“Estar apuntado al paro no sirve para nada”

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Ellos pensaban que “estar apuntado al paro no sirve para nada” y se equivocaron.  

Seis casos reales sobre cómo perder oportunidades por no estar inscrito en la oficina de empleo.

 

¿Qué puedes perder por no estar apuntado al paro?

Es frecuente que muchos trabajadores en paro dejen de renovar su demanda de empleo, cansados y aburridos por no encontrar trabajo ni recibir ofertas de colocación. Otros, ni tan siquiera se inscriben en la oficina de empleo.
 
Sin embargo, si no te inscribes como demandante de empleo puedes perder oportunidades, como sucedió en estos seis casos reales.

 

1) Quedarse fuera de la nueva ayuda para parados de larga duración

A principios de año el gobierno puso en marcha el Programa de Activación para el Empleo (PAE), una nueva ayuda económica para los desempleados de larga duración con responsabilidades familiares que ya no cobren ningún tipo de ayuda.
 
Mateo tiene 44 años y dos hijos y hace dos años agotó todos los subsidios.  Acudió a la oficina de empleo a solicitar el PAE y se lo denegaron por no cumplir uno de los requisitos, que exige haber estado apuntado al paro al menos durante 12 de los últimos 18 meses antes de presentar la solicitud.

 

2) Perder la posibilidad de acceder al Plan Prepara

Marta y Eva se quedaron en paro al mismo tiempo. Trabajaban como teleoperadoras en una empresa de telecomunicaciones que hizo un ERE.  Eran de las últimas incorporaciones, ya que solo habían trabajado unos meses. Aunque no tenían derecho a cobrar ayudas por no tener cotizaciones suficientes, Marta se apuntó al paro y Eva, no.
 
Al cabo de un año ambas entran a trabajar en una campaña de telemarketing durante 3 meses.   Cuando se les termina el contrato, las dos cobran el subsidio por pérdida de empleo, juntando estas cotizaciones con las del contrato anterior, pero una vez agotado el subsidio, Marta puede apuntarse al Plan Prepara (ayuda de 400 euros durante seis meses), porque es parada de larga duración inscrita y Eva se queda fuera de la ayuda por no haberse inscrito en su momento.

 

3) No poder pedir la Renta Activa de Inserción

Samuel acaba de cumplir los 45 años y lleva más de cuatro años sin trabajo, desde que la empresa de impresión gráfica en la que trabajaba cerró.  Agotó su prestación contributiva y al no tener derecho a más ayudas, se le olvidó en una ocasión renovar el paro y ya no se volvió a inscribir.  Ahora que ha cumplido los 45, se entera por un programa de televisión de que hay una ayuda para los desempleados de larga duración mayores de 45 años, la Renta Activa de Inserción (RAI), pero cuando acude a la oficina de empleo le comunican que para solicitar esta ayuda (426 euros mensuales durante 11 meses), tendría que haber seguido renovando su demanda de empleo al menos durante un año.

 

4) La empresa no puede aprovechar bonificaciones en la contratación

En un proceso de selección de personal para una nueva empresa local, Teresa llegó a la fase final junto con otras candidatas.  Sin embargo, no fue contratada.
 
Más tarde se enteró de que aunque su perfil era el adecuado, la empresa decidió contratar a aquellas trabajadoras que llevaban un año apuntadas en el paro, para poder aprovechar una bonificación en su contratación por ser desempleadas de larga duración (reducción del 100% de cuotas de Seguridad Social durante un año. Art. 11 ley 11/2013).

 

5)  No tener preferencia a la hora de solicitar un curso de formación

Rodrigo terminó sus estudios de Filología Inglesa y lleva meses  buscando trabajo, aunque sin inscribirse en la oficina de empleo.  Un amigo le comenta que hay un curso para desempleados muy interesante; “Gestión administrativa y financiera del comercio internacional”.  Es un curso presencial, de 660 horas, bilingüe, y con posibilidad de contratación al finalizar el mismo.
 
Rodrigo se apunta al paro el mismo día de la inscripción, pero no es seleccionada. Hay muchos solicitantes y en las bases del curso se especifica que tendrán preferencia los desempleados de larga duración inscritos con anterioridad como demandantes de empleo.

 

6) No poder solicitar la jubilación anticipada

Fuensanta tiene 61 años y quiere pedir la jubilación anticipada.  Cree que cumple todos los requisitos, porque tiene más de 46 años de cotizaciones acumuladas y perdió su último empleo al liquidarse la empresa en la que había trabajado desde joven.  Cuando agotó el paro no encontró trabajo por su edad y no se inscribió porque no tenía derecho a ningún subsidio, ya que con los ingresos de su marido tienen rentas suficientes. Ahora Fuensanta quiere jubilarse.
 
Cuando solicita información a la Seguridad Social, le comentan que en su situación, uno de los requisitos para poder pedir la jubilación anticipada es que lleve al menos 6 meses inscrita como demandante de empleo, por lo que tendrá que apuntarse al paro y esperar ese tiempo.

 

Si estás buscando trabajo, inscríbete como de demandante de empleo

 
Las obligaciones como demandante de empleo no son demasiado gravosas. Es necesario renovar la demanda cada tres meses, algo que puedes hacer en la propia oficina o incluso sellar por Internet. Deberás comparecer en la oficina de empleo si te requieren para recibir alguna sesión de orientación laboral y presentarte los procesos de selección para ofertas de trabajo que se ajusten a tu perfil.  Recuerda que hay un porcentaje de contrataciones que las empresas hacen a través de los servicios públicos de empleo.
 
Al estar apuntado en el paro podrás utilizar todos los recursos públicos de programas de formación para desempleados y si en la práctica eres parado de larga duración, estando inscrito podrás acreditarlo y beneficiarte de las medidas legales que existen.  No son muchas, pero como hemos visto en los ejemplos anteriores, puedes perderlas por no estar inscrito.
 


Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


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