Nunca se debe pedir cita previa antes de tiempo

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Nos están llegando muchos comentarios de personas que están perdiendo días de prestación por pedir cita previa antes de tiempo.

Atención al caso real que comentamos, similar a otros muchos que hemos recibido.

El caso real de Conchi

Conchi fue despedida el día 3 de junio y la empresa le debía 10 días de vacaciones que no había disfrutado, por lo que se las pagó en la liquidación.

Cuando las empresas hacen esto, pagar por las vacaciones no disfrutadas, aunque el trabajador no esté ya en la empresa están obligadas a mantenerle dado de alta en la Seguridad Social hasta el último día de las vacaciones pagadas. En el caso de que tratamos (caso real que nos ha enviado una lectora), la empresa le mantuvo dada de alta hasta el día 13 de junio, incluido.

Conchi, que llevaba sin trabajar desde el día de su despido (el 3 de junio) pidió cita previa por Internet el día 13 de junio para solicitar el paro. La cita se la dieron para el día 7 de julio.

Cuando se presentó en la oficina de empleo para solicitar el paro,  le comunicaron que perderá 23 días del cobro de la prestación (desde el 14 de junio al 7 de julio), porque solicitó la prestación por desempleo cuando aún estaba dada de alta.

Conchi nos comenta que presentará alegaciones y reclamación previa contra esta situación, claramente injusta. Aunque no se trate de una sanción propiamente dicha, resulta una penalización excesiva por haber solicitado la cita previa un día antes de lo debido.

¿Qué es lo que ha sucedido?

En ningún momento Conchi ha actuado de mala fe.  Ella pensó que siendo el último día de vacaciones pagadas el 13 de junio, ese mismo día podía pedir la cita previa.

El problema es que el Servicio Público de Empleo considera como fecha de solicitud de una prestación por desempleo el día en que el trabajador pide la cita previa, bien sea por teléfono o por Internet.

Esto tiene toda la lógica:  hay oficinas de empleo que están saturadas y están dando cita previa a más de tres semanas, por lo que si no fuera así, el trabajador quedaría fuera de plazo para pedir el paro. Recordamos que el plazo para pedir la prestación es de 15 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos) después del cese en el trabajo.

De este modo, considerando como fecha de solicitud el día en que se pide la cita por Internet o  por teléfono, el trabajador no se ve perjudicado por la demora de las oficinas de empleo.

Ahora bien,  la contrapartida de esto es que NUNCA HAY QUE PEDIR LA CITA PREVIA CUANDO AÚN SE ESTÉ EN SITUACIÓN DE ALTA, aunque sea en alta por vacaciones pagadas.

Si se pide la cita previa cuando uno está dado de alta, no cumple los requisitos para pedir el paro, en concreto el de encontrarse en situación legal de desempleo y esa solicitud sería desestimada. Así,  lo que hace la oficina de empleo es que no toma en cuenta esa primera solicitud y considera que el desempleado hace una segunda solicitud, esta ya en plazo, cuando se presenta en la oficina de empleo y si resulta que han pasado los 15, estará pidiendo su prestación fuera de plazo y por lo tanto perderá todos esos días al considerarse que solicitó su prestación a destiempo.

No es una penalización en sentido legal, pero el desempleado, que es lo que importa, deja de cobrar unos días que son muy importantes, con un grave perjuicio económico.


Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


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