Únicamente es obligatorio declarar la plusvalía en el rescate del plan de pensiones

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Si se está cobrando un subsidio por desempleo y se rescata un plan de pensiones, únicamente deben declararse las plusvalías, según doctrina del Tribunal Supremo desde 2016

El caso analizado: rescate de un plan de pensiones cuando se está cobrando un subsidio por desempleo

 
Desde su sentencia de 3 de febrero de 2016, el Tribunal Supremo considera que a la hora de rescatar un plan de pensiones, la persona que está cobrando un subsidio por desempleo tiene la obligación de comunicar el rescate, pero únicamente se tendrán en cuenta las plusvalías o ganancias que se han obtenido con el plan, no el importe total que se rescata.

 

Estos son los hechos que se analizan en la sentencia del Tribunal Supremo del 3/2/2016 (pdf).
 
Se analiza el caso de una trabajadora se encontraba cobrando el subsidio para mayores de 52 años y rescató un plan de pensiones, aprovechando que la ley permite este rescate anticipado cuando existen circunstancias excepcionales, como la situación de desempleo de larga duración.   El dinero que recibió,  16.125 euros, lo comunicó a Hacienda en la declaración anual del IRPF del mismo año y al año siguiente el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), extinguió su subsidio por desempleo al considerar que con el rescate del plan de pensiones superaba el tope mensual de rentas (75% del Salario Mínimo Interprofesional).
 
Al perder su subsidio, la trabajadora acudió a los tribunales y tanto el Juzgado de lo Social número 3 de Barcelona como el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya le dieron la razón, ordenando que debería recuperar el subsidio hasta el año que tenía reconocido, 2.017.  Eso si, se establecía que al  haber recibido el ingreso de 16.125 euros, el subsidio debería paralizarse durante el primer año, entre enero de 2007 y enero de 2008, por superarse el tope de rentas, pero una vez superado este año de suspensión, la trabajadora debería recuperar el cobro del subsidio hasta la fecha de su edad de jubilación.
 
El SEPE recurrió la sentencia en casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, pues consideraba que existían otras sentencias contradictorias sobre casos similares, en las que los tribunales habían admitido que el Servicio de Empleo retirase el subsidio al trabajador por no haber comunicado el rescate del plan.

 

La Sentencia del Tribunal Supremo y el cambio de criterio

 
El Pleno de la Sala Social del Supremo en su sentencia destaca que “en realidad, con el rescate del plan de pensiones, la actora no ha ingresado en su patrimonio nada que no tuviera ya, ha sustituido un elemento patrimonial (el plan de pensiones) por otro (el dinero obtenido por el rescate de dicho plan) siendo lo único relevante a los efectos ahora examinados la ganancia, plusvalía o rendimiento que le haya podido reportar el citado plan”.
 
Por lo que las únicas rentas o ingresos computables de la mujer son los rendimientos, plusvalías o beneficios que le haya podido generar el plan de pensiones durante el tiempo en que subsistió, sin que quepa imputar como renta o ingreso su importe total.
 
El Supremo explica que se modifica su anterior jurisprudencia fijada en sentencia de abril de 2007 y otras anteriores, que consideraban como renta el rescate obtenido por el plan de pensiones, como si fuera un ingreso de naturaleza prestacional equiparable a renta de trabajo.
 

 

¿Cuál es el procedimiento actual a la hora de rescatar un plan de pensiones mientras se cobra un subsidio?

 
El Servicio Público de Empleo exige que mientras se esté cobrando un subsidio por desempleo o ayuda extraordinaria, debe comunicarse el rescate de cualquier plan de pensiones en el que se modifique el tope de rentas del perceptor del subsidio. Una vez comunicado el rescate, se harán cálculos para ver en qué medida puede afectar o no al cobro del subsidio:
 
Según el art. 7.1.C.2) del RD 625/1985, que regula las prestaciones por desempleo, las rentas que se obtienen en pago único, como el rescate de un plan de pensiones (sus plusvalías), hay que prorratearlas en 12 mensualidades y con el resultante, ver si afectan o no al cumplimiento del requisito carencia de rentas:

Art. 7.1.c.2) Si las rentas se obtienen en un pago único, se computarán las obtenidas en el mes anterior al hecho causante del subsidio, o al de su solicitud, computados de fecha a fecha, o durante su percepción, prorrateando su importe entre 12 meses.

En el mes o meses siguientes a la fecha de obtención de esas rentas se computará, o bien su rendimiento mensual efectivo, conforme a lo establecido en el número 1.º o, en otro caso, su rendimiento mensual presunto conforme a lo establecido en el número 3.º

Lo previsto en este apartado se aplicará: a las indemnizaciones por extinción del contrato abonadas en un pago único por el importe que supere la indemnización legal, a los rendimientos derivados de la enajenación de valores mobiliarios o de bienes inmuebles, salvo que se trate de la vivienda habitual, al rescate de planes de pensiones y al resto de ganancias patrimoniales o rendimientos irregulares.

 
En el caso de la sentencia analizada, según el criterio actual se tomaría la cantidad total que ha recibido la trabajadora,  16.125 euros y se dividiría entre 12 mensualidades, con un resultado de 1.343 euros mensuales, que superan el tope de rentas (75% del Salario Mínimo Interprofesional, es decir, 491,40 euros).
 
Esto provoca que el subsidio se deba suspender durante el mes que el trabajador ha recibido el pago único.  Luego, para los meses siguientes, se tendrá en cuenta como rentas el rendimiento que el dinero del plan de pensiones produzca, si por ejemplo está en una cuenta bancaria, o su rendimiento presunto.
 

Cómo rescatar un plan de pensiones estando en paro


 


Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


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