Fechas de pago previstas del Ingreso Mínimo Vital. ¿Qué cantidades se pueden cobrar en esta ayuda? ¿de qué depende?
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Fechas de pago del Ingreso Mínimo Vital
Fechas de pago en el mes de septiembre
Actualizado: 25/08/2023
Según la normativa, los pagos del IMV se realizan entre el primer día hábil y el cuarto día natural de cada mes. Sin embargo, desde hace tiempo hay bancos que adelantan el pago a partir del día 24 o 25, mientras que otros esperan al día 1.
En este listado vamos actualizando a diario las fechas en las que se haya confirmado ya el pago mensual el Ingreso Mínimo Vital, porque hay entidades que lo adelantan unos días sobre el resto. La previsión de fechas se hace de acuerdo con las fechas de pago del mes anterior.
Fechas de pago del IMV en SEPTIEMBRE
- Banco Santander: Ha pagado el 24 de agosto
- Openbank: Ha pagado el 24 de agosto
- Caixabank: Ha pagado el 24 de agosto
- Imaginbank: Ha pagado el 24 de agosto
- BBVA: Ha pagado el 25 de agosto
- Ibercaja: 25 de agosto
- Abanca: 29 de agosto
- Banco Sabadell: 25 de agosto
- ING: 25 de agosto
- Cajasur:a partir 25 de agosto
- Cajamar: 1 de septiembre
- EVO: 1 de septiembre
- Caja siete: 24 de agosto
- Unicaja: 31 de agosto
- Bankinter: Ha pagado el 24 de agosto
- Globalcaja: 25 de agosto
- Kutxabank: 25 de agosto
- Cajas Rurales: En cada provincia hay una Caja Rural distinta y presentan distintas fechas de pago (entre 25 de agosto y 1 de septiembre).
¿Has cobrado ya el Ingreso Mínimo Vital de este mes? Confírmalo en comentarios, al final de esta página. Servirá a otras muchas personas.
¿Cuánto se cobra con la ayuda del Ingreso Mínimo Vital?
El importe que recibe cada unidad de convivencia (familia) es lo que se conoce como “renta garantizada” y no es una cantidad única, sino que depende del número de miembros de la unidad, de cuántos son adultos y cuántos son menores y de la renta que tenga ese conjunto de personas.
En la propia normativa del Ingreso Mínimo Vital se indican las tablas de rentas garantizadas, que todos los años actualiza el gobierno. La que está vigente en 2023 es esta:
Unidad de convivencia | Euros / año | Euros / mes |
---|---|---|
Un adulto | 6.784,44 | 565,37 |
Un adulto y un menor | 8.819,88 | 734,99 |
Un adulto y dos menores | 10.855,20 | 904,60 |
Un adulto y tres menores | 12.890,52 | 1.074,21 |
Un adulto y más de tres menores | 14.925,96 | 1.243,83 |
Dos adultos | 8.819,88 | 734,99 |
Dos adultos y un menor | 10.855,20 | 904,60 |
Dos adultos y dos menores | 12.890,52 | 1.074,21 |
Dos adultos y más de dos menores | 14.925,96 | 1.243,83 |
Tres adultos | 10.855,20 | 904,60 |
Tres adultos y un menor | 12.890,52 | 1.074,21 |
Tres adultos y más de dos menores | 14.925,96 | 1.243,83 |
Cuatro adultos | 12.890,52 | 1.074,21 |
Cuatro adultos y un menor | 14.925,96 | 1.243,83 |
Otros | 14.925,96 | 1.243,83 |
Unidad de convivencia | Euros / año | Euros / mes |
---|---|---|
Un adulto y un menor | 10.312,44 | 859,37 |
Un adulto y dos menores | 12.347,76 | 1.028,90 |
Un adulto y tres menores | 14.383,20 | 1.198,60 |
Un adulto y cuatro o más menores | 16.418,52 | 1.368,21 |
Unidad de convivencia | Euros / año | Euros / mes |
---|---|---|
Dos adultos y un menor | 12.347,76 | 1.028,98 |
Dos adultos y dos menores | 14.383,20 | 1.198,60 |
Dos adultos y tres o más menores | 16.418,52 | 1.368,21 |
Modificación de la cuantía
El cambio en las circunstancias personales de la persona beneficiaria del ingreso mínimo vital, o de alguno de los miembros de la unidad de convivencia, podrá suponer la modificación de la cuantía de la prestación económica mediante la revisión correspondiente por la entidad gestora.
La modificación tendrá efectos a partir del día primero del mes siguiente al de la fecha en que se hubiera producido el hecho causante de la modificación.
En todo caso, la cuantía de la prestación se actualizará con efectos del día 1 de enero de cada año, tomando como referencia los ingresos anuales computables del ejercicio anterior. Cuando la variación de los ingresos anuales computables del ejercicio anterior motivara la extinción de la prestación, esta surtirá igualmente efectos a partir del día 1 de enero del año siguiente a aquél al que correspondan dichos ingresos.
Complemento de ayuda para la infancia
Además de las cuantías anteriores, en el caso de que en la unidad familiar haya menores, se añadirá el llamado “complemento de ayuda a la infancia” que puede ser de hasta 115 euros al mes por cada menor. Lo explicamos con detalle en esta guía actualizada:
¿Cómo se paga la prestación del IMV?
El pago de la prestación será mensual y se efectúa por transferencia bancaria a una cuenta de la persona titular de la prestación.
El Ingreso Mínimo Vital es intransferible. No podrá ofrecerse en garantía de obligaciones ni ser objeto de cesión total o parcial, compensación o descuento, retención o embargo, salvo las compensaciones que se puedan realizar en los pagos por el INSS en caso de haber percibido cuantías superiores a las que correspondieran de acuerdo con los criterios y requisitos de fijación de los importes a percibir.
Ejemplo real de los importes de una prestación del Ingreso Mínimo Vital con el complemento de ayuda a la infancia
En esta resolución real del INSS, comprobamos que a una familia monoparental de un adulto y tres menores le corresponde mensualmente 1.042,26 €,pero añadiendo 170 euros al mes del complemento de ayuda a la infancia, resulta un total de 1.212,26 euros al mes.
Requisitos y cómo solicitar el IMV
En esta guía actualizada 2023 del IMV explicamos todo lo necesario sobre esta prestación.
Referencia legal
-
Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital (versión consolidada y actualizada).
- Real Decreto 696/2018, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento general de la gestión financiera de la Seguridad Social.El art. 24 del reglamento en lo que se refiere al pago de prestaciones indica lo siguiente: “Las entidades financieras colaboradoras realizarán el cargo en la cuenta única centralizada que la Tesorería General de la Seguridad Social tenga abierta en cada una de ellas, por el importe al que ascienden las pensiones y demás prestaciones de pago ordinario periódico, con fecha valor del primer día hábil del mes en que se realice el pago y, en todo caso, hasta el cuarto día natural de dicho mes, tal como se especifique en la orden de pago que se curse al respecto”.
Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA).
Contacto email: info@delasheras.legal
ya está confirmado que ya han pagado la vital hoy día 25 estos bancos
Santanter y Openbank, Caixabank e Imaginbank, Bankinter,
Actualizado. Gracias, Teresa