¿Tengo derecho a cobrar paga extra de navidad si estoy en ERTE?

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Más de 700.000 trabajadores continúan en ERTE total o parcial.  ¿Qué sucede con sus pagas extra de navidad?

Actualizado: 21/12/2020

Con la actual crisis económica por la pandemia, son muchos los trabajadores que se encuentran cobrando la prestación especial por ERTE, en la mayor parte de los casos, prorrogada hasta el 31 de enero de 2021.

Una de las dudas más consultadas tiene que ver con saber qué sucede con las pagas extraordinarias mientras se esté en ERTE.

Un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) es una situación en la que el contrato laboral que une al trabajador y a la empresa queda suspendido.  La relación laboral no ha desaparecido, pero está detenida y esto afecta a algunos derechos, como las vacaciones o el derecho a las pagas extra:

Durante los días en que el trabajador se encuentra en ERTE, no se genera derecho a pagas extra ni vacaciones, porque el contrato laboral está suspendido. 

Sin embargo, esto no quiere decir que el trabajador no pueda cobrar las pagas extra que tuviera pendientes por los periodos anteriores en los que estuvo activo en la empresa.

Antes de nada, conviene aclarar que la prestación por ERTE no es más que una modalidad especial de la prestación por desempleo y como sucede siempre que se cobra el paro, el SEPE paga la prestación mes a mes en 12 mensualidades, pero no hay derecho a cobrar pagas extras mientras se está en paro.  Ahora bien, esto no quiere decir que el trabajador haya perdido el derecho que pudiera tener con su empresa a recibir la paga de Navidad por los días que haya podido estar en activo antes, durante o después del ERTE.

 

¿Qué sucede con la paga de navidad que el trabajador pudiera tener pendiente de cobrar de su empresa?

 

En el sistema laboral español hay distintas formas en que las empresas abonan las pagas extraordinarias, como explicamos en esta guía sobre las pagas extra.  El Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a recibir dos pagas extra al año:  una en Navidad y otra según se fije en el convenio colectivo.  Y también se autoriza otro sistema alternativo: cobrar las pagas extra de forma prorrateada en cada nómina mensual.

Lo primero que debe hacer el trabajador, por lo tanto, es consultar sus nóminas, contrato de trabajo y el convenio colectivo para saber si tiene derecho a dos pagas extra al año, o si la empresa se las está pagando prorrateadas mes a mes.

A) Si el trabajador cobra habitualmente las pagas extra prorrateadas en cada nómina, algo muy frecuente por ejemplo en los contratos temporales, cuando llega la navidad no tiene derecho a una paga extra, ya que cada mes ha estado cobrando la parte proporcional en su nómina.   Aquí, por lo tanto, esté o no en ERTE no podrá reclamar ninguna paga extra a la empresa.

B) Si el trabajador recibe por convenio dos pagas extra al año, que se pagan semestralmente y se encuentra en ERTE, lo primero que hay que tener en cuenta es si se trata de una situación de ERTE total o ERTE parcial.

Cuando el trabajador está en ERTE parcial (ERTE de reducción), de tal forma que trabaja una parte de la jornada y cobra la prestación por ERTE por la otra, tendrá derecho a recibir la paga extra por la parte proporcional en que ha estado trabajando.   Si por ejemplo su ERTE es al 50% (trabaja media jornada y cobra el ERTE por la otra media) y ha estado en esta situación los seis meses en los que se genera la paga extra de navidad, le corresponderá cobrar un 50% de la paga extra.

Si el trabajador está en ERTE total  (ERTE de suspensión, sin trabajar ningún porcentaje de jornada), durante los días que se haya mantenido en ERTE no ha generado derecho a paga extra.  Llegada la Navidad, habrá que ver cuántos días ha trabajado en el periodo de tiempo que se utiliza para el cálculo de la extra y en función de esos días, se le pagará proporcionalmente la paga extra.

Hay trabajadores que, por ejemplo, están en ERTE total desde que comenzó la pandemia, a mediados de marzo.  En verano cobraron una parte de su paga extra, por los días trabajados hasta que empezó el ERTE, pero llegada la navidad, ya no tienen derecho a paga extra, porque todos los días que se utilizan para el cálculo (los últimos 6 meses) han estado en ERTE, con el contrato laboral suspendido, y por lo tanto, sin generar derecho a pagas extra.

 

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