Clases de ERE (Expedientes de Regulación de Empleo)

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Mediante un ERE (Expediente de Regulación de Empleo) las empresas pueden realizar distintos ajustes de plantilla. Clases de ERE y derechos del trabajador.

Clases de Expedientes de Regulación de Empleo

Actualizado:18/05/2020

El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) es un mecanismo legal que permite a las empresas ajustar su plantilla de trabajadores, siempre que se den los requisitos para ello, cumpliendo un procedimiento y con una serie de garantías reguladas por ley.

Hay distintas clases de ERE, en función del tipo de ajuste que vaya a llevarse a cabo:

  1. Los ERE (EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO) en sentido estricto, en los que se pone fin a la relación laboral con el trabajador, de forma definitiva, es decir, mediante un despido colectivo.
  2. LOS ERTE DE SUSPENSIÓN (Expedientes de Regulación Temporal de Empleo), en los que no se pone fin a la relación laboral, sino que ésta se suspende durante un periodo de tiempo.
  3. LOS ERTE DE REDUCCIÓN, que también son Expediente de Regulación de Empleo temporal, en los que se mantiene el contrato con los trabajadores, pero reduciendo las horas o días de la jornada laboral.

Cada  una de estas opciones tiene un procedimiento específico y una serie de derechos para los trabajadores que se ven afectados. Los explicamos a continuación.


El ERE DE EXTINCIÓN o “despido colectivo”

Este tipo de ERE implica el cese definitivo de la relación laboral entre empresa y los trabajadores afectados. 

Es lo que generalmente se conoce como un “despido colectivo”, la opción más desfavorable para los trabajadores, ya que implica la pérdida definitiva e irreversible del empleo.

Un ejemplo de ERE de Extinción sería el utilizan últimamente los bancos para reducir el tamaño de sus plantillas tras el cierre de sucursales, o los que realizan las empresas en situación de crisis o abocadas al cierre.

En los ERE de extinción o despidos colectivos, el trabajador tiene varios derechos:



Frente al tipo ERE de extinción, hay dos modalidades de ERE “temporales”, también conocidos como ERTE (Expedientes de Regulación de Empleo Temporales) y que en la crisis del covid-19 han están afectando a más de 4.000.000 de trabajadores:






El ERTE de SUSPENSIÓN

Consiste en establecer un nuevo calendario laboral para toda la plantilla de trabajadores o a una parte de ella, señalando determinados días de suspensión, en la que no habrá actividad laboral. Es lo que habitualmente se conoce como “mandar al trabajador a casa” durante unos días, o unos meses al año.

Ejemplo: Como consecuencia de la crisis del coronavirus y de la declaración del estado de alarma, un restaurante con 30 empleados se ve obligado a cerrar. La empresa solicita un ERTE por fuerza mayor y durante todo el tiempo que dure la prohibición legal de ejercer la actividad de hostelería, sus trabajadores se encontrarán incluidos en el expediente de regulación temporal de empleo, el ERTE.

Durante el ERE de suspensión el trabajador tiene derecho a recibir una prestación o subsidio por desempleo y mantener su cotización a la seguridad social por el 100% de la jornada, aunque no trabaje:

Durante la situación excepcional del covid-19, se ha aprobado una normativa especial que mejora la protección por desempleo que habitualmente tenían los trabajadores que se encontraban en un ERTE, ya que en este momento se puede acceder a esta prestación sin necesidad de acumular un mínimo de días cotizados y sin que ello consuma las prestaciones por desempleo que ya tenía el trabajador.

En esta guía se explica la nueva prestación por desempleo por ERTE covid-19:


La prestación por desempleo durante un ERTE



El ERTE de REDUCCIÓN

En este caso de regulación temporal del empleo, también se establece un calendario laboral pero en lugar de suspensión se reduce la jornada horaria en determinados días u horas a la semana. El trabajador continúa en su puesto, pero trabajando menos horas o menos días, por lo que se reduce su sueldo en la misma proporción.

Ejemplo: durante la crisis, un supermercado decide abrir únicamente cuatro horas al día en lugar de las ocho habituales. En esa situación, los trabajadores entran en un ERTE de reducción del 50% de su jornada, de tal forma que la empresa les pagará el salario por la mitad de contrato que trabajan, y el Servicio de empleo, por la otra mitad que han perdido de trabajo.

Durante el ERE de reducción el trabajador tiene derecho a mantener su cotización al 100% de la Seguridad y a recibir una prestación por desempleo por el tiempo que le han reducido la jornada. Las características de esta prestación por desempleo so las mismas que vimos en el punto anterior de los ERTE de suspensión.

La aplicación simultánea de varios tipos de ERE es posible.

Las empresas en crisis también pueden aplicar de forma simultánea varios tipos distintos de ERE, viéndose afectados los trabajadores en distinta medida.

Ejemplo:  una empresa de producción de cerámicas presenta un ERE de extinción que afecta a 50 trabajadores de su plantilla y a los restantes 180 que aún quedan contratados, les aplica un ERE temporal de suspensión de 90 días al año.

Además, los ERE suelen venir acompañados de otras medidas como bajas incentivadas, excedencias, jubilaciones anticipadas, etc.



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