Todos los detalles de la convocatoria de 27.509 plazas de empleo público publicada en el BOE
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Oferta de empleo público
Actualizado: 27/01/2023
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica una convocatoria de empleo público que supera las 27.000 plazas que se ofertan para trabajar en la Administración General del Estado (AGE) y que corresponden a las ofertas de empleo público de 2020, 2021 y 2023
El total de plazas de la oferta de empleo público son 27.509
Las plazas ofertadas se distribuyen de este modo:
- 13.157 corresponden al Cuerpo General Administrativo
- 6.474 se concentran en el Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado;
- 4.086 para el Cuerpo General Auxiliar.
- 2.352 para el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la AGE
- 440 para el ingreso en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración.
De todas ellas, 2.088 se reservan para el cupo de personas con discapacidad, un 7,6% del total.
Nuevo sistema de pruebas de acceso
Según informa el Ministerio de Hacienda y Función Pública, las convocatorias se dividen en 12 procesos selectivos a través de los que se podrá acceder a los Subgrupos A2, C1 y C2. En estas se pondrán en marcha los cambios en las pruebas, diseñados por la Secretaría de Estado de Función Pública para atraer talento a las administraciones para así garantizar a la ciudadanía el buen funcionamiento de los servicios públicos.
Este modelo tiene en cuenta las orientaciones estratégicas y proyectos incluidos en el documento “Orientaciones para el Cambio en materia de selección”, al objeto de agilizar los procesos selectivos y promover la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo público. Además, recoge los avances incorporados en el RDL 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2022, que contiene medidas explicitas para agilizar los procesos selectivos.
Detalle de las plazas ofertadas: procedimiento, puntuación, pruebas, convocatoria
Toda la información sobre esta convocatoria está disponible en este documento:
Referencia legal:
Resolución de 20 de enero de 2023 (pdf), de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para el ingreso, el acceso y para la estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
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Hay diferentes tipos de empleados públicos, cada uno de ellos con sus condiciones y sistemas de acceso. Las Ofertas de Empleo Público (OEP), como la que se acaba de publicar, son para integrarse en la Administración como funcionario de carrera, pero también hay otras opciones de trabajar en la Administración. Explicamos brevemente cada una de ellas:
1. El personal funcionario de carrera
En este grupo se incluyen a los funcionarios los que han superado un proceso selectivo de oposición, disponen de un nombramiento en el que se reconoce dicha condición y trabajan para la Administración Pública prestando funciones que implican la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas. Mantienen una relación estatutaria con la Administración y su relación se rige por el derecho administrativo.
Los Cuerpos y Escalas de funcionarios se adscriben a los siguientes grupos de acuerdo con la titulación requerida para el acceso:
– Grupo A, dividido en dos Subgrupos A1 y A2: Para el acceso a los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la Ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta.
– Grupo B: Para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior.
– Grupo C: Dividido en dos Subgrupos, C1 y C2, según la titulación exigida para el ingreso, siendo C1 para el título de bachiller o técnico y C2 para el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
2. Personal funcionario interino
Son aquellas personas que prestan servicios de carácter transitorio. Se rigen por el derecho administrativo y ocupan plazas que se hallan reservadas a los funcionarios de carrera.
Los interinos ocupan de forma temporal y transitoria plazas que han de ser ocupadas definitivamente por funcionarios de carrera o sustituyen a funcionarios que gocen del derecho de reserva de plaza y destino. También pueden ser aquellos que se dedican a programas estrictamente temporales o para situaciones urgentes. Las recientes sentencias del Tribunal de Justicia Europeo, reconocen a los trabajadores interinos en las administraciones públicas algunos derechos que hasta ahora se les habían denegado. Como consecuencia de ello, la administración ha iniciado un proceso para intentar reducir el porcentaje de interinidad.
3. Personal laboral
Es personal laboral el que en virtud de un contrato de trabajo, en cualquiera de las modalidades de contratación de personal previstas en la legislación laboral, presta servicios retribuidos por las Administraciones Públicas. En función de la duración del contrato éste podrá ser fijo, por tiempo indefinido o temporal.
4. Personal eventual
Son aquellos empleados públicos que se nombran libremente en régimen no permanente. Ocupan un lugar de trabajo considerado de confianza o de asesoramiento no reservado a funcionarios y generalmente están vinculados a cargos políticos.
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Graduado en Derecho y experto en Seguridad Social. Coordinador de Loentiendo.com
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