Estoy cobrando el paro ¿cómo debo comunicar al SEPE que estoy de baja médica?

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Es obligatorio informar al Servicio Público de Empleo (SEPE) de que el trabajador que cobra el paro está de baja médica (Incapacidad Temporal). ¿Cómo afecta al cobro de las ayudas por desempleo?

Informar al Servicio de Empleo de la baja médica es obligatorio

Actualizado 10/03/2021

Si una persona está cobrando una prestación (ordinaria o por ERTE) o subsidio por desempleo y cae en situación de Incapacidad Temporal (baja médica)  debe comunicarlo al Servicio Público de Empleo.

Además de ser obligatorio, es muy recomendable hacerlo.  No solo ya por evitar una sanción, sino porque al comunicar al SEPE la situación de baja médica, la demanda de empleo pasará de estar activa a estar suspendida, con lo que se evita que llamen al trabajador para cursos de formación obligatorios o citaciones de control mientras se produzca su recuperación.

 

Mientras se encuentra en situación de Incapacidad Temporal (baja médica) y si lo ha comunicado correctamente, el trabajador que está cobrando el paro queda liberado de sus obligaciones como demandante de empleo. No tendrá que aceptar cursos de formación, sesiones de control u ofertas de colocación.

 

¿Qué efectos tiene estar de baja médica mientras se cobra de paro?

Depende de qué tipo de paro se esté cobrando:

 

A) Si se está cobrando un subsidio por desempleo

Si lo que se está cobrando es un subsidio por desempleo (mayores de 52 años, ayuda familiar, insuficiencia de cotización, etc) y el trabajador cae en baja médica, no hay ningún cambio, ni en lo que cobrará de subsidio, ni en la duración de la ayuda, que sigue corriendo.   

Hay subsidios, como el de mayores de 52 años, que tienen una duración muy extensa (hasta la edad de jubilación), pero otros tienen una duración mucho menor, de algunos meses en determinados casos.  En estas situaciones es cuando aparecen las complicaciones, porque cuando se termina la duración del subsidio, aunque el trabajador aún no se haya recuperado y siga de baja, se termina la prestación de incapacidad temporal, es decir, deja de cobrar prestación aunque no se haya recuperado aún.

 

B) Si se está cobrando una prestación contributiva

Si el trabajador que está de baja cobra el paro contributivo (paro por haber cotizado 360 o más días), el SEPE continuará pagando normalmente la prestación, con el mismo importe y sus cotizaciones a la Seguridad Social. En estos casos lo que hace el SEPE es un “pago delegado”, es decir, paga el SEPE, pero con cargo a la Seguridad Social, que es quien tiene que abonar las prestaciones por Incapacidad.

Mientras el trabajador está de baja, la duración de la prestación no se ve alterada, de modo que “el reloj” que cuenta los días de paro que van pasando no se detiene por el hecho de que el trabajador se encuentre de baja médica.

Si llega la fecha en que se termina la prestación contributiva y el trabajador continua de baja médica, quien se encarga de realizar el pago es el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) y se paga el equivalente a un subsidio por desempleo (80% del IPREM, es decir, 431 euros al mes).  Este pago hay que solicitarlo a las oficinas del INSS pidiendo cita previa.

Cuando el trabajador termine su situación de Incapacidad Temporal, el INSS dejará de pagarle la prestación y si el trabajador tenía derecho a un subsidio (por ejemplo, el subsidio de agotamiento de la prestación contributiva con cargas familiares, o el subsidio para mayores de 45 años), podrá solicitarlo.

C) Si el trabajador está cobrando una prestación por ERTE

Ocurre lo mismo que cuando se cobra la prestación contributiva normal (explicado en el apartado anterior), hay que informar al SEPE de la baja médica, para que se ajusten los pagos. Esto es asi en los ERTEs de suspensión, cuando el trabajador está en ERTE por toda su jornada laboral (100%).

En los ERTE por reducción, en los que el trabajador está en ERTE en un porcentaje de la jornada y el resto, está trabajando, si el empleado cae de baja, tiene que comunicarlo tanto a la empresa como al SEPE, para que cada uno asuma su parte de la gestión de baja médica.

 

¿Cómo hay que comunicar formalmente la situación de baja médica a la oficina de empleo?

El trabajador que está cobrando el paro, ya sea subsidio o prestación o ERTE,  deberá comunicar a la oficina de empleo el parte de baja médica por IT (Incapacidad Temporal) y cuando se produzca, el alta médica.   La primera vez que se comunique la baja médica en la oficina de empleo, hay que pedir que nos confirmen si es o no necesario enviar agrupados o por correo los sucesivos partes de confirmación, o incluso si los puede llevar otra persona en mano o enviarse por email.  Aunque en su web el SEPE indica que es obligatorio, en la mayor parte de las oficinas consultadas no exigen que se les entreguen los partes de confirmación.

Cuando el Servicio de Empleo reciba la comunicación de la baja, la demanda de empleo pasa a estar en situación de “suspendida” por lo que no habrá citaciones para ofertas de trabajo o cursos de formación y tampoco habrá que renovarla (sellar el paro).

En la información oficial del Servicio Público de Empleo se indica que estas comunicaciones de la baja médica se pueden realizar a través del teléfono de información oficial del SEPE o desde la sede electrónica.  Sin embargo, la opción más utilizada por los trabajadores es comunicarlo en la oficina mediante la solicitud de cita previa, seleccionando la opción “Presentación de partes de baja de IT”.

La situación de Incapacidad debe ser comunicada a la mayor brevedad, pero es importante recordar que se toma como fecha de comunicación a la oficina de empleo el día que se ha pedido la cita previa (por teléfono o por Internet), no el día concreto de cita que nos asigna el sistema. Por lo tanto, la recomendación es en cuando se produzca la situación de baja médica, pedir la cita previa al SEPE para comunicarlo.

IMPORTANTE: Es cierto que en la situación actual de restricciones a la movilidad por la crisis del COVID19, resulta complicado entregar presencialmente los partes. Algunos trabajadores nos han confirmado que contactaron con su oficina de empleo y les indicaron que podían enviar los partes por correo postal a la propia oficina o a través de una dirección de email específica que les facilitaron. Por lo tanto, es necesario contactar con la oficina de empleo.

 

Otras situaciones: cuando la baja aparece mientras se está en activo

Las situaciones que hemos visto anteriormente son aquellas en las que el trabajador ya se encuentra cobrando el paro (prestación o subsidio) y posteriormente surge la baja.

Sin embargo, hay también otros casos en los que la baja por IT aparece mientras el trabajador aún está en activo, con contrato, y se prolonga en el tiempo. Así, el trabajador puede ver terminado su contrato, por ejemplo un contrato temporal, mientras aún no se ha recuperado.  Lo que sucede con el paro en estos casos lo explicamos en la siguiente guía:

 

Paro y bajas médicas

3 comentarios en «Estoy cobrando el paro ¿cómo debo comunicar al SEPE que estoy de baja médica?»

  1. Hola, cobro un subsidio para mayores de 52 años y soy trabajador fijo discontinuo. Actualmente estoy esperando que me llamen para hacer rehabilitación ya que me rompí un brazo en Julio estando ya dado de baja en el trabajo ya que comienzo en septiembre y acabo en Junio (colegio). La cuestión es que tendría que incorporarme el próximo lunes y me es imposible dado que no puedo realizar mi trabajo habitual. ¿Debo darme de baja antes de la incorporación para seguir cobrando el subsidio 480€, tengo que esperar a que la empresa me de de alta?
    En este último caso podré seguir compatibilizando IT y Subsidio?

    Responder
  2. Buenas tardes. Tengo 65 años y me quedan 18 meses para jubilacion contributiva. Estoy cobrando el paro mayores de 52 años hace solo un mes. Pregunto, actualmente tengo osteoporosis y muy alta, +4 y operadada de dos vertrebas, con dolores, etc. Entiendo que si no estas trabajando, no me haria falta pedir o que me den la baja , pero por otro lado si te llaman del sepe para un curso o trabajo, no podria ir, pues me duele y si no puedo caminar mucho. Y en el caso de que el medico me de la baja, seguiria cobrando los 480 euros del subsidio? pagandolo el sepe?. Entiendo que al no estar trabajando, si tendria que pedir a mi medico un justificante en el que informe que no estoy en disposicion de trabajar. Si alguien puede aclararme este tema lo agradecere, no me pasa nada , pero hay que tener previsto cualquier contingencia.
    gracias

    Responder
  3. Hola….si estoy de baja temporal (pero será larga)puedo solicitar el subsidio de mayores de 52 años?

    RESPUESTA DE LOS MODERADORES

    No, porque para solicitar el subsidio hay que estar en situación legal de desempleo y en alta. Podrá inscribirse como demandante de empleo y solicitar el subsidio cuando ya no se encuentre en IT. Le recomendamos que lea la información que hemos publicado en esta guía sobre las situaciones de paro y baja médica (IT). Un saludo.

    Responder

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