En todas las oficinas de empleo del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) del país ya es obligatorio solicitar cita previa para realizar gestiones como pedir información o solicitar prestaciones o ayudas por desempleo.
Sin cita previa no es posible atender al ciudadano en las oficinas del SEPE (el antiguo INEM).
La cita previa en las oficinas del SEPE se puede pedir de dos formas:
Ambas opciones, tanto el sistema de citas por teléfono como por Internet, son sistemas automáticos que le asignan la primera cita disponible en su oficina de empleo. No hay posibilidad, por el momento, de elegir el día de la cita, de modo que si usted piensa que en determinadas fechas no va a poder acudir, le recomendamos que en lugar de la cita por teléfono, utilice el sistema de cita previa por Internet, ya que al final del proceso, le indica la hora y el dia de la cita propuesta y usted puede decidir si aceptarla o no.
El el sistema de cita telefónica no hay esta opción de rechazar la cita propuesta.
Para hacer cualquier gestión ante el SEPE (INEM), como pedir el paro, siempre le van a pedir que esté ya apuntado al paro, es decir, inscrito como demandante de empleo. Esto se hace en la oficina de empleo del Servicio Público de Empleo de su Comunidad Autónoma.
Téngalo en cuenta, porque no siempre es posible hacer los dos trámites (apuntarse al paro y solicitar la prestación) el mismo día. Si tiene ocasión, apúntese al paro unos días antes de la fecha que le han asignado para pedir la prestación. Así podrá hacer las dos gestiones con calma y la del Servicio Autonómico es importante, porque dará sus datos para que den de alta su perfil como demandante de empleo y le informarán de los cursos de formación y ofertas de empleo.
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Buenas! Estaba cobrando el paro estos meses anteriores. El día 10 de Julio me dieron de alta y hoy 10 de agosto me ha venido la prestación por desempleo.
¿Que solución doy a esto?
Gracias
Hola, buenas tardes. Si empezaste a trabajar el 10 de julio, en la nómina que ahora se ha cobrado te tendrían que haber pagado únicamente los días de julio que tuviste de alta la prestación, es decir, del 1 al 9 de julio. Consulta a través de tu expediente online si todo está correcto y si no es así, el lunes puedes ponerte en contacto con el teléfono de información del SEPE para que lo regularicen. Un saludo
Saludos!
Muchas gracias por vuestra ayuda! Quería preguntar si te llaman para hacer un curso para el que me apunté en la oficina del INEM pero me llamaron diciendo que era prioritariamente para trabajadores en activo y si había plazas me volverían a llamar y lo han hecho, pasa igual que con el resto de cursos? Es decir, me han dicho que tienen que pedir permiso a mi oficina del INEM y que si se lo dan, que siempre lo dan, me incluyen en el curso. Pero qué pasa entonces con el tema de sellar? y con la prestación? no me la suspenden verdad? Tengo que pedir cita en mi oficina del INEM para ver estos temas?
Muchas gracias!
Hola, buenas. Me gustaría saber como se puede hacer uno autónomo sin caer en algo ilegal. Quiero empezar siéndolo, pero la información que ronda en Internet es un tanto escasa y confusa. Me podrían, por favor, ayudar?
Buenos días. Hemos publicado esta guía, en la que lo explicamos Guía para darse de alta en autónomos paso a paso (+info). Un saludo
Hola,
La semana pasada finalizó mi contrato laboral a jornada completa y he cotizado seis meses y medio. Tenía pensado solicitar la ayuda por insuficiencia de cotizaciones (426 €). Ahora mismo no tengo cargas familiares pero estoy embaraza de 6 meses.
En el momento en el que solicitaría la prestación no tendría cargas familiares por lo que entiendo que el subsidio tendría una duración de 6 meses pero quería saber si al ser madre durante este período y pasar a tener cargas familiares el subsidio también pasaría a ser de 21 meses de duración.
Muchas gracias.
Así es María. Si mientras percibe el subsidio por insuficiencia de cotización varían sus condiciones familiares (por ejemplo por tener un hijo), el subsidio de adapta y ya podría cobrar lo que se conoce por ayuda familiar (+info), naturalmente informando de ello al Servicio de Empleo. Un saludo
Buenas dias,
Ahora yo cumple 51 años, Tengo una discapacidad del 65% reconocida por Andalucia, he cotizado 25 años y Tengo un hijo de 7 años a cargo. me han agotado la prestación por desempleo y me ha rechazado un subsidio por desempleo por causa: el resultado debe superar los 491,40 € de media mensual por cada miembro. ¿Tengo derecho a percibir el subsidio para mayores de 55 años?. Gracias
Buenos días, lamentablemente el > subsidio para mayores de 55 años (+ info), así como todo el resto de subsidios y ayudas que se pueden pedir teniendo responsabilidades familiares, tiene ese requisito de no superar los 491.40 euros de ingresos.
Por lo que tendrá que ver si puede pedir el > salario social (+ info) o si cumple ese requisito en el año siguiente, en ocasiones se puede pedir el subsidio posteriormente.
Un saludo.
Somos un matrimonio de 68 y 62 años con unos ingresos de pensionista de 780€ y el otro de ayuda de desempleo de 426€. No tenemos ninguna propiedad y vivimos en una casa pagando alquiler en Puente Genil. ¿ tenemos derecho a algún tipo de ayuda como inquilinos ? .
Gracias por su atención
Buenos días, las > ayudas para el alquiler (+ info) son autonómicas y en ocasiones municipales, por lo que tendrán que preguntar en su Comunidad Autónoma o en su Ayuntamiento.
Un saludo.
Yo trabajo en dos sitios: uno implica riesgo para el embarazo y otro no. Al darme de baja por riesgo en uno, podría seguir trabajando en el que no supone riesgo para el embarazo? Sólo estoy dada de alta en uno de ellos y solo tengo un contrato, ya que es una situación especial donde una empresa ( la cual es la que he firmado contrato y aquí el trabajo supone riesgo) me cede a la otra empresa para que realice algunos días de trabajo que no supone riesgo para el embarazo.
Buenas tardes, habría que estudiar la situación exacta, ya que lo que dice suena raro. Si usted tiene un contrato con una empresa tendrá que trabajar solo para esa empresa, y si le cede a otra empresa para realizar otro trabajo, puede ser una situación de cesión ilegal de trabajadores. Y si en la relación laboral con la que tiene el contrato está dada de baja, no podrá trabajar por ese contrato.
Un saludo.
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