Acceso a la RAI para los discapacitados

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La RAI es una ayuda que trata de proteger a colectivos con especiales dificultades para encontrar trabajo, como es el caso de las personas con una discapacidad igual o superior al 33%.

 
A la RAI (Renta Activa de Inserción) se puede acceder por ser tener una discapacidad mínima del 33%, o por ser parado de larga duración mayor de 45 años, emigrante retornado o víctima de violencia de género o doméstica.
 
En este artículo explicamos el acceso por discapacidad. Puede ver los otros supuestos en el > Guía general sobre la RAI (pulse aquí).

 

Requisitos para el acceso a la RAI por discapacidad

 

  • Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
  • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, o ser pensionista por incapacidad.
  • Que el solicitante haya agotado una prestación contributiva o subsidio por desempleo a lo largo de su vida laboral
  • No tener derecho a las prestaciones o subsidios de desempleo o a la renta agraria.
  • Ser menor de 65 años.
  • No tener ingresos propios superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, es decir, en 2018, no tener rentas superiores a los 675 euros mensuales y que la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, (Ud., su cónyuge y sus hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos), dividida por el número de miembros que la componen no supere esos 675 € mensuales.
  • No haber sido beneficiario de tres Programas de Renta Activa de Inserción anteriores.
  • Ser parado de larga duración, es decir, llevar inscrito ininterrumpidamente en la oficina de empleo como demandante de empleo durante 12 o más mesesSe considera que se interrumpe la demanda y se pone a cero en contador de antigüedad en los siguientes casos:  si se ha trabajado 90 o más días en el año anterior a la fecha de solicitud, si se ha salido al extranjero, por cualquier motivo o duración. (ver aclaración). En los casos de interrupción de la demanda se exigirá un periodo de 12 meses ininterrumpido desde la nueva inscripción.

 
En la Carpeta informativa actualizada (pdf) sobre la RAI que ha publicado el SEPE se señalan los requisitos de acceso.

 

¿ En qué medida se ha restringido el acceso a la RAI de los discapacitados?

 
Aunque a las personas discapacitadas se les den algunas facilidades para cobrar la RAI ( por ejemplo poder cobrarla durante tres años seguidos), sin embargo, desde la reforma de 2012 se les ha penalizado frente a otros colectivos, como emigrantes retornados y victimas de violencia de género, a los que no se les exige el nuevo requisito de que hayan agotado antes una prestación o subsidio por desempleo antes de pedir la RAI.
 
Con la normativa actual, una persona con discapacidad que nunca haya trabajado no podrá pedir la RAI, pues no cumplirá el requisito de “haber agotado una prestación por desempleo”. Antes de la reforma, si se podía solicitar la RAI aún sin haber cotizado antes.
 
La RAI es una ayuda que se puede cobrar, en el caso de los discapacitados, hasta tres anualidades seguidas.  Sin embargo, no se trata de “renovaciones de la RAI”, sino que cada una de las tres anualidades es una solicitud nueva en la que se vuelven a comprobar todos los requisitos.
 
El problema en algunas renovaciones
 
Nos han llegado varios casos en los que a personas que se les concedió inicialmente la RAI, cuándo agotan la primera anualidad y fueron a pedir la segunda, se les denegó por no cumplir el requisito de “haber agotado anteriormente una prestación o subsidio por desempleo”.
 
Tanto la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, como las asociaciones de discapacitados han solicitado al gobierno que se corrija esta medida  ( > ver noticia y escrito de recomendaciones del Defensor del Pueblo), pero por parte del Ministerio de Empleo no se ha efectuado modificación  de la norma.
 
ANEXO LEGAL

 


Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


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