder
    • Hola Luz. Lo fundamental es que comuniques la salida al extranjero a través del formulario. Puedes adjuntar cumplimentado el documento de salida al extranjero, o simplemente rellenar los campos del formulario web de presolicitud y en el campo de “observaciones”, detallar todos los datos de la salida. Si falta algún documento, el gestor del SEPE que tramita la pre-solicitud se pondrá en contacto contigo. Por ello, es obligatorio que en toda presolicitud se indique un email y un teléfono de contacto.
      Un saludo

      Responder
  12. Hola! Muchas gracias por este articulo, esta muy bien explicado. Tengo una consulta de un caso un poco particular. Me despidieron hace una semana, hoy jueves ya tengo todo para pedir el paro pero el martes que viene me voy fuera del pais por 25 días. Viaje que por supuesto tenia planeado desde antes. Si hoy pido el paro de forma online con el certificado digital, esta bien que el Lunes (el dia anterior a volar) avise también de forma online? O tendría que esperar a recibir un primer cobro para avisar? Gracias desde ya!!

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  13. Buenos días,

    Estuve 5 días en el extranjero cobrando el paro, pero estaba mal informada y desconocía que aún siendo menos de 15 días tenía que informar. Por lo tanto, no lo hice. Me he dado cuenta ahora que tengo previsto salir más de 15 días (aunque ahora sé que incluso se pueden 30) y al querer notificarlo he visto información más concreta sobre que debí haber informado antes también.

    ¿Qué puedo hacer? ¿No digo nada ya? ¿O les explico ahora el error y les adjunto pruebas de los 5 días que estuve fuera? No quisiera que me penalizaran.

    Muchas gracias

    Responder
  14. Estoy cobrando la prestación por desempleo.Voy a salir al extranjero.Salgo el 18 y retorno el día siguiente 19.Segun la web del Sepe el día de salida y de regreso no cuentan a efectos de estancia en el extranjero.Entiendo que no tengo que notificar la salida ni la llegada. Es correcto ?

    Responder
    • Según la web del SEPE, sería correcto. Según mi interpretación de la ley, debería informar y yo en su lugar, lo comunicaría. Un saludo

      Responder
  15. Buenas tardes, empiezo a cobrar la primera mensualidad del paro el mes que viene, y me marcho tres días al extranjero, por lo que entiendo que tengo que comunicarlo al SEPE.

    Mi duda es si en el apartado que pone: FECHA DE BAJA debo poner la del día que me voy (entiendo que es así), o cuando envío el documento.

    También si donde pone adjuntar archivo debo enviar algún documento. Gracias.

    Responder
    • Buenas tardes. En la fecha de baja hay que indicar la fecha de salida. En la página web oficial del SEPE indican que el mismo día de salida no cuenta, de modo que según esa información, habría que señalar como fecha de salida el primer día siguiente al de la salida. No hay que adjuntar ninguna documentación en especial. Si el gestor del SEPE lo considera necesario, tanto a la salida como al comunicar el regreso, solicitará documentación contactando con usted a través de su email y teléfono, que es obligatorio indicarlos en el formulario de pre-solicitud. Un saludo

      Responder
  16. Hola yo viaje 28 días a México y desconocía todo esto y estoy a punto de comenzar en un trabajo, es necesario avisar obligatoriamente aunque esté trabajando? Y si es así dónde y cómo? Muchas gracias

    Responder
    • Hola Daniel,
      Si se está cobrando el paro, es obligatorio comunicar al SEPE las dos situaciones:
      – La salida al extranjero
      – La colocación por cuenta ajena (el empezar a trabajar).
      Ahora bien, lo importante es el orden en que se producen.  Si primero comunica que va a empezar a trabajar, por ejemplo, el día 10 de marzo, en ese momento el SEPE suspenderá su paro y con la suspensión también se suspende la obligación de comunicar la salida al extranjero.  Es decir, si le contratan a jornada completa y usted suspende totalmente el paro, aunque luego salga al extranjero el día 15 de marzo, por ejemplo, no sería necesario comunicarlo, ya que su paro ya está suspendido antes.

      La segunda posibilidad es que salga  al extranjero antes de suspender su paro por colocación, es decir, viaja a México el 10 de marzo y empezará a trabajar el 15 de marzo. En este caso, sí que es obligatorio comunicar la salida al extranjero, pues se produciría mientras su prestación por desempleo está activa y dada de alta.

      Tanto la salida al extranjero como la colocación, se puede comunicar  de distintas formas:
      – pidiendo cita previa para atención presencial en la oficina de empleo
      – a través de la sede electrónica del SEPE si usted tiene certificado digital o dni electrónico. 
      -a través del formulario de presolicitud, si no tiene certificado digital > https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas/proteccion-por-desempleo/presolicitud-prestacion-desempleo 

      Un saludo

      Responder
  17. Buenas yo viajé por 16 días e hice todo como ellos me indicaron, me dijeron que por pre solicitud pero no por baja sino como si solicitara la prestación otra vez , y para mi sorpresa , estoy dada de baja , solo me han pagado del 1 al 8 que es cuando me fui , y eso que me mandaron un mensaje que estaban tramitando mi solicitud que la hice un día después de llegar… me he tirado toda la mañana llamando y nada, esperas de 1 hora y pico, y encima imposible coger cita …. Esto es horrible.

    Responder
    • Buenas tardes Tamara. Lo que ha sucedido probablemente es que su solicitud de reactivación, que envió a través del formulario de pre-solicitud, aún no ha sido gestionada. Hay oficinas de prestaciones con mucha carga de trabajo y hasta que un gestor del SEPE no abre su comunicación de presolicitud, no tramita la reactivación del paro. Es como si usted hubiera enviado un email, le han entregado el acuse de recibo, pero el email todavía no está abierto, porque permanece en una especie de bandeja de entrada a la espera de que por turno, los vayan gestionando. No queda otra opción que esperar unos días. Un saludo

      Responder
  18. Hola,salí 3 días a Portugal,informé al sepe los días de salida y tmb informe el día de vuelta adjuntando tarjetas de embarque y me han dado de baja el subsidio de mayores de 52 años.
    Llamo al 060 y la persona que me atiende me dice que el problema ha sido que las fechas de los billetes están en anglosajón y que tengo que traducirlas al castellano,eso sin echarme un rapapolvo por no estar enterada.
    Tmb me dice que no tengo que comunicar la llegada a través del tramite “baja de prestación”.
    Afortunadamente estoy en plazo y he solicitado reanudacion.
    TODO FACILIDADES,Vaya tela!!!

    Responder
    • Buenas tardes. Pues en ese caso, la información que da el SEPE es contradictoria. Supongo que si le han dicho que no se puede comunicar el regreso a través del formulario de presolicitud, entonces es que hay que acudir en persona a la oficina de prestaciones pidiendo cita previa ¿verdad? . Y si resulta que es imposible conseguir una cita previa, como ocurre en cientos de oficinas ¿qué se hace? ¿le dieron alguna alternativa?.
      Gracias.

      Responder
  19. Hola! Yo voy a cobrar mi primer cobro del paro en marzo y el 27 de febrero me voy al extranjero a trabajar sin saber cuanto tiempo estaré. Quería saber si informo de que me voy, cobraría igualmente el primer cobro o se me interrumpiría desde que mande el formulario. Porque tengo que enviarlo antes de irme?

    Responder

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