Información del SEPE sobre devolución de cobros indebidos por ERTE

El SEPE (INEM) simplifica el procedimiento de devolución de prestaciones por ERTE pagadas de más, pero se mantiene el plazo de 30 días hábiles como máximo para hacer la transferencia.

En la gestión del pago de las prestaciones especiales por ERTE, las incidencias no solo tienen que ver con el retraso en el pago de algunas prestaciones, sino que son miles los trabajadores que han recibido pagos de más.

La actualización de los datos entre empresas y el SEPE, respecto a los periodos de actividad de los trabajadores, no se realiza en tiempo real, sino a través del envío mensual de una serie de ficheros.  En ocasiones, esta sincronización se realiza tarde, cuando el SEPE ya ha emitido las nóminas y pagado prestaciones, con lo que hay trabajadores que reciben en su cuenta bancaria un pago del paro que no les corresponde y que tendrán que devolver.

Estos cobros indebidos se están produciendo sobre todo cuando hay trabajadores que se reincorporan a la empresa, saliendo del ERTE, pero no se actualiza a tiempo la información y el SEPE sigue pagándoles la prestación.

 

Cuando el SEPE detecta este cobro indebido, envía una comunicación a los trabajadores para que lo devuelvan.    Se les informa mediante una carta que reciben en su domicilio. En ella se indica la existencia de esta incidencia y el procedimiento para la devolución del dinero. El SEPE señala el importe que habrá que devolver y la cuenta bancaria a la que hacer el ingreso.

Es muy importante seguir las indicaciones del SEPE a la hora de rellenar el concepto en la transferencia bancaria, para que quede bien identificada y cuando el SEPE la reciba, sepa a qué trabajador corresponde.

Hasta ahora, en algunas comunicaciones el SEPE facilitaba una cuenta de correo electrónico a la que enviar el justificante de la transferencia y en otros casos, el trabajador tenía que enviar el justificante por correo postal a su oficina de empleo, o entregarlo allí en persona.   Para evitar esta complicación y pérdida de tiempo, el SEPE ha modificado el procedimiento y en una nota oficial comunica que “una vez efectuada la devolución del cobro indebido, NO es necesario que se presente el boletín de ingreso en la oficina de prestaciones. Se debe conservar por si fuese requerido más adelante.”

¿Qué sucede si el trabajador se retrasa en devolver este dinero?

En el comunicado oficial se recuerda que el trabajador dispone de 30 días hábiles (no se cuentan sábados, domingos ni festivos) para hacer la devolución. Si se excede este plazo, se producirá un recargo del 20 % sobre el importe del cobro indebido.

Una opción que generalmente ofrece el SEPE en estas situaciones es la de solicitar un fraccionamiento en la devolución del cobro indebido, para poder pagarlo en varios meses sucesivos.

En esta guía damos más información paso a paso sobre cómo devolver el cobro indebido al SEPE

El SEPE comienza a reclamar la devolución de cobros indebidos por ERTE

 

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