La empresa no me entrega copia del contrato de trabajo

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La empresa tiene la obligación de dar una copia firmada y sellada del contrato al trabajador, pero ¿y si no lo hace?

Qué hacer si la empresa no me entrega copia del contrato de trabajo

La copia del contrato de trabajo

Actualizado: 19/09/2023

Las empresas tienen la obligación de entregar al trabajador una copia del contrato de trabajo que se ha firmado, copia que tiene que ir sellada y firmada por la empresa y que debe ser registrada en el Servicio Público de Empleo en el plazo de diez días hábiles.

Al firmar el contrato, las empresas no suelen entregar en ese momento la copia al trabajador por tener que inscribirlo. Por ello, al empezar a trabajar es conveniente comprobar que la empresa ha dado de alta al trabajador pidiendo un informe de vida laboral> . En el caso de que la Seguridad Social tenga en su base de datos en número de móvil del trabajador, mandará un SMS al trabajador cuando es dado de alta.

En el caso de que el trabajador compruebe que no ha sido dado de alta deberá tomar una serie de precauciones.

¿Qué hacer si la empresa no entrega al trabajador copia del contrato?

Hay varias opciones:

a) Pedirlo a la propia empresa

La manera siempre más rápida de conseguir la copia del contrato, ya sea porque la empresa no la ha entregado o porque se ha perdido, es pedírsela a la propia empresa. Es recomendable pedir esta copia por escrito, indicando la fecha en la que se pide, quedándose copia del escrito presentado, con sello de la empresa como comprobante de que lo ha recibido. O si no pedirlo a través de burofax y de esta forma no es necesario pedir a la empresa que selle el escrito que se quiere presentar.

De esta forma se podrá demostrar que se ha pedido el escrito y si la empresa hace cualquier tipo de represalia por esta petición se podrá demostrar la petición hecha. En el caso de ser sancionado o despedido por el simple hecho de haber pedido el contrato, estas medidas podrán ser consideradas nulas .

En el caso de que le empresa no lo entregue a pesar de haberlo pedido, existen otras formas de conseguirlo.

 

b) Denunciar ante la Inspección de Trabajo

Si a pesar de solicitárselo, la empresa no entrega el contrato, el trabajador puede presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo.

Como se ha dicho, la empresa tiene la obligación de dar esta copia, y no hacerlo es un incumplimiento que se puede denunciar, y pedir a la Inspección que obligue a la empresa a entregar al trabajador la copia del contrato.

Esta opción lamentablemente no suele ser la más rápida, ya que la Inspección puede tardar varios meses en atender la denuncia y además, el hecho de denunciar ante la Inspección evidentemente va a tensar la relación entre empresa y trabajador. Por todo ello pueden resultar de interés otras alternativas.

c) Obtener un Informe de vida laboral

La vida laboral además de mostrarnos si la empresa realmente ha dado de alta al trabajador ofrece algunas pistas respecto del contrato que se ha utilizado.

En el vida laboral viene indicada la empresa para la que se está contratado, el día que empezó la contratación, el tipo de contrato, el porcentaje de la jornada que se hace (en el caso de ser un contrato a tiempo parcial) y el grupo de cotización (con el que se puede saber el grupo profesional en el que se está encuadrado y saber más o menos el puesto indicado en el contrato para el que se ha sido contratado).

Respecto al tipo de contrato según la clave  se podrá saber si el contrato es indefinido, temporal , a jornada completa o parcial, si es un contrato fijo discontinuo , etc.  Con estos datos se tiene bastante información sobre el tipo de contrato, aun no teniendo el contrato íntegro.

d) Las copias simples del contrato

La empresa tiene la obligación de entregar a los representantes de los trabajadores una copia básica de los contratos de trabajo que se firman, salvo que sea para un puesto de alta dirección. Esta copia no tiene todos los datos, incluyen solo algunos como el tipo de contrato, la empresa y el trabajador que lo han firmado, la ciudad donde se va a prestar servicios, la fecha de inicio de la relación laboral, y en su caso la fecha de finalización.

Además la empresa también tiene la obligación de registrar esta copia básica en el SEPE, y el trabajador puede pedir también esta copia, incluso a través de Internet, como explicamos en esta guía: cómo obtener copia de los contratos de trabajo que tiene el SEPE.

En este documento no se ven todos los datos, y no se podrá ver por ejemplo la categoría, el salario, los días que se trabaja, las posibles cláusulas adicionales, etc , pero puede ser interesante pedir a los representantes o al SEPE esta copia básica.

 

Alternativas para situaciones concretas

Además de las maneras ya comentadas, en determinados casos se puede obtener el contrato de trabajo por otras vías.

Cuando se va a demandar a la empresa

Hay veces que para demandar a la empresa es necesario tener una copia del contrato. En el caso de que no se necesite para la redacción de la Papeleta de Conciliación y de la demanda, si no que se necesite únicamente como prueba en el juicio, se puede pedir al Juzgado que solicite a la empresa que en el acto de juicio aporte el contrato de trabajo. Es importante indicar que se solicita esta prueba ya que la empresa no entregó copia, porque si no es posible que el Juzgado deniegue esta petición por considerar que el trabajador tiene su propia copia del contrato.

Cuando en cambio el contrato sea fundamental para la redacción de la Papeleta o la demanda, entonces se puede pedir al Juzgado, de forma previa a iniciar el procedimiento, unos actos preparatorios que impliquen la exhibición por parte de la empresa del contrato y los demás documentos necesarios para poder demandar.

Si se va a hacer uso de estos actos preparatorios es recomendable hacerlo lo más rápido posible para evitar que se pasen los plazos para demandar>, ya que en algunos casos como las sanciones, los despidos o las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo,  el plazo es solo de 20 días.

En cualquier caso cuando se pretende demandar a la empresa siempre es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado.

Cuando lo solicita el Servicio Público de Empleo

Es posible que el SEPE pida al trabajador que aporte el contrato de trabajo, sobre todo en el caso de haber trabajado a tiempo parcial. Eso se hace para comprobar el número de días que se tiene cotizados, ya que este cambiará dependiendo de si se trabajaba 5 o más días a la semana o menos de 5.

En el caso de no poder entregar copia del contrato, se puede demostrar el número de días que se trabajaba mediante calendarios laborales, cuadrantes, hojas justificativas de los días y horas de trabajo, etc.

Para saber cuál es mi Convenio Colectivo de aplicación

Muchas veces el trabajador quiere tener la copia del contrato para saber cuál es el  Convenio colectivo de aplicación y ver si la empresa está respetando los derechos que allí se mantiene o si está pagando según las tablas salariales.

En ese caso la forma más rápida de conocer el Convenio Colectivo, si no se tiene copia del contrato, es preguntar a algún compañero más antiguo que sí tenga su contrato, o solicitarlo a los representantes de los trabajadores en la empresa. Si no es posible, sabiendo a qué se dedica la empresa, el sector de su actividad y el lugar donde tiene la actividad, se podría intentar averiguar el Convenio Colectivo que debería de aplicar.

Seguimos con más información en esta guía:

 

Guía para comprender el contrato de trabajo


Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


5 comentarios en «La empresa no me entrega copia del contrato de trabajo»

  1. Hola .He perdido la copia de mi contrato de trabajo y le comunique a mi empresa que me dieran otra copia puesto que lo necesito y se niegan a dármela me dicen que no la tienen. Que me pueden dar mi llamamiento ¿eso que significa? Gracias
    Un saludo

    Respuesta de los moderadores:

    Significa que si usted es trabajador fijo discontinuo, la empresa le puede dar copia del llamamiento que le ha hecho para trabajar en la última ocasión. Compruebe, además, si en el SEPE conservan una copia básica de su contrato de trabajo, como explicamos en esta guía.

    Un saludo

    Responder
  2. Hola,según su respuesta….todas las empresas sea cual sea su número de trabajadores y con independencia que tengan o no representación sindical, ha de hacer entrega a cada trabajador tanto de su contrato como de la copia básica del mismo??

    Responder
    • Hola de nuevo, Gemma. Ya le he indicado en el comentario anterior el enlace a la norma que lo regula, solo tiene que entrar y leerlo. Si necesita un dictamen jurídico con más referencias legales y jurisprudencia aplicable, podemos facilitárselo a través de una consulta básica de asesoramiento profesional. Un saludo

      Responder
  3. Hola, tengo entendido que las empresas están obligadas a entregar y registrar copias básicas de sus contratos solo cuando éstas tienen igual o más de 50 trabajadores, es así correcto? No siendo de expresa obligación si las empresas son de menos de 50 trabajadores.
    Espero su respuesta, Gracias

    Responder
    • Buenos días. No he encontrado norma que indique que las empresas de menos de 50 trabajadores no están obligadas a entregar copia del contrato. En los textos, por ejemplo, la orden Orden TAS/770/2003, no se establece un número mínimo de trabajadores para que la obligación de la empresa sea exigible. ¿Cuál es el origen de su información?

      Responder

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