¿Puedo estudiar mientras cobro el paro?

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¿Es compatible estudiar con cobrar el paro? ¿y otras ayudas? ¿puedo irme al extranjero a formarme o aprender idiomas? ¿Son obligatorios los cursos de formación de los Servicios de Empleo?

Veamos si se puede estudiar y cobrar al paro a la vez.

 

Aprovechar el desempleo para estudiar ¿es posible?

 
Muchas personas en paro toman la decisión de ponerse a estudiar. Puede ser para para terminar una formación que habían comenzado, para obtener conocimientos en otros sectores que puedan facilitar una nueva contratación, actualizarse, para aprender idiomas, etc.

Una de las preguntas más habituales es si estudiar es compatible con cobrar  una prestación por desempleo, un subsidio o las ayudas extraordinarias.

Con carácter general, es compatible. Si se está cobrando una de estas ayudas y se empieza a estudiar, no será necesario avisar al SEPE ni se verá afectada la ayuda, pero hay que tener en cuenta que al inscribirse como demandante de empleo y solicitar una ayuda se asumen una serie de obligaciones con los Servicios Públicos de Empleo.

 

Las obligaciones del compromiso de actividad>

 
Pero cuando se pide una ayuda por desempleo se asume una serie de obligaciones que se resumen en el llamado “compromiso de actividad” , que están reguladas en la ley y pueden leerse en la “letra pequeña” de los impresos de solicitud.

Mientras se está cobrando cualquier ayuda por desempleo es obligatorio seguir sellando la demanda de empleo, presentarse a las citaciones de control que puedan hacer los Servicios de Empleo, tomar parte en los cursos para los que se sea seleccionado, participar en sesiones de orientación laboral, acudir a entrevistas de trabajo y aceptar ofertas de empleo adecuadas.

En el caso de incumplir estas obligaciones, se podrá ser sancionado con la suspensión o incluso la pérdida de la ayuda que se esté cobrando. Y no será una excusa válida para no acudir  alegar que se está estudiando, aunque se trate de enseñanzas oficiales.  Las ayudas y prestaciones por desempleo son compatibles con estudiar, siempre que el estudio no impida cumplir con las obligaciones del compromiso de actividad.

 

Me han citado en la oficina de empleo y no puedo ir por mis estudios

 
Muchos desempleados que están estudiando reciben citaciones de la oficina de empleo. Puede ser para recibir otros cursos de formación de los servicios públicos de empleo, sesiones de orientación laboral, etc. Como hemos dicho, el estar realizando estudios no es una justificación para no acudir a la citación.

Las prestaciones por desempleo son ayudas económicas para que el trabajador tenga ingresos mientras busca activamente un nuevo empleo.  

Es cierto que en la situación actual, con tasas de paro en torno al 20%, una de las formas de mejorar la empleabilidad y volver al mercado laboral es precisamente recibir formación.  Cuando la formación proviene de cursos oficiales de los Servicios Públicos de Empleo, las obligaciones del trabajador quedan suspendidas: el trabajador acudirá al curso y seguirá cobrando su prestación, y si lo desea, no será llamado a entrevistas de trabajo, ofertas de empleo, u otras sesiones formativas.

Las dificultades surgen cuando los cursos de formación, o estudios que sigue el trabajador, no son los asignados directamente por los Servicios de Empleo.  Con la normativa vigente, el hecho de estar realizando estos estudios no servirá como excusa para incumplir las obligaciones del compromiso de actividad. Por ello, a la hora de empezar unos estudios estando desempleado, es conveniente tener en cuenta que se tendrá que seguir sellando el paro, podrá ser citado a la oficina, seleccionado para hacer otro curso oficial que puede ser incompatible en horario o carga de trabajo con los estudios que se estén realizando, o convocado para entrevistas de trabajo y ofertas de trabajo que puedan ser incompatibles con los estudios.   En el caso de que el trabajador se encuentre realizando un curso de formación por iniciativa propia y sea requerido por el Servicio de Empleo para realizar otro curso, nuestra recomendación siempre es que se informe de ello en la oficina de empleo.

 

Estudiar en el extranjero mientra se cobra el paro

 
Si se tiene previsto salir al extranjero para realizar un curso mientras está cobrando el paro, recuerde que es necesario comunicarlo a la oficina de empleo antes de la salida. Los efectos de esta estancia en el extranjero dependerá de la duración del curso y de la ayuda que se esté cobrando.

Si se está recibiendo la prestación por desempleo o un subsidio por desempleo:

  • Si se va a estudiar un curso breve, un seminario, un congreso… y la estancia en el extranjero dura menos de 15 días, entonces se seguirá cobrando el paro, y no será ni siquiera necesario demostrar que se ha ido a estudiar al extranjero.  Basta con comunicarlo previamente en la oficina de empleo.
  • Si el curso va a durar un poco más, y se va a estar más de 15 días pero menos de 90 días en el extranjero, entonces la ayuda se suspenderá, pudiendo reanudarse al volver. En este caso tampoco será necesario demostrar los estudios que se han ido a hacer, siendo suficiente con la comunicación previa.
  • Si en cambio se va a estar más de 90 días, pero menos de 360 en el extranjero por unos estudios, entonces la ayuda se suspenderá igualmente, pudiendo reanudarse al volver, pero en esta ocasión sí que será necesario demostrar los estudios que se ha ido a realizar. En el caso de estar más de un año en el extranjero se perderá la ayuda que quedó suspendida.

 
En el caso de estar cobrado la Renta Activa de Inserción , se puede autorizar una estancia en el extranjero de hasta 6 meses para realizar unos estudios de perfeccionamiento profesional. Durante ese tiempo la ayuda estará suspendida.

Si se está cobrando el Programa para la Activación del Empleo , no está previsto la posibilidad general de viajar el extranjero, salvo que sea para la realización de una acción del Itinerario Personal de Inserción . Dentro de este Itinerario puede haber algún tipo de estudios, pero esta salida al extranjero tiene que ser autorizada por el tutor del IPI.

En el caso de estar cobrando el Plan Prepara  no está previsto poder viajar a estudiar el extranjero, ya que el propio Plan tiene sus cursos de formación obligatorios asignados mientras se recibe la ayuda económica.

En cualquier caso, al regresar del extranjero siempre se tiene que informar de este hecho, y en el caso de haberse suspendido la ayuda, será necesario volver a inscribirse como demandante de empleo y solicitar la reanudación en el plazo de 15 días. El procedimiento de comunicación de salidas al extranjero lo explicamos con detalle en esta guía (+información).
 


Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento profesional para un caso concreto, puede solicitarlo a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


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