¿Se puede volver a enviar al ERTE a un trabajador que se había reincorporado?

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Algunos trabajadores a los que la empresa había sacado del ERTE y reincorporado a su puesto de trabajo, nos consultan si es posible que les vuelvan a enviar de nuevo al ERTE.

En el Ministerio de Trabajo las directrices son muy claras: se ha prorrogado el sistema de protección especial por ERTE covid19 hasta el 30 de septiembre, pero la prioridad es que las empresas lleven a cabo la reincorporación de sus trabajadores tan pronto como sea posible.

 

La situación económica es de máxima incertidumbre y en sectores que emplean a millones de trabajadores, como el comercio, la hostelería o el turismo, la decisión de las empresas de volver a reiniciar su actividad implica asumir un riesgo importante:  puede suceder que tengan que volverse atrás si el mercado no se reactiva y los clientes no regresan.

 

Ante esta realidad, el actual sistema no impide a las empresas rectificar su decisión de reincorporar a un trabajador que estaba en ERTE y volverlo a incluir de nuevo.

Supongamos un ejemplo muy próximo: 

El caso es el de un restaurante en zona de oficinas con 10 empleados que estaba cerrado desde el 14 de marzo y con todos los trabajadores en ERTE por fuerza mayor.  Como las empresas están volviendo a tener cierta actividad, decide  la reapertura aprovechando que el ayuntamiento le ha autorizado a montar una terraza exterior. Para ello saca del ERTE a parte de su plantilla, 6 trabajadores.

Pasados 15 días, el dueño comprueba que el volumen de comidas se va recuperando más lentamente de lo previsto y de los 6 trabajadores que había desafectado,  tan solo hay trabajo para cuatro de ellos.   ¿Puede volver a enviar a dos de ellos al ERTE?.  La respuesta es “sí”.


Es cierto que no existe un epígrafe en el que se contemple de forma explícita esta posibilidad, ni en el Real Decreto-ley 18/2020  ni en el Real Decreto-ley 24/2020  de reactivación del empleo.

Sin embargo, el sistema de comunicaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social que se ha enviado a las empresas permite esta opción de volver a incluir a un trabajador en el ERTE después de haberlo reincorporado, mientras la empresa no comunique a la autoridad laboral la renuncia al ERTE.   Así, mes a mes,  la empresa informará a la Seguridad Social de los periodos de actividad de cada uno de los trabajadores.

En el Boletín 14/2020 “Noticias RED” de la TGSS (pdf), del pasado 5 de junio se recoge esta posibilidad:

Volver a incluir a un trabajador en el ERTE

También el  Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a través de su sección informativa de preguntas frecuentes, admite esta opción de comunicar los periodos de actividad de un trabajador a través de la aplicación certific@2, cuando la reincorporación ha sido durante periodos puntuales de actividad.

Comunicación-periodos-de-actividad

La vuelta del trabajador al ERTE debe estar justificada.

La Inspección de Trabajo recuerda que en cualquier momento podrá solicitar a la empresa que justifique el motivo por el que devuelve a un trabajador a la situación de ERTE, ya que para evitar fraudes, en todo momento se tienen que seguir cumpliendo los requisitos. La empresa, además, deberá de haber cumplido sus obligaciones formales de comunicación de la reincorporación, tanto a la Seguridad Social como al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

 

2 comentarios en «¿Se puede volver a enviar al ERTE a un trabajador que se había reincorporado?»

  1. Yo estaba de baja y mi empresa entró en ERTE. Me incluyó, pero esto no se hará efectivo hasta el alta. Cuando me den el alta ¿que tengo que hacer? en su momento me dieron el certificado de empresa, pero hace meses. ¿Tengo que ir a la empresa o directamente al SEPE??

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    • Buenos días. El día que te den el alta, tienes que avisar a la empresa. Cuando la empresa en su momento solicitó el ERTE, ya le pasó al SEPE a través de un sistema informático el listado de empleados que estaban afectados y entre ellos, señalaban aquellos que como tú, estáis en situación de baja por Incapacidad Temporal. Cuando comuniques a la empresa que ya estás de alta, ellos lo notificarán al SEPE para activar la protección por desempleo. Yo también te recomiendo que en el momento del alta solicites tú la prestación por ERTE al SEPE (tienes un plazo de 15 días hábiles para ello). En todos los procesos de ERTE, quien lleva la iniciativa y es responsable de las comunicaciones y los trámites, es la empresa. Sin embargo, tú como trabajador, una vez que has comunicado a la empresa que estás de alta (para que la empresa lo notifique al SEPE), también puedes iniciar el proceso con la solicitud de tu prestación por ERTE. Un saludo.

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