La Renta Activa de Inserción para desempleados de larga duración mayores de 45 años

Esta ayuda extraordinaria de 480 euros al mes, se concede durante 11 meses a trabajadores mayores de 45 años en situación de desempleo de larga duración. Requisitos y cómo solicitarla.

La RAI, una de las ayudas extraordinarias

RAI para mayores de 45 años

 

Actualizado: 11/01/2024

La Renta Activa de Inserción o RAI es una ayuda extraordinaria para trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultades para encontrar un empleo, como desempleados de larga duración a partir de los 45 años.  También se concede a víctimas de violencia de género y doméstica, emigrantes retornados mayores de 45 y desempleados con una discapacidad igual o superior al 33%.  En esta guía vamos a analizar el primer grupo: desempleados de larga duración mayores de 45 años. El resto se explican en la guía general.

La RAI es una ayuda extraordinaria, lo que significa que únicamente se puede solicitar cuando no se tiene derecho a las ayudas ordinarias, como la prestación por desempleo y los subsidios por desempleo.

La Renta Activa de Inserción se concede durante 11 meses, y se recibe desde el día después de la solicitud, una vez es aprobada. La cuantía de la ayuda es el 80% del IPREM, es decir, 480 euros al mes (en 2024).

Aunque se anunció una reforma en 2024 de los subsidios por desempleo y la RAI, esta reforma ha sido derogada y la RAI mantiene plenamente su vigencia.

Requisitos de la RAI para los mayores de 45 años desempleados de larga duración

Para poder recibir la RAI se deben cumplir todos estos requisitos en el momento de solicitar la ayuda y hay que mantenerlos durante todo el tiempo que se reciba:

  • Tener más de 45 años y menos de 65.
  • Ser desempleado de larga duración. Es decir, estar inscrito como demandante de empleo y llevar apuntado al paro al menos 12 meses. Por esto se dice que es una ayuda para desempleados de larga duración. Para este cómputo no se considera que se ha interrumpido el periodo de inscripción si se trabaja menos de 90 días. La salida al extranjero se considera una interrupción (salvo que no supere los 15 días en determinados casos).
  • No tener ingresos propios. La persona que solicita la RAI no debe superar el límite de carencia de rentas. Esto quiere decir que quien solicita la RAI no puede tener ingresos propios superiores a 810 euros al mes. (75% del SMI vigente)
  • Que la unidad familiar del solicitante no supere el tope de ingresos. También existe un límite de rentas familiar. Es decir, que si quien pide la ayuda tiene cónyuge o hijos a cargo menores de 26 años, se deben sumar los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar, dividirlo entre el número de miembros que la forman y el resultado no debe superar los 810 euros mensuales por miembro de media.
  • No haber cobrado ya esta ayuda en los 365 días anteriores ni haberla pedido ya tres veces.  La RAI es una ayuda anual y se puede pedir hasta un máximo de tres veces, pero nunca seguidas. Debe haber al menos un año sin recibir la ayuda entre cada solicitud.
  • Haber agotado previamente una prestación por desempleo o un subsidio por desempleo en algún momento anterior a pedir esta ayuda. Es decir, para poder cobrar la RAI se tiene que haber cotizado por desempleo en algún momento de la vida laboral y haber cobrado alguna prestación o ayuda por desempleo.
  • Suscribir el compromiso de actividad, es decir, aceptar las obligaciones habituales de los desempleados al recibir una ayuda.
  • Desde junio de 2021, vuelve a ser obligatorio que el desempleado realice las acciones de búsqueda activa de empleo (BAE) antes de solicitar esta ayuda. Se trata de acciones como enviar curriculums, realizar entrevistas de trabajo, inscribirse en portales de empleo, etc. Lo explicamos con más detalle en esta guía: cómo acreditar la búsqueda activa de empleo en las solicitudes de la RAI.

 

Cómo pedir la Renta Activa de Inserción

La ayuda se puede pedir  de varias formas:

Es necesario presentar la siguiente documentación:

  • El impreso de solicitud, que se entrega en la propia oficina o se puede descargar desde este enlace: impreso solicitud renta activa de inserción.
  • El documento de identificación (DNI/NIE).
  • En el caso de formar una unidad familiar, el DNI/NIE y el libro de familia de los integrantes de la familia.
  • Si en la unidad familiar hay hijos discapacitados mayores de 26 años, el certificado de la discapacidad.
  • Los documentos que acrediten que no se supera el límite de rentas.

El plazo para resolver la solicitud es de 15 días desde que se presenta. Como hemos dicho, esta ayuda se puede pedir 3 veces en total, pero entre cada vez es necesario que pasen al menos 365 días. Por lo que se puede cobrar 11 meses, 365 días sin esta ayuda, pedirla por segunda vez durante 11 meses, 365 días sin esta ayuda, y pedirla por tercera vez durante 11 meses.

Cada vez que se pida se tiene que hacer una nueva solicitud, cumpliendo de nuevo todos los requisitos.  No son por lo tanto renovaciones de la RAI, sino que cada una de las tres anualidades es como si fuera una nueva solicitud.

Trabajar y cobrar la RAI, ¿es posible?

La RAI tiene un régimen propio de compatibilidades e incompatibilidades con trabajar. Es compatible con trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial, siempre que no se supere el límite de rentas, pero es incompatible con trabajar por cuenta propia o ajena a tiempo completo.

Para favorecer la inserción laboral hay una ayuda específica que se puede pedir cuando se empieza a trabajar por cuenta propia o ajena, y que dura un máximo de 180 días. Esta ayuda es igual al 25% de la cuantía de la RAI, es decir 240 euros al mes, y al recibirla no se consumen mensualidades de la RAI. Esta ayuda, eso sí, no se puede pedir cuando el trabajo es por un contrato subvencionado por el SEPE.

Otras preguntas frecuentes sobre la Renta Activa de Inserción

¿Al cobrar esta ayuda estoy cotizando?

Cobrando esta ayuda no se cotiza ni por desempleo ni por jubilación, solo por otros conceptos, como la asistencia sanitaria.

¿Cuándo se produce una baja temporal en la RAI?

La RAI se deja de cobrar, es decir, se suspende temporalmente en estos casos:

  • Cuando la persona que la solicita se pone a trabajar por cuenta ajena a tiempo completo, o por cuenta propia, por menos de 6 meses.  Si se trabaja más de 6 meses, o se está dado de alta como autónomo más de 6 meses, la ayuda se pierde definitivamente.
  • Cuando se reciben ingresos de cualquier tipo que sumados hagan que se supere el tope de los 810 euros mensuales, salvo que estos ingresos provengan de becas, ayudas o del trabajo a tiempo parcial compatible con la percepción de la RAI
  • Por traslado al extranjero para la búsqueda o realización de trabajo o perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, por menos
    de seis meses. Al retornar del extranjero puede solicitar la reincorporación al Programa en el plazo de 15 días.
  • Quien cobre la RAI, si realiza trabajos por cuenta ajena a tiempo completo o cuenta propia, puede solicitar una ayuda complementaria del 25 % de la cuantía de la renta durante un máximo de 180 días.

¿Cuándo se deja de cobrar la RAI de forma definitiva?

La RAI se pierde en estos casos:

  • Por superar el tope de rentas durante más de seis meses
  • Incumplimiento de las obligaciones del compromiso de actividad (sellar la demanda, asistir a cursos de formación, o citaciones de la oficina de empleo, declarar los ingresos, rechazar una oferta adecuada de empleo, etc).
  • Al trabajar por cuenta ajena a tiempo completo durante más de 6 meses, o estar dado de alta como autónomo más de 6 meses.
  • Al recibir una prestación por desempleo, subsidio por desempleo o renta agraria.
  • Por un traslado al extranjero. La única excepción que se admite es que el desplazamiento sea sea para buscar empleo o por formación y siempre que sea durante menos de seis meses.
  • Por ser privado de liberad por un tiempo igual o superior a los seis meses.
  • Cuando se deja de sellar la tarjeta del paro.
  • Por falseamiento de los datos de la solicitud.

¿Con qué es compatible la RAI?

La RAI es compatible, es decir, se puede seguir recibiendo si se tienen becas y ayudas por asistir a acciones de formación profesional y formación (cursos, talleres, etc). También se puede cobrar la RAI si se trabaja por cuenta ajena a tiempo parcial, de modo que en ese caso se reduce del cobro de la ayuda la parte proporcional y también la RAI se prolonga en el tiempo de forma proporcional a la ayuda parcial que no se ha cobrado mientras se trabajaba.

¿Con qué es incompatible la RAI?

No se puede cobrar la RAI mientras se reciben prestaciones y subsidios por desempleo o la renta agraria. Tampoco si se están recibiendo pensiones o prestaciones de la Seguridad Social incompatibles con el trabajo y que superen los 810 euros al mes (en 2023 el 75% del Salario Mínimo Interprofesional). La RAI es incompatible con trabajar por cuenta propia o por cuenta ajena a tiempo completo.

¿Qué se recibe en la RAI además de la ayuda económica?

Esta ayuda lleva aparejado una serie de acciones de inserción laboral, como el Itinerario Personalizado de Inserción, la gestión de ofertas de empleo, la incorporación a planes de empleo y formación, o la oferta de cursos. Aceptar estas acciones es obligatorio si se quiere recibir la ayuda económica de los 480 euros mensuales.

¿Cuáles son las obligaciones y sanciones en la Renta Activa de Inserción?

Cuando se recibe la RAI hay que tener especial cuidado cumplir todas las obligaciones y evitar todas las acciones que pueden suponer una sanción, ya que cualquier infracción supone la pérdida de la ayuda. Es especialmente importante acordarse de sellar siempre la demanda de empleo, informar siempre que se supere el límite de rentas, o de cualquier trabajo que se realice.

Retrasarse en sellar la tarjeta del paro puede suponer perder la ayuda.

Regulación legal y más información

Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de Renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.

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