Cómo rescatar un plan de pensiones estando en paro

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Analizamos cómo rescatar un plan de pensiones cuando se está en situación de desempleo. Requisitos, documentación y procedimiento. ¿Cómo afecta el rescate si se está cobrando un subsidio por desempleo?

 

¿Qué es un Plan de Pensiones?

 
Actualizado: 05/05/2019
 
Los Planes de Pensiones se contratan voluntariamente como un complemento privado a las pensiones de jubilación de la Seguridad Social. Quien suscribe estos planes va realizando aportaciones de dinero periódicas, como si fuera ahorrando, para que cuando llegue el día de la jubilación pueda recibir un capital o una renta .
 
Las aportaciones que se hacen al Plan de Pensiones se entregan a la entidad que gestiona el plan, por ejemplo un banco, que trata de obtener el máximo rendimiento de esos ahorros para devolver a su titular la mayor cantidad posible de dinero y recibir una comisión por su gestión. Hay Planes de pensiones que garantizan una determinada rentabilidad y otros que asumen mayores riesgos, en función de cómo se decida invertir el dinero aportado.
 
Lo habitual es acceder al dinero acumulado en el Plan de Pensiones cuando llega el momento de la jubilación, pero también se puede recuperar anticipadamente en otras situaciones extraordinarias: si fallece el titular, si tiene un accidente o enfermedad grave, o si se pasa a ser parado de larga duración.
 
A veces se confunde el concepto de Plan de Pensiones con el de Plan de Jubilación. Los Planes de Jubilación son  productos financieros que suelen gestionar las compañías de seguros,  como un seguro de vida y de ahorro.  Quien los suscribe va realizando aportaciones y recuperará el capital en la fecha concreta que se decida en el contrato, que puede ser la de jubilación o cualquier otra. Si necesitase el dinero antes de esa fecha siempre podría recuperarlo, pero pagando una comisión como penalización. Por eso se dice que los Planes de Jubilación tienen mayor liquidez que los de pensiones: no hay que estar necesariamente en un supuesto legal concreto para recuperar el dinero. Desde el punto de vista fiscal no tienen las ventajas de los planes de jubilación.
 


 

¿Qué sucede si tengo un Plan de Pensiones y quedo en paro?

 
Anteriormente los Planes de Pensiones únicamente se podían recuperar al llegar la edad de jubilación. Sin embargo, la situación económica del país, con tasas muy elevadas de paro, hizo que muchas personas en situación de desempleo se encontrasen con que no podían recuperar sus ahorros cuando más lo necesitaban. Por eso el gobierno modificó la normativa que los regula, aprobando varios reglamentos. El último es el Real Decreto 1299/2009.
 
Vamos a ver los requisitos y el procedimiento actualmente vigentes.

 

Requisitos para poder rescatar un plan de pensiones si se está en paro

 
El artículo 3 del RD 1299/2009, modifica la norma anterior del siguiente modo:
 

“Los derechos consolidados en los planes de pensiones podrán hacerse efectivos en el supuesto de desempleo de larga duración”.

 
¿Qué se entiende por ser “desempleado de larga duración”?
 
Se considera que el partícipe se halla en situación de desempleo de larga duración siempre que reúna las siguientes condiciones (las tres):
 

  • Encontrarse en situación legal de desempleo.  En esta situación se encuentran quienes han cesado en el trabajo en contra de su voluntad, por ejemplo por un despido, un ERE, fin de un contrato temporal, o incluso en el caso de los autónomos, por la baja en el régimen especial, pero por ejemplo, si se dejó de trabajar por una baja voluntaria, el trabajador no estaría en situación legal de desempleo y por lo tanto no podría recuperar anticipadamente su plan de pensiones.
  • No tener derecho a las prestaciones por desempleo en su nivel contributivo o haber agotado dichas prestaciones.  No se hace referencia a los subsidios por desempleo y ayudas extraordinarias, sino simplemente a no tener derecho a la prestación contributiva, es decir, al paro por haber cotizado 360 o más días. No se exige por lo tanto antigüedad acumulada de meses en el paro, sino simplemente, que no se tenga derecho a cobrar la prestación contributiva.
  • Estar inscrito en el momento de la solicitud como demandante de empleo en el servicio público de empleo correspondiente (apuntarse al paro)

Los trabajadores por cuenta propia (autónomos) que hayan cesado en su actividad, también podrán rescatar su plan de pensiones si cumplen los requisitos segundo y tercero.

 

Documentación necesaria para solicitar el rescate a la entidad que gestiona el Plan de Pensiones

 
A la entidad gestora del Plan hay que presentarle la siguiente documentación:

  • Documento identificativo del partícipe del plan de pensiones cuyo rescate se va a solicitar.
  • Solicitud de rescate  a través del formulario que facilitará la entidad gestora.
  • Modelo 145 de la Agencia Tributaria de comunicación de datos al pagador, ya que el rescate del plan de pensiones tributa como rendimiento del trabajo. (+info)
  • Certificado de los Servicios Autonómicos de empleo en el que se acredite que el solicitante está inscrito como demandante de empleo (+info).
  • Certificado del SEPE en el que se acredite que no hay derecho a cobrar prestación contributiva de desempleo. (+info)

 

¿Cuántos impuestos se pagan si se rescata el Plan de Pensiones?

 
El Plan de Pensiones se puede rescatar de varias formas:
 

  • En forma de capital, recibiendo un solo pago único
  • Como una renta periódica, cobrando una cantidad al mes, trimestre, etc
  • Con fórmulas mixtas: una parte en capital y la otra en rentas
  •  
    Cuando se rescata un Plan de Pensiones, el importe tributa en el IRPF como rentas del trabajo. Los expertos fiscalistas consideran que rescatar un plan de pensiones solo debe hacerse si es estrictamente necesario, pues al considerarse una renta del trabajo incrementará la base imponible general. La repercusión en la tributación dependerá del importe rescatado y del resto de rentas del titular, por lo que será conveniente hacer una consulta a un asesor fiscal o a la propia Agencia Tributaria.

     

    Es obligatorio informar al Servicio de Empleo de que se ha producido el rescate del plan de pensiones y las plusvalías obtenidas

     
    En primer lugar, aclarar que efectivamente, es posible rescatar el plan mientras se cobra el subsidio por desempleo . Otra cosa es que convenga o no hacerlo, como explicamos al final del artículo.
     
    * Es muy importante tener en cuenta que mientras se cobra un subsidio se tiene que mantener en todo momento el cumplimiento del requisito de carencia de rentas y que el rescate del plan de pensiones puede hacer que se pierda la ayuda. El límite de rentas en 2019 está en el 75% del SMI, es decir, no tener rentas mensuales superiores a 675 euros al mes. Al solicitar una ayuda o subsidio, el trabajador desempleado se compromete a comunicar en todo momento cualquier variación de rentas que se produzca y que pudiera afectar al cumplimiento del requisito de carencia de rentas.  Por ello, es obligatorio informar al SEPE (INEM) de que se ha producido un rescate del Plan de Pensiones.  Si no se comunica, tarde o temprano llegará a conocimiento del Servicio Público de Empleo, porque la entidad que paga el Plan de Pensiones anticipadamente está obligada a comunicarlo a Hacienda y ésta a su vez, cruza sus datos con el SEPE.
     
    La comunicación se puede hacer en el momento del rescate, pidiendo cita previa en la opción B (información/tramitación) o en el subsidio para mayores de 55 años, a través de la declaración anual de rentas.  Es recomendable comunicarlo en el momento del rescate, pues si se hace en la declaración anual habrá que devolver el subsidio que se recibió durante los meses en los que no se cumplía el requisito de rentas.
     
    Desde la sentencia del Tribunal Supremo de 3/2/2016 (pdf), se produjo un cambio en la jurisprudencia. Ahora el Tribunal Supremo considera que “con el rescate del Plan de Pensiones no ha ingresado en su patrimonio (el perceptor del subsidio) nada que no tuviera ya sino que ha sustituido un elemento patrimonial (el Plan de Pensiones) por otro (el dinero obtenido por el rescate del citado Plan), siendo lo único relevante, a los efectos ahora examinados, la ganancia, plusvalía o rendimiento que le haya podido reportar el citado Plan”.
     
    Es decir, no es preciso declarar el rescate total del importe del plan de pensiones, sino las plusvalías o ganancias que se han obtenido. Este dato lo facilitará la entidad que gestionó el Plan.
     
    Una vez declaradas las plusvalías generadas en el rescate del plan de pensiones ¿cómo afectan al cobro del subsidio?
     
    Según el art. 7.1.C.2) del RD 625/1985 que regula las prestaciones por desempleo, las rentas que se obtienen en pago único, como el rescate de un plan de pensiones, hay que prorratearlas en 12 mensualidades y con el resultante, ver si afectan o no al cumplimiento del requisito de carencia de rentas.
     
    Ejemplo:  un trabajador que está en paro no tiene más ingresos que los 430 euros mensuales del subsidio para mayores de 52 años. Dada su situación de necesidad, decide pedir el rescate de su Plan de Pensiones, 5.000 euros en total (plusvalías obtenidas).   Debe informar a la oficina de empleo, donde se hará el cálculo de cómo repercute mensualmente en sus rentas. Como 5.000/12 = 416 euros mensuales y no tiene otras rentas (el subsidio no cuenta) , podrá seguir cobrando la ayuda, ya que a pesar del pago anticipado no ha superado el tope (675 euros al mes).
     
    Sin embargo, si el importe rescatado anticipadamente por el mismo trabajador fuera por ejemplo de 10.000 euros, eso daría lugar a unos ingresos mensuales de 833 euros, por lo que perdería la ayuda al superar el tope mensual (675 €) y se suspendería el cobro de su subsidio durante un mes (el mes en que ha recibido el pago único).  Luego, para los meses siguientes, se considerarían los ingresos o rendimientos que la cantidad rescatada genere, por ejemplo, tipos de interés si se ha depositado en una cuenta bancaria, pero si esos rendimientos no hacen que se vuelva a superar el tope de rentas mensual, el subsidio se reanuda.
     
    Los cálculos que harán el Servicio de Empleo respecto del rescate del Plan de Pensiones son los que se hacen en general para cualquier ingreso extraordinario que se reciba mientras se cobra un subsidio (herencias, ventas de segundas viviendas, premios, etc), y que explicamos con detalle en este artículo:
     

    Estoy cobrando un subsidio y recibo un ingreso extraordinario ¿qué sucede?


     


    Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


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