Las pensiones no contributivas de invalidez

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Las pensiones no contributivas de invalidez son ayudas para personas de entre 18 y 65 años con discapacidad igual o superior al 65% y que carezcan de ingresos. Explicamos los requisitos, importe económico de la ayuda y cómo solicitarlas en 2024.

Pensionista no contributivo de invalidez

¿Qué son las pensiones no contributivas?

Actualizado: 02/02/2024

En general, las Pensiones no Contributivas (PNC) son pensiones que se conceden cuando no se ha cotizado lo suficiente como para acceder a una pensión ordinaria.

Se llaman pensiones “no contributivas” porque se conceden a personas en situación de necesidad, aunque no se haya aportado lo suficiente al sistema.  En España las cobran casi 450.000 personas

 

Hay dos tipos de pensiones no contributivas

 

  •  A) Las pensiones no contributivas de JUBILACIÓN, que explicamos en este otro artículo: la pensión no contributiva de jubilación en 2024. Es el caso, por ejemplo, una persona con 65 años se encuentra en edad de jubilación, pero es posible que en su vida laboral no haya llegado a acumular los 15 años de cotizaciones que como mínimo son necesarios para acceder a la jubilación contributiva.  En este caso, si esta persona no tiene otros ingresos y tampoco puede acceder a la pensión normal,  podrá recibir del Estado una pensión no contributiva de jubilación cumpliendo unos requisitos mínimos.
  •  B) Las pensiones no contributivas de INVALIDEZ, que son las que vamos a explicar ahora mismo y que son para personas con discapacidad igual o superior al 65% y una edad entre 18 y 65 años.

Según estadísticas del IMSERSO, el beneficiario tipo de una pensión no contributiva de jubilación se corresponde con una mujer, con una edad comprendida entre los 70 y los 74 años, casada e integrada en una unidad económica formada por dos o tres personas.

En el caso de la no contributiva de invalidez, el pensionista tipo se corresponde con un soltero, afectado por una discapacidad psíquica y que vive en una unidad económica compuesta por dos o tres personas.

 

LAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS DE INVALIDEZ

¿Qué son estas pensiones de invalidez?

Las pensiones no contributivas de invalidez proporcionan una cobertura mínima a aquellas personas de edad entre 18 y 65 años que están en situación de invalidez (+65%) y no tienen recursos económicos.

Con esta pensión se les facilita una ayuda económica, asistencia médica y farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque a lo largo de su vida laboral no hayan cotizado o lo hayan hecho, pero por tiempo insuficiente.

Las pensiones de invalidez no contributivas, cuando sus beneficiarios cumplan la edad de sesenta y cinco años, se transforman en pensiones no contributivas de jubilación, con el importe y condiciones que tenían anteriormente.

Requisitos para solicitar una pensión no contributiva de invalidez (PNC de invalidez)

Estas pensiones las pueden solicitar tanto los ciudadanos españoles, como los nacionales de otros países que tengan residencia legal en España y que cumplan los siguientes requisitos:

1-  Edad;  se exige tener una edad de dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco. Si se va a solicitar con más de 65 años ya hay que pedir una pensión no contributiva de jubilación, o si se cumplen los requisitos, la pensión de jubilación ordinaria.

2- Residencia:  se exige residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de 5 años, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

3-  Tener un grado de invalidez igual o superior al 65%  (por discapacidad o enfermedad crónica) 

4- Carecer de ingresos propios suficientes.  Esto, en 2023, significa que para solicitar una PNC de invalidez no se pueden tener ingresos propios superiores a 7.250,60 € al año.   Además de que no tenga estos ingresos la persona que solicita la ayuda, también se revisa el conjunto de ingresos de su familia, que se denomina legalmente “unidad económica de convivencia”.

Requisitos económicos

Los ingresos anuales de quien solicita la pensión no pueden superar los 7.250,60 € anuales (tope de rentas en 2024).

Además, cuando la persona que solicita la pensión convive con otras, como en los casos de matrimonio y parientes hasta segundo grado (padres, hijos, nietos, abuelos y hermanos del solicitante), se tienen en cuenta los ingresos del conjunto de miembros (llamado “unidad económica”) y cambian los límites de ingresos, es decir, hay un doble requisito de rentas: el individual de quien solicita la pensión y el de su unidad económica (familia con la que convive), que tampoco puede superar un determinado tope, que es este:

 

  • Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado: el máximo de ingresos que puede tener la unidad económica es: cuando conviven dos personas, 12.326,02 euros al año. Cuando son tres los que conviven, 17.401,44 € . Cuando son cuatro, 22.476,86 euros año, etc.
  • Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos, el máximo de ingresos de la unidad económica será el siguiente: para dos personas que convivan, 30.815,05 euros al año . Para tres, 43.503,60 euros al año. Para cuatro, 56.192,15 etc.  Todos estos importes están actualizados a 2024.

 

¿Cuánto se cobra por las pensiones no contributivas de invalidez en 2024?

El importe económico de la pensión no contributiva de invalidez se establece en la ley de Presupuestos. Para cada caso se calcula el importe completo que dependerá de si hay otras personas que ya estén recibiendo otra pensión no contributiva integrados en la misma unidad económica de convivencia, de los ingresos personales y/o de las personas que integran la unidad económica, etc.

Cuantías básicas para 2024
Cuantía Anual Mensual
Íntegra 7.250,60 € 517,90 €
Mínima 25% 1.812,65 € 129,48 €

 

Cuantía pensiones no contributivas
La cuantía individual de la pensión para cada ciudadano se establecen función de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia.

La pensión no contributiva mínima de invalidez completa en 2024 no puede estar por debajo de los 517,90 euros mensuales en 14 pagas (7.250,60 euros al año)

Este importe ya incorpora la subida de pensiones para 2024. Ahora bien, ese importe mínimo es para las pensiones que se cobran al 100%, porque hay algunos casos en los que por tener otras rentas, se cobra solo un porcentaje de la pensión total. La cuantía individual de la pensión para cada ciudadano se establece, en función de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia; no pudiendo ser inferior a la mínima del 25%, es decir,  1.812,65 euros anuales.

Si dentro de una misma unidad familiar hay varios beneficiarios de pensiones no contributivas, se reducen los topes.

Las pensiones no contributivas se cobran de forma vitalicia, siempre que se mantenga el cumplimiento de los requisitos. Están financiadas con las aportaciones correspondientes al Presupuesto del Estado de la Seguridad Social.

Cuadro resumen de los importes que se cobran en 2024:

Importe pensiones no contributivas en 2024

¿Quién las paga?

Las PNC de invalidez se financian a través de aportaciones del Presupuesto del Estado al de la Seguridad Social, figurando el crédito en el Presupuesto de gastos y dotaciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) y se abonan a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, excepto en las Comunidades Autónomas de Navarra y el País Vasco, que tienen transferida esta competencia.

Donde solicitar la pensión PNC de invalidez o recibir más información

Estas pensiones hay que solicitarlas en la Comunidad Autónoma donde se resida.  En la administración autonómica existen impresos para realizar la solicitud, que también se pueden descargar desde las páginas web de cada autonomía, en su apartado de Servicios Sociales.  (Ceuta y Melilla tienen un procedimiento especial que se explica aquí)

En este directorio del IMSERSO se encuentran las direcciones para solicitar la PNC :  dónde solicitar la PNC de invalidez en cada Comunidad Autónoma.

 

¿Con qué es incompatible este tipo de pensión ?

No son compatibles las dos pensiones no contributivas: invalidez y jubilación.  La primera (no contributiva de jubilación) se puede pedir hasta los 65 años de edad, y la segunda, a partir de esa edad.

La Pensión no Contributiva de Invalidez tampoco es compatible con las Pensiones Asistenciales (PAS) y con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos y por Ayuda de Tercera Persona, así como con la condición de causante de la Asignación Familiar por Hijo a Cargo con Discapacidad.

¿Se puede trabajar mientras se cobra una pensión no contributiva de invalidez?

Según informa el IMSERSO, “El derecho a pensión no contributiva de Invalidez no impide el ejercicio de aquellas actividades laborales, sean o no lucrativas, compatibles con la discapacidad del pensionista y que no representen un cambio en su capacidad real para el trabajo.

Las personas que con anterioridad al inicio de una actividad laboral vinieran percibiendo una pensión no contributiva de Invalidez, podrán compatibilizar el percibo de la pensión con los ingresos derivados de la actividad, durante los cuatro años siguientes al inicio de la actividad, si la suma de la cuantía anual de la pensión que tuviera reconocida el pensionista y de los ingresos anuales que perciba o prevea vaya a percibir de la actividad laboral no superan 13.984,54 €.

En caso de exceder de dicho límite, la cuantía anual de la pensión se reducirá en la cuantía necesaria para no sobrepasarlo. El límite indicado de 13.984,54 € es el resultado de sumar los importes anuales fijados en 2023 para el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), que se cifra en 7.200,00 € y para la pensión de Invalidez no contributiva, que es de 6.784,54 €.

Si transcurrido el plazo de cuatro años, el pensionista continua realizando una actividad laboral se suspenderá el derecho a la pensión y mantendrá dicha situación en tanto no se produzca el cese en la actividad. Una vez que el pensionista cese en la actividad laboral, se recuperará el derecho a la pensión, sin que se tengan en cuenta los ingresos derivados de esa actividad.”

¿Es compatible la pensión no contributiva de invalidez con el Ingreso Mínimo Vital?

En principio es compatible, ya que el Ingreso Mínimo Vital se puede solicitar hasta los 65 años y la pensión no contributiva de invalidez se cobra antes de alcanzar esa edad.  Una persona que cobre la pensión de invalidez puede cobrar del Ingreso Mínimo Vital (IMV) la cantidad que le falte entre lo que cobra de pensión de invalidez y la renta mínima que garantiza el IMV para ella o para su unidad de convivencia.

También se puede cobrar la prestación no contributiva de invalidez y la prestación por desempleo (el paro por haber cotizado 360 o más días), pero habrá que tener en cuenta que con lo que se cobra de paro no se sobrepase el tope de rentas que admite la pensión, y que hemos explicado en los puntos anteriores.

LAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS DE JUBILACIÓN

El segundo tipo de pensiones no contributivas, las de jubilación, las explicamos en esta guía sobre las pensiones no contributivas de jubilación en 2024.

Pensión no contributiva de Jubilación

Normativa:

Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla, en materia de pensiones no contributivas, la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas.

 


Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


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