Esta ayuda y extraordinaria se ha aprobado en Consejo de Ministros. Busca proteger a quienes han terminado su contrato temporal durante el estado de alarma o a los empleados de hogar que no pueden seguir realizando su trabajo.
Actualizado: 05/04/2020
El Consejo de Ministros del 31 de marzo de 2020 ha aprobado nuevas ayudas para las personas que como consecuencia de la crisis del coronavirus se han quedado sin trabajo y sin cobertura por desempleo.
En particular, las nuevas ayudas se centran en dos colectivos: trabajares con contrato temporal que han perdido su empleo y empleadas de hogar.
A) AYUDA PARA TRABAJADORES CON CONTRATO TEMPORAL QUE HAN PERDIDO SU EMPLEO Y NO TIENEN DERECHO A PRESTACIONES.
En este caso, se establece un subsidio excepcional de 430 euros al mes para los trabajadores temporales a los que les venza el contrato durante el estado de alarma y no tengan derecho a cobrar el paro por no haber reunido la cotización mínima. Como requisito se exige que la duración mínima del contrato que se extingue haya sido de al menos dos meses de duración.
Más información en esta guía:
Subsidio excepcional por fin de contrato temporal durante estado de alarma
B) AYUDA EXTRAORDINARIA PARA EMPLEADAS DE HOGAR
La nueva ayuda se dirige a las empleadas del hogar que estén inscritas en la Seguridad Social y que hayan sido despedidas y también a aquellas que no puedan trabajar durante la crisis sanitaria para evitar contagios. Se trata de una prestación que podrán solicitar trabajadoras y trabajadores del hogar, con independencia de que lo hagan en uno o varios domicilios, total o parcialmente.
Uno de los requisitos será que presenten una declaración firmada del empleador, si se le ha indicado que no acuda temporalmente a trabajar, o la carta de despido o la baja del Sistema de Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.
En esta guía explicamos con detalle los requisitos de la ayuda que ha comunicado el Ministerio de Trabajo
Tanto en el caso de los trabajadores con contrato temporal finalizado, como las empleadas de hogar, recomendamos esperar a que el SEPE publique el procedimiento que se va a seguir para tramitar estas solicitudes de prestaciones, del que informaremos en esta web puntualmente.
Otras medidas de índole social que se han aprobado en el Real Decreto-ley 11/2020:
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