Las 10 principales medidas: ayudas económicas directas y en el ámbito fiscal, de Seguridad Social, financiación y protección asistencial para los afectados.
Resumen de las 10 principales ayudas aprobadas
Actualizado: 06/11/2024
El Consejo de Ministros (05/11/2024) ha aprobado el Real Decreto-ley 6/2024 con todas las ayudas económicas, laborales y fiscales para los afectados por la catástrofe de las lluvias torrenciales (DANA) en zonas de la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Andalucía, Cataluña y Aragón. Son en total 78 municipios.
Este es un resumen de las principales medidas que se han anunciado en la rueda de prensa del gobierno y que regula el RDL 6/2024 de ayudas frente a los daños provocados por la DANA:
- Habrá una primera respuesta de 10.600 millones de euros en total, con ayudas directas para reconstruir viviendas, cambiar electrodomésticos o para autónomos y empresas, que puedan beneficiar hasta “30.000 negocios y a miles de familias”. Según ha afirmado el Presidente del Gobierno, las ayudas serán universales, para todas las viviendas y sin tener en cuenta las rentas. Habrá entre 20.000 y 60.000 euros para la reconstrucción de viviendas dañadas y hasta 10.300 euros para reparar o cambiar muebles o electrodomésticos. Las comunidades de vecinos podrán solicitar hasta 37.000 euros de ayudas”.
- También se aprobarán ayudas directas para autónomos y empresas. Serán de 5.000 euros para los autónomos y entre los 10.000 y 150.000 euros para las empresas. Se flexibilizan los requisitos para solicitar la prestación por cese de actividad de los autónomos.
- Las empresas afectadas que suspendan temporalmente la actividad de sus trabajadores a través de un ERTE estarán exentas de pagar el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social de la plantilla, al menos hasta febrero de 2025.
- Se va a crear una incapacidad temporal extraordinaria de trabajadores y autónomos con daños físicos o psicológicos provocada por la DANA. Al considerarse accidente de trabajo, lo que garantiza el 75% de su salario desde el primer día de incapacidad.
- Medidas fiscales. Se aprueba una exención del IBI correspondiente al ejercicio 2024; la reducción el IAE de este año; no se pagarán tasas de Tráfico ni en la Policía al tramitar la baja de vehículos dañados o sustituir los carnets de conducir y los DNI; las ayudas por daños personales quedan exentas de tributación en el IRPF; queda aplazado el segundo pago de la declaración de la renta hasta 2025 para los afectados por la DANA, beneficiando a 200.000 contribuyentes; y se aplica una reducción en IRPF e IVA para explotaciones y actividades agrarias de la zona afectada.
- Se ha diseñado una línea de avales DANA, a través del ICO, por valor de 5.000 millones de euros para empresas y autónomos.
- Se activa la prestación especial por cese de actividad para autónomos que deben parar o suspender su trabajo, que corresponde al 70% de la base de cotización. Podrán acceder a la ayuda aunque no tengan el periodo mínimo de cotización exigido y sin que les reduzca sus prestaciones en el futuro”.
- Las personas que en la Comunidad Valenciana recibían el ingreso mínimo vital o alguna prestación no contributiva, “las verán aumentadas en un 15% durante los próximos tres meses”, con la opción de que esta ayuda se prorrogue en el tiempo en función de la situación.
- Ayudas para los ayuntamientos: El Gobierno central va a pagar el 100% de los gastos de emergencia que tengan los ayuntamientos afectados por la DANA para la retirada de escombros, enseres, suministro de agua potable y se hará cargo de hasta el 50% de las obras que tengan que llevar a cabo los ayuntamientos en los próximos meses y años para reparar infraestructuras, carreteras y equipamientos municipales. Se les compensará por los impuestos municipales que van a dejar de recibir.
- Hipotecas. Se anuncia una acuerdo con los bancos, para que los ciudadanos y las pymes que tengan una hipoteca o un préstamo al consumo puedan posponer el pago íntegro de sus créditos durante 3 meses, y pagar solo los intereses durante 9 meses adicionales”.
El gobierno, en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, informa de que se han han iniciado los trámites para solicitar la ayuda del Fondo Europeo de Solidaridad y la utilización de otros recursos de apoyo de la Unión Europea.
Contenidos de este artículo
Ayudas económicas directas a las personas afectadas
Se multiplican por cuatro las ayudas previstas en la ley por fallecimiento, incapacidad, daños en enseres y en vivienda:
1. Ayudas por fallecimiento e incapacidad: hasta 72.000 euros.
2. Ayudas por daños en enseres y en vivienda habitual:
– Por destrucción total de la vivienda: hasta 60.480 euros.
– Por daños que afecten a la estructura de la vivienda: hasta 41.280 euros.
– Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda: hasta 20.640 euros.
– Por daños en elementos comunes de una Comunidad de vecinos: hasta 36.896 euros.
– En el caso de los enseres de primera necesidad, incluye muebles, electrodomésticos y todo lo que hace habitable la vivienda: hasta 10.320 euros.
Importante: se eliminan los requisitos de renta para acceder a estas ayudas, de modo que son ayudas de carácter universal para todos los afectados, con independencia de su nivel de renta o ingresos.
Medidas en materia de Seguridad Social para los afectados por la DANA
– Las empresas podrán solicitar exenciones a la cotización a la Seguridad Social de las personas trabajadoras que tengan sus actividades suspendidas o reducidas como consecuencia de la DANA.
– Faculta a empresas y autónomos a solicitar el aplazamiento o moratoria en el ingreso de las cuotas de la Seguridad Social.
– Se amplían los plazos para el ingreso de las cuotas de la Seguridad Social e ingreso de las cuotas devengadas antes de la catástrofe natural, y se suspenden los procedimientos de recaudación.
– Los autónomos que cesen su actividad por motivo del impacto de la DANA podrán solicitar la prestación de cese de actividad sin que tengan que acreditar que existe fuerza mayor ni acreditar el requisito de periodo mínimo de cotización.
– Se considerará accidente de trabajo a efectos de la prestación económica las pensiones por incapacidad permanente, muerte y supervivencia, así como la incapacidad temporal (las bajas), de trabajadores y autónomos originadas como consecuencia de la DANA.
Ayudas para para los autónomos afectados
Ayudas para conservar el empleo. Los ERTE de fuerza mayor
Ayudas a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital afectados por la DANA
El Ingreso Mínimo Vital y las pensiones no contributivas de personas afectadas se incrementan en un 15% durante 3 meses.
Beneficios fiscales
– Los afectados no tendrán que pagar el IBI correspondiente al ejercicio 2024.
– Se aplicará una reducción el IAE correspondiente al ejercicio 2024.
– No pagarán tasas de Tráfico quienes tengan que tramitar la baja de vehículos dañados o sustituir sus carnets de conducir perdidos o dañados.
– No se pagará IRPF por las ayudas que reciban quienes hayan sufrido daños personales.
– Hoy, 5 de noviembre, se produce el vencimiento del plazo para el ingreso del segundo pago del IRPF. El RDL aplaza pago hasta 2025 para los afectados por la DANA. Afecta a 200.000 contribuyentes.
– Se flexibilizan los plazos para el pago de tributos, tanto en período voluntario como ejecutivo, así como para presentar declaraciones catastrales.
– Posibilita el destino del superávit de las entidades locales para financiar inversiones para reparar los daños, que tendrán la consideración de financieramente sostenibles.
– Se permite que se puedan financiar determinadas necesidades financieras en 2024 y en 2025 con cargo a al Fondo de Financiación a Entidades Locales.
– Reducción en IRPF e IVA para explotaciones y actividades agrarias realizadas en la zona afectada.
Medidas en el ámbito judicial, notaria y registral
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Medidas de agilización judicial y del ámbito notarial y registral. Se establecen diversos mecanismos para habilitar a notarios con la finalidad de ampliar la capacidad disponible. Los registradores emitirán forma gratuita notas de localización de patrimonio inmobiliario u otros bienes cuando los titulares hayan perdido su documentación. Las Oficinas de los Registros Civiles utilizarán medios telemáticos para la tramitación y comunicación con los ciudadanos mientras persistan los efectos de la DANA.
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Se suspenden los plazos de los procedimientos administrativos y procesales.
Referencia legal
Real Decreto-ley 6/2024 de ayudas y medidas frente a los daños provocados por la DANA
Consejo de Ministros 05/11/2024 (resumen presentación pdf).
(Estamos preparando la ampliación de esta noticia y sus actualizaciones)
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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