Cómo buscar la referencia catastral de un inmueble

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Explicamos qué es la referencia y el valor catastral, y los diferentes trámites que se pueden realizar desde la sede electrónica del Catastro.

¿Qué es la referencia catastral?

Actualizado: 24/03/2024

Puedes leer el artículo o verlo resumido en este VIDEO:

El Catastro es un registro que recoge información sobre los distintos inmuebles (pisos, trasteros, locales, fincas, etc) y que depende del Ministerio de Hacienda y Función Pública. En este registro puedes encontrar información sobre los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales, cuya inscripción es obligatoria y gratuita.

A cada inmueble se le asigna un código único al que se llama referencia catastral y que sirve para identificarlo y diferenciarlo del resto. Se podría decir que la referencia catastral es el DNI de los inmuebles y hay que facilitarlo en distintos trámites, como la declaración de la renta, solicitud de ayudas en las que haya que declarar el patrimonio, etc.

Ejemplos de referencia catastral

La referencia catastral contiene 20 dígitos que se utilizan para localizar el inmueble y cuyo formato varía según se trate de un inmueble rústico o urbano.

Ejemplo de referencia catastral de finca urbana: 1234567 AA12345 1234 XX

Los primeros 7 números se refieren a la finca o parcela (1234567), los 7 caracteres siguientes a la hoja del plano (AA12345), los siguientes a la identificación del inmueble (1234) y los 2 últimos son unos dígitos de control del catastro (XX).

Ejemplo de referencia catastral de finca rústica: 10 001 A 022 12345 0001 XX

En este caso, los 2 primeros dígitos se refieren a la provincia (10), los 3 siguientes al municipio (001), la letra al sector (A), los 3 siguientes al polígono (022), la parcela (12345), el identificador del inmueble (0001) y nuevamente los dígitos de control (XX).

Como encontrar la referencia catastral

Hay varias formas de conseguir la referencia catastral de un inmueble (como te explicábamos en el VIDEO):

1) Buscar en Internet la referencia catastral por la dirección del inmueble

Puedes buscar información general sobre cualquier inmueble utilizando el Localizador de la Sede electrónica del Catastro: https://www1.sedecatastro.gob.es/cycbieninmueble/ovcbusqueda.aspx (enlace oficial), tan solo deberás seleccionar la pestaña “CALLE / NÚMERO”, introducir la dirección del inmueble y realizar la consulta pulsando el botón “DATOS”.

Buscador de referencia catastral

Ten en cuenta que a veces el número del piso, la letra o el portal que aparece en el catastro no se corresponde con el actual, por lo que se recomienda prestar atención a que el inmueble que aparece es el correcto.

Por ejemplo, imagina que estás buscando la referencia de un piso, la dirección es calle x, número 7, 2º B, pero no aparece esa letra, sino que aparecen 2º 1 y 2º 2, lo más probable es que en algún momento se haya cambiado la numeración y que la B sea el 2.

Por otra parte, si el inmueble o parte de él es de tu propiedad, también puedes acceder a la información desde ‘Mis inmuebles’, siempre que cuentes con certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña del Sistema Clave.

2) Buscar la referencia catastral en otros documentos

Es posible que tengas alguno de estos documentos a mano y puedas consultar la referencia catastral de tu inmueble en ellos, sin necesidad de acudir a una oficina, llamar por teléfono o realizar la búsqueda por internet.

La referencia catastral aparece en los recibos del IBI (Impuesto sobre bienes inmuebles), en las escrituras de compra-venta del inmueble, o  en algunos casos, en el contrato de alquiler. También puedes consultarla en la declaración de la renta del año anterior si introdujiste dichos datos.

3) Consultar referencia catastral por teléfono

La Dirección General del Catastro tiene dos teléfonos destinados a facilitar información  de inmuebles y expedientes, asesorar, resolver incidencias, dar cita previa, cooperar con los Ayuntamientos por el recibo del IBI, colaborar con la agencia tributaria en la campaña de la renta, etc. a este servicio se le conoce como ‘Línea directa del catastro’

El teléfono es el 913874550 (línea directa del catastro). El horario es de lunes a viernes, de 9 a 19 horas (de 8 a 18 en las Islas Canarias), salvo del 1 de agosto al 8 de septiembre, cuyo horario es de 9 a 15 horas (8 a 14 en Canarias).

4) Consultar referencia catastral presencialmente

Si prefieres acudir de forma presencial y realizar tu consulta o trámite, puedes acudir a tu Ayuntamiento, a alguno de los puntos de información catastral o a las gerencias del catastro, a las que es posible que sea necesario acudir con cita previa.

Recuerda llevar el DNI y tener la dirección completa del inmueble.

Planos virtuales del catastro

Si alguna administración lo requiere o si el inmueble que aparece al realizar la búsqueda por internet no coincide con el tuyo, puedes conseguir los planos virtuales del Catastro.

Del mismo modo que para buscar la referencia catastral con la dirección del inmueble, puedes acceder al mapa interactivo que aparece en la web, buscar el inmueble o incluso imprimir el mapa para presentarlo ante cualquier administración que lo requiera.

Para ello, accede a la Sede electrónica del Catastro y comienza a completar la dirección, en cualquier momento puedes pulsar sobre ‘Cartografía’ para intentar encontrar el inmueble desde el mapa.

Sede electrónica del Catastro. Buscar referencia catastral

Cuando lo tengas abierto, busca el icono de identificar y selecciona tu inmueble, edificio o finca en el mapa para acceder al resto de información (referencia catastral, metros, uso del inmueble, etc). También puedes imprimirlo para llevarlo a la oficina, en este caso puedes indicar el inmueble con pintando sobre el mismo mapa impreso.

¿Qué trámites se pueden realizar desde la Sede electrónica del Catastro?

Existen una serie de servicios abiertos a todos los ciudadanos y otros restringidos, a los que solo se puede acceder si eres el propietario del inmueble o una de las personas autorizadas.

Servicios de acceso libre

  • Consulta de Datos Catastrales. Referencia Catastral
  • Cotejo y descarga de documentos
  • Presentación de documentos (requerimientos y alegaciones)
  • Presentación de declaraciones
  • Consulta de expedientes (contraste de situaciones)
  • Descarga de informe de Validación Gráfica Alternativa (VGA)
  • Comprobación de la vigencia gráfica de las certificaciones catastrales

Servicios que requieren autentificación

  • Consulta y certificación de datos catastrales
  • Declaraciones catastrales
  • Solicitudes o recursos
  • Ver mis expedientes, inmuebles y notificaciones
  • Relación de accesos a información de inmuebles de un titular
  • Descarga de datos y cartografía por municipio
  • Consulta masiva
  • Validación de una representación gráfica alternativa
  • Informe Catastral de Ubicación de Construcciones

 

¿Qué es el valor catastral?

Cómo hemos visto el Catastro asigna una referencia a cada inmueble para identificarlo y conocer sus características. Además, también otorga un valor administrativo, llamado valor catastral. Se obtiene teniendo en cuenta el valor catastral del suelo y de la construcción, y para calcularlo se valoran, entre otros datos, la ubicación del inmueble, el coste de la construcción, la calidad, la antigüedad, el uso o el precio de mercado.

Hay que diferenciar dos conceptos, el precio de mercado del inmueble (que debería ser más alto) y su valor catastral. Este precio se puede calcular desde alguna de las páginas de las comunidades autónomas (por ejemplo, Comunidad de Madrid), introduciendo la referencia catastral.

Por ejemplo, el valor catastral de una vivienda es de 123.000 euros y el valor de mercado es de 150.000 euros según los coeficientes que se aplican en esa comunidad autónoma (varía en cada comunidad).

El valor catastral puede afectar en determinados impuestos como el IBI, el Impuestos sobre Transmisiones patrimoniales o la declaración de IRPF. Por tanto, si el precio de compra de un inmueble es menor, se abonarán menos impuestos y puede que hacienda reclame la cantidad restante. En ese caso, ten en cuenta que podrás presentar alegaciones.

Fuentes y más información:

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