Si estás cobrando el paro y viajas al extranjero, comunícalo en la oficina de empleo

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Explicamos cómo comunicar a la oficina de empleo la salida al extranjero (SEPE y Servicio Autonómico), porque ya es obligatorio en todos los casos.

Si vas a viajar al extranjero y cobras el paro, recuerda que es obligatorio notificarlo

Es obligatorio comunicar salidas al extranjero si estás cobrando el paro

Actualizado: 01/01/2026  (de acuerdo con la nueva normativa de prestaciones por desempleo)

El SEPE (antiguo INEM) realiza controles para detectar aquellas personas que están cobrando el paro y que abandonan el país sin cumplir la obligación de haberlo comunicado.  La sanción puede suponer desde un mes sin cobrar la prestación a la pérdida total de la ayuda y obligación de devolver lo cobrado a partir del momento en que se produce la salida.

 

A nadie se le impide viajar fuera de España.  Lo que si está sujeto a autorización es desplazarse al extranjero y seguir cobrando el paro español.   Desde la reforma, ES OBLIGATORIO COMUNICAR CUALQUIER SALIDA AL EXTRANJERO MIENTRAS SE COBRA EL PARO,  sea cual sea la duración de la salida.

 

Al final del artículo explicamos cómo comunicar al SEPE y al SERVICIO AUTONÓMICO DE EMPLEO la salida al extranjero (porque hay que informar a ambos) e incluimos más de 100 consultas reales respondidas sobre este tema, pero antes hay que aclarar que hay varios tipos de salida.

Hay cuatro casos posibles de desplazamientos al extranjero, en función del tiempo de estancia previsto y el motivo del viaje:

1) Viajes al extranjero de hasta 30 días al año, sin necesidad de justificar el motivo

Con la reforma de los subsidios, se ha ampliado la duración permitida de salida ocasional al extranjero, pasando a ser de treinta días en lugar de los quince días de la normativa anterior. Ahora bien, en la actualidad es obligatorio informar al SEPE de estas salidas (antes era voluntario).

Si te vas a ir como máximo 30 días, por el motivo que sea (vacaciones, boda, visitar a un familiar, etc) es OBLIGATORIO informar de ello al Servicio de Empleo y podrás seguir cobrando el paro con toda normalidad, es decir, la prestación o el subsidio no se suspenden.

Los 30 días es el tiempo máximo de salida en un año. Son días naturales y se pueden utilizar en partes (ej. pido un permiso en enero de 10 días y para otro viaje en agosto, otro de 5 días).  Hay un impreso denominado comunicación de salida al extranjero  que se debe utilizar si lo vas a entregar en la oficina con cita previa, o si lo quieres hacer por Internet, a través del formulario de presolicitud (como explicamos al final de esta guía).

Esto se aplica tanto para la prestación contributiva por desempleo, los subsidios por desempleo . Al regreso es necesario personarse en la oficina de empleo. Así lo explica el SEPE:

 

Salida al extranjero hasta 30 días al año

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Lee los comentarios de otros usuarios y envía tu propia consulta.

2) Viajes de más de 30 días y hasta un máximo de 90 días al año

Si viajas al extranjero durante más de 30 días pero menos de 90, puedes hacerlo sin necesidad de justificar el motivo, pero debes pedir autorización previa y se suspenderá el pago del paro hasta el regreso a España.

La prestación o subsidio quedarán interrumpidos (suspendidos) y se reanudará el pago cuando regreses a España, siempre que el tiempo de salida no haya excedido los 90 días. Hay que comunicar la salida con este documento de comunicación de salida al extranjero (pdf).

Esto se aplica tanto para la prestación contributiva, los subsidios por desempleo o la antigua renta activa de inserción (RAI):

Salidas al extranjero entre 30 y 90 días al año

 

3) Viajes hasta un máximo de un año, para buscar trabajo, recibir formación o participar en cooperación internacional

Si te vas para trabajar o buscar trabajo, realizar estudios que mejoren tu formación o para una acción de cooperación internacional se puede solicitar la interrupción del pago de la prestación o del subsidio, pero siempre por esos motivos justificados y hasta un máximo de un año de duración.

Al regreso a España hay dos posibilidades:

b.1) Has estado en el extranjero menos de un año continuado y cuando regresas a España no encuentras trabajo. En ese caso puedes solicitar que te vuelvan a pagar la prestación o el subsidio que se interrumpió cuando te marchaste.

b.2) Si has estado fuera más de un año y cuando regresas no encuentras trabajo, entonces no podrás volver a cobrar la prestación o el subsidio, es decir, pierdes ese derecho. La suspensión del paro se puede mantener hasta un año como máximo, cuando pasa ese periodo el paro se extingue, desaparece.  Si eres español y regresas de un país no perteneciente a la Unión Europea, Australia o Suiza, podrías tener derecho a un subsidio para emigrantes retornados.. Y si has estado trabajando y cotizando en la Unión Europea, puedes pedir que se te reconozcan en España esas cotizaciones.

Todo lo anterior es aplicable a las prestaciones y subsidios ordinarios por desempleo que se pueden suspender hasta un máximo de un año.   

En la Renta Activa de Inserción (RAI), ayuda que ya no se puede solicitar, el tiempo máximo que se permite la estancia en el extranjero sin perder el derecho a reactivar la ayuda es de seis meses.  Si mientras se cobra la RAI hay una estancia en el extranjero superior a los 6 meses, la ayuda se extingue, se pierde.

Viajar al extranjero hasta un año

4) Desplazamientos al extranjero durante más de un año

Si estás cobrando prestación contributiva o subsidio por desempleo y te trasladas al extranjero durante un año o más para trabajar, buscar trabajo, realizar estudios que mejoren tu preparación profesional, o por acciones de cooperación internacional, dicha prestación o subsidio se extinguen. Es decir, permanecer en el extranjero más de un año, con el paro suspendido, significa que se pierde definitivamente la prestación o el subsidio.

Si eres español o española y regresas de un país no perteneciente a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo, o de Australia o de Suiza, podrías tener derecho a cobrar un subsidio para emigrante retornado.

Mas de un año, salida extranjero

¿Qué es la exportación del paro?

Hay un régimen especial para el caso del trabajador español que se marcha a un país de la Unión Europea para buscar trabajo, en cuyo caso es posible “exportar” el cobro de la prestación durante tres meses  (ver más detalles).

 

¿Cuáles son los trámites a seguir para comunicar las salidas al extranjero mientras se cobra el paro?

1º) Comunicarlo por escrito a la oficina del SEPE (INEM), a través de la sede electrónica (si tiene certificado digital, DNI electrónico o clave) o mediante el formulario de pre-solicitud online, que es válido para todos los casos.

Hay un formulario específico, llamado “comunicación de salida al extranjero” (pdf). que se puede entregar en las oficinas de empleo con cita previa o a través de la sede electrónica del SEPE.

Sin embargo, la opción más práctica es utilizar el formulario de presolicitud, que permite hacer la comunicación desde internet y sin necesidad de utilizar certificado digital, DNI electrónico o clave.

La opción que hay que elegir en el formulario de presolicitud es la siguiente:

1) EN TRÁMITES, marcar la opción “Baja prestación” y en la siguiente pantalla, en Subtrámite: “Salida de  España”.

Paso primero de comunicación de salida al extranjero

2) EN SUBTRÁMITES, que es la siguiente pantalla que aparece, hay que seleccionar uno de los tres tipos de salida al extranjero: (según se trata tu caso)

3) EN EL CAMPO “OBSERVACIONES” especificar la fecha de salida prevista.

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MÁS INFORMACION RELEVANTE

Si has decidido hacer la comunicación en persona en la oficina de empleo con la solicitud sellada por el SEPE también deberás pasar por el servicio de empleo de la Comunidad  Autónoma (suele estar en la misma oficina) y comunicar los días que estarás fuera, para evitar que en esos días te llamen para entrevistas de trabajo y/o de cursos de formación.

Si se comunicó la salida al SEPE a través de  un medio electrónico, como el formulario de pre-solicitud o la sede electrónica, puedes comunicarlo también al servicio autonómico de empleo por email o telefónicamente para no tener que desplazarte físicamente hasta la oficina de empleo.

Vemos por lo tanto que hay que hacer dos comunicaciones antes de salir al extranjero: al Servicio Estatal (SEPE, antes INEM) y al Servicio autonómico (SAE, SOC, LANBIDE, SERVEF, SEPECAM, SOIB, etc según cada Comunidad)

(Nota: Parece un tanto absurdo que haya que comunicarlo dos veces a dos Administraciones que en la mayor parte de España están en el mismo edificio, apenas separados unos metros una de la otra, pero esas son las indicaciones que se comunican desde la propia página web del SEPE, como puedes ver abajo).

Informar servicios de empleo de salida al extranjero

Cuando hayamos regresado de las vacaciones, hay que volver a informar a la oficina de empleo, tanto al Servicio Estatal como al Autonómico. En algunos casos pueden pedir documentación, como los billetes de avión, para confirmar fechas de entrada y salida.

La comunicación del regreso también se puede hacer online a través del formulario de pre-solicitud, utilizando la misma combinación que eligió para comunicar la salida, indicando en el campo “observaciones” que ya se está en España y especificando la fecha de regreso.

Así lo explica el SEPE en redes sociales:

a) Comunicación de salida a través del formulario de presolicitud:

Comunicación de salida al extranjero mediante formulario de presolilcitud

 

b) Comunicación del regreso a través del formulario de presolicitud:

Comunicar el regreso del extranjero a través de la presolicitud

RECUERDA: Si no puedes conseguir cita previa para ser atendido en la oficina de empleo del SEPE, lo más práctico es realizar la comunicación online utilizando el formulario de pre-solicitud para comunicar la salida al extranjero y el regreso a España.

El enlace oficial al formulario de presolicitud es este:  https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas/proteccion-por-desempleo/presolicitud-prestacion-desempleo

En esta guía te explico cómo funciona https://loentiendo.com/presolicitud-sepe/   y si aún así tienes dudas, podemos ayudarte a través de una consulta de asesoramiento.  

Conclusiones

1º) Es absolutamente obligatorio informar a las dos Administraciones, tanto a la estatal (SEPE -Servicio Público de Empleo Estatal), como a la autonómica (Servicio de empleo de cada comunidad autónoma). En el despacho estamos llevando casos de personas a las que han suspendido la prestación, con requerimiento de devolución de ingresos indebidos, o bien porque informaron al SEPE, pero no al servicio autonómico, o bien al revés: informaron al servicio autonómico, pero no al SEPE. Y también, claro, porque no informaron a ninguna de las dos. Insisto: la normativa exige informar a las dos administraciones.

2º) Se debe informar a las dos administraciones (estatal y autonómica) tanto de la salida, como del regreso. Por ser más claro aún: hay que hacer cuatro comunicaciones: Salida al SEPE, salida al Servicio autonómico, regreso al SEPE y regreso al Servicio Autonómico.

3º) Respecto a la forma de comunicarlo y viendo los problemas que hay para conseguir citas previas, el procedimiento más cómodo en el SEPE es el formulario de presolicitud (si no consigue cita previa). Respecto a la forma de comunicarlo al servicio autonómico de empleo, como hay 17 servicios, cada uno tiene su propia singularidad … en unos admiten la comunicación por teléfono, en otros por email, y en otros tiene que ser presencial y dentro de estos, unos con cita previa y otros sin cita previa. Por lo tanto, consulte en su servicio autonómico cómo quieren que lo comunique.

Es cierto. Parece que la Administración disfruta complicando la vida a los ciudadanos.

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360 comentarios en «Si estás cobrando el paro y viajas al extranjero, comunícalo en la oficina de empleo»

  1. Buenas tardes y gracias por toda la información. En el caso de una salida al extranjero de duración aproximada de 6h y vuelta al país todo el mismo día, ¿se habría de avisar también al SEPE?. El motivo es una ruta de montaña de fin de semana que atraviesa los Pirineos y entra en territorio francés unas horas. Gracias y un saludo!

    Responder
    • Hola Jesús. Es un caso “de laboratorio” y desde luego, no tengo ningún precedente similar. Sinceramente, creo que si le hicieras la consulta a un gestor del servicio autonómico de empleo, te diría que no es necesario informar de salida al extranjero por ese desplazamiento temporal unas horas al otro lado de la frontera. Un saludo.

      Responder
  2. Hola, necesito tu ayuda urgente! Me encuentro en mi último día de estancia en el extranjero y no sabía que tenía que notificarlo. ¿Qué puedo hacer?¿Notifico la llegada presencial en el SEPE?¿ Presento una presolicitud notificando la salida y me presento presencialmente en el SEPE para notificar la llegada? ¿Hablo con 060?¿O espero a ver qué ocurre? ¿Cuál es la mejor opción para tener la mínima sanción?
    Desconocía completamente este procedimiento, gracias por tu información.

    Respuesta de los moderadores

    Te hemos enviado un mensaje a través de email. Un saludo

    Responder
  3. Buenas tardes,

    Para los que vayáis al extranjero por menos de los 30 días y viviendo en Madrid es suficiente con presentar la solicitud que se explica arriba al SEPE porque por la parte del aviso al organismo autonómico es innecesario mientras no coincida el periodo vacacional con la fecha de sellado del paro. En caso de coincidir, el procedimiento es pedir cita previa por correo o vía telefónica para notificarlo presencialmente y que te suspendan de manera provisional la prestación hasta que vuelvas.

    Estaría bien que, en el caso concreto de la Comunidad de Madrid, lo pusieran por escrito en su pagina web para el conocimiento de todos pero la respuesta de la administrativa que me explicó todo eso es que funciona así de mal la comunicación entre sedes para el mismo procedimiento.

    Espero que os sirva. Saludos.

    Responder
    • Gracias David. Hay que recalcar que esto es en la Comunidad de Madrid. En el resto de España hay que confirmarlo con el servicio autonómico de empleo correspondiente. Tienes toda la razón en que a la Administración no le costaría nada poner esta información en sus portales web, pero deben estar muy ocupados con otras cuestiones. Gracias por compartir la información.

      Responder
  4. Hola buenas.
    Muchas gracias por el artículo y por poner luz a estos trámites tan poco claros. Sin embargo tengo una duda…
    Yo soy de Madrid, pero ahora mismo estoy en Barcelona y no puedo ir presencialmente a mi oficina de empleo de la Comunidad de Madrid, ni consigo cita en el SEPE para avisar de que voy a salir temporalmente al extranjero.
    Para el SEPE ya he visto que puedo hacerlo online a través de la Pre-solicitud de prestación individual (donde sí aparece el subtrámite de salida ocasional por menos de 30 días e indica que se sigue cobrando la prestación o el subsidio), pero no encuentro información clara sobre cómo comunicarlo a la oficina de empleo de la Comunidad de Madrid de forma telemática.
    ¿Existe algún trámite online, formulario o correo para informarles, o es suficiente con avisar solo al SEPE?
    Cuando regrese, ¿también puedo notificarlo por internet a ambos organismos?
    Gracias de antemano.

    Responder
  5. Hola. He salido más de 90 dias fuera de España, estando cobrando el paro he estado haciendo investigación en un pais fuera de la union europea ( sin remuneración) he regresado y al acabarse me prestacion he vuelto al sepe para extender mi subsidio y me han comunicado que no tenia registada las salidas de españa , me han pedido cartas de la institución donde estuve y un escrito aclarando todo , esto es valido ? , puedo perder mi prestación aunque ya se ha acabado a la fecha ? se puede pedir una prorroga ?

    (Consulta publicada. Le hemos enviado un email)

    Responder
  6. Buenos días,
    Estoy planeando una salida, de 3 días, a Oporto (Portugal) y estoy viendo que si cobro prestación por desempleo debe comunicarlo al SEPE. Mi duda viene planteada, porque la primera parada del viaje es en Oporto y luego subiría a La Coruña. No estaría más de 10 días fuera, siendo 3 los que pasaría en territorio extranjero. Mi consulta es: Debo comunicar todos los días que voy a estar fuera??? Realmente sólo 3 días son fuera de España, pero claro, indican que al día siguiente hábil hay que comunicar el regreso y aunque yo estaría en territorio español, realmente no regreso a mi Comunidad Autónoma.
    Muchas gracias.
    Un saludo,

    Responder
  7. Buenos días,

    He comprobado que, para reanudar la prestación, es necesario seguir el mismo procedimiento a través de la presolicitud. No obstante, tengo dudas respecto a qué opción debo marcar en el paso 1 del formulario: ¿“Presolicitud de prestación individual” o “Baja prestación”?

    Agradecería su aclaración para poder completar correctamente el trámite.

    Un cordial saludo,

    Responder
  8. Buenos días, empezaré a cobrar el subsidio de desempleo en el mes de agosto. Sin embargo, antes de estar en desempleo, tenía un vuelo planificado a otra Comunidad Autónoma por una semana para resolver un asunto familiar. ¿Debo notificar al SEPE y a la Oficina de Empleo Autonómica de dicho desplazamiento? Muchas gracias de antemano.

    Responder
    • Buenas tardes Karina. Dependerá del tiempo que vaya a estar desplazada. Yo entiendo que si se trata de un desplazamiento puntual para un asunto familiar y dentro de la península, en el improbable caso de que el servicio de empleo pudiera requerir su comparecencia de un día para otro, usted podría acudir En teoría también habría que comunicar los desplazamientos dentro de la península, si ello le impide cumplir con sus obligaciones del compromiso de actividad. En la práctica yo creo que el porcentaje de personas que informan de este tipo desplazamientos interiores es mínimo. Un saludo

      Responder
  9. Hola,

    Vuelvo el 8 de Agosto, notifiqué al SEPE on line (imposible como ya se sabe pedir cita presencial) y al servicio autonómico presencial mi salida el 14 de Julio, estoy menos de 30 días, de hecho tengo que ir a reactivar tarjeta a servicio autonómico hasta el día 12 de agosto. Al SEPE le mandaré on line los billetes de vuelta el mismo día 8 de Agosto, para que tenga constancia de mi regreso. Cual ha sido mi sorpresa que he mirado estado de mi prestación on line y pone fecha reanudación 14/7/2025 y causa: salida al extranjero, pero fecha de reanudación no debería poner 12/08/2025, dado que 14/7/2025 es cuando me fui.

    Y otra cosa que no entiendo es si lo he notificado y son menos de 30 días porque pone reanudación, significa que el 10 de Agosto que debería cobrar mi prestación no lo cobraré hasta que se reanude? no entido porque pone que si son menos de 30 días solo se notifica pero no hay que reanudar nada y se sigue cobrando normal, por lo de reanudar entido que el día 10 de agosto no cobraré mi prestación, porque yo voy el día 11 de Agosto empleo de Comunidad de Madrid a reactivar tarjeta, y al SEPE se lo comunico el viernes 8 de Agosto on line.

    Si me lo puedes aclarar Óscar, muy amable como siempre.

    Un saludo

    Responder
  10. Hola buenas.
    Vivo en Madrid y tengo un viaje a México desde el 4 al 15 de agosto, y otro a Malta desde 30 de agosto al 5 de septiembre. ¿Puedo hacer la pre-solicitud online de ambos viajes en un solo paso? Por otro lado, ¿se puede informar también online a la oficina de Empleo además de la del SEPE?
    A mi vuelta de México iré seguido a Málaga hasta finales de agosto, así que no puedo pedir cita al SEPE ni a la oficina de empleo porque no estaré en Madrid. ¿Es posible anunciar el regreso a España también con una pre-solicitud online a ambos organismos adjuntando los billetes de avión? ¿A la oficina de empleo es suficiente solo dándome de alta como demandante de empleo otra vez o también se puede vía correo?
    Saludos.

    Responder
  11. Buenas tardes, después de estar en bucle buscando la opción de poder comunicar una salida al extranjero en la web del SEPE, he encontrado vuestra página, y os doy las gracias por detallar los pasos a seguir para hacer la gestión. Dado que es muy complicado, y no sabes exactamente, como ni donde hacer la solicitud. La verdad que el SEPE, no te ponen nada fácil. Y al final la mejor opción es Salida de España (indicando en las observaciones el tiempo previsto). Pero desde la opción baja de prestación. Recibes un pdf con el documento realizado on line, y este mismo se puede enviar por correo a tu oficina de tu autonomía para informar. En mi caso es el Soc, que soy de Barcelona. Gracias.

    Responder
  12. Buenas tardes:
    Ya he hecho una presolicitud de prestación individual (para comunicar mi salida al extranjero por 4 días ) y ahora al leer los mensajes de aquí he pensado en hacerla pinchando baja prestación pero no me deja porque pone que ya he presentado un trámite de presolicitud de prestación individual.
    Podría tener problemas para salir fuera? No entiendo como ya no me deja. Podría hacerlo más adelante?
    Un saludo

    Responder
    • Al enviarse la presolicitud se genera automáticamente un resguardo en pdf con código electrónico de autenticidad y se puede descargar al instante en pdf desde la misma web del SEPE.
      Un saludo

      Responder
  13. Hola:
    Yo me voy un fin de semana y no consigo coger cita en el estatal. En el autonómico ya tengo, si lo hago por presolicitud ahora he leído que para la vuelta a España hay que comunicarlo también el primer día hábil, como lo hago si no me da cita? Tiene que ser presencial?
    Gracias

    Responder
    • Hola Alicia. Son muchas las personas que se encuentran con ese problema: al regresar tampoco pueden conseguir una cita previa presencial para el SEOE, porque las oficinas están desbordadas. En el SEPE conocen este problema y hemos tenido varios casos de trabajadores que ante la imposibilidad de conseguir la cita previa, han comunicado también su regreso a través del formulario de presolicitud. Hay varios comentarios en este sentido publicados. Un saludo

      Responder
  14. Buenas tardes,

    Me preguntaba si es válido enviar el formulario de Comunicación de salida al extranjero a través del registro electrónico común ya que dispongo de certificado digital. ¿Alguien ha utilizado este sistema con éxito?

    Gracias y un saludo,

    José Luis

    Responder
  15. Buenas tardes Óscar, gracias por publicar toda la información en tu web.
    Tengo varias dudas, mi marido y yo vamos a viajar 3 días a Praga a finales de agosto. Los dos estamos cobrando el paro y nos es imposible pedir cita en el SEPE en la comunidad de Madrid. ¿Podríamos informar de nuestro viaje en cualquier otro SEPE que no sea de nuestra comunidad? Es decir, ¿podría pedir cita en Toledo, Guadalajara o en Valencia? A está última ciudad nos desplazamos la semana que viene.
    Y otra duda que tengo es si puedo informar yo de la salida de mi marido llevando la hoja cumplimentada con sus datos y firma, ya que el viaje es un regalo de mi suegra por su cumpleaños y nos nos gustaría que se enterase.
    Gracias

    Responder
  16. Buenos días, para viajes y desplazamientos por España también se ha de notificar al SEPE?
    Y si son viajes por España pero fuera de la península? Un saludo y muchas gracias

    Responder
    • Es una pregunta muy interesante y sobre este tema hemos tenido discrepancias entre los propios asesores. En principio, si su viaje por España le va a impedir estar a disposición del servicio autonómico de empleo, debe comunicarlo. Me explico: si usted reside en Bilbao y se va una semana a Canarias, es posible que no pueda cumplir con sus obligaciones si el servicio autonómico de empleo del País Vasco le cita a una sesión de control al día siguiente, en la oficina de su domicilio. Para estos casos, si informa previamente, lo tendrán en cuenta y no le sancionarán. Por otro lado, si reside en el País Vasco y su viaje es a Burgos, posiblemente en el caso de que le citen de un día para otro, podrá acudir.
      Con la norma en la mano, se debería informar de estos desplazamientos interiores, pero no deja de ser cierto que en algunas oficinas de empleo, cuando un trabajador ha ido a comunicar que se iba a desplazar al día siguiente de Madrid a Andalucía, los funcionarios le han mirado como si estuvieran ante un marciano. Un saludo

      Responder
  17. Hola,
    Felicidades porque el artículo está muy claro y bien explicado.
    En mi caso no me informe debidamente, y salí de viaje sin informar al SEPE (por una urgencia), y me han dicho que tenía que informar al SEPE, aunque sólo este fuera siete días en total. Qué puedo hacer? Lo hago online? me espero a volver y pido cita presencial?
    Gracias de antemano
    Un saludo.

    Responder
  18. En vista de la opción de “presolicitud de prestación individual” he preguntado en el Sepe por dos vías, una mensaje por webchat y la otra por x (twitter). He explicado que últimamente en el 060 aconsejaban usar esta opción.
    Las respuestas en los dos casos ha sido usar la “baja de prestación y salida de España”.
    En diciembre lo hice de esta última forma y no tuve ningún problema (comunicando a parte al soc adjuntado el informe generado por el sepe).

    Esta vez lo haré de la misma forma ya que siempre podrían alegar que no se está haciendo por el cauce destinado a este menester.

    Responder
    • Muchas gracias por compartirlo, Javier. Teniendo en cuenta cuáles son las opciones del desplegable del formulario de presolicitud, la opción que comentas (“Baja de prestación > salida de España”) es la que más se aproxima a la realidad de la gestión que se quiere hacer, pero hay que reconocer que muchas personas se lo piensan dos veces antes de elegir una opción que se denomina “baja de prestación”. A esto se une que durante varias semanas en el 060 han estado dando información de que la otra opción era preferible, con lo que a un mal diseño del formulario se une que ni los propios gestores del SEPE parecen ponerse de acuerdo. Como recomendación final, estoy de acuerdo contigo en que la mejor opción del formulario de presolicitud es (“Baja de prestación > salida de España”). Un saludo

      Responder
  19. Hola, que web tan interesante , entonces si hacemos una “presolicitud de prestación individual” porque a nosostros tambien nos interesa al salir al extranjero… despues de hacerla, el SEPE nos respondera si la aceptan o no ?

    Mil gracias

    Responder
    • Realmente, el SEPE tan solo puede dar acuse de recibo de que ha sido notificado de la salida al extranjero. Es decir, ni ellos ni aprueban ni desaprueban, pero es obligatorio informarles de las salidas mientras se cobran prestaciones por desempleo. Un saludo

      Responder

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