El sistema Cl@ve de identificación

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Clave es un sistema de identificación que permite realizar trámites con las distintas administraciones públicas de forma electrónica, con tan solo una conexión a Internet y un teléfono móvil. 

Este sistema sustituye al antiguo de usuario y contraseña del SEPE.

¿Qué es el sistema Clave? ¿Qué ventajas tiene?

Es un sistema que permite que el ciudadano se identifique y pueda realizar trámites con la Administración a través de Internet.

Se trata de un usuario y contraseña únicos con los que se pueden hacer gestiones ante Hacienda, la Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo, Tráfico, los Ayuntamientos, pedir cita en el médico, tramitar becas, etc.  Cada vez son más los servicios de la Administración a los que se puede acceder con Cl@ve.

La gran ventaja es que no hace falta tener diferentes contraseñas para cada acceso a las distintas páginas de la Administración. Es una clave única y además también existe la posibilidad de utilizar una clave temporal e inmediata para un servicio concreto. El sistema utiliza el número de teléfono móvil que el ciudadano ha dado de alta ante la Administración para enviarle las claves de acceso.

Una vez que el titular se ha registrado en el sistema, resulta mucho más sencillo de utilizar que otros sistemas de verificación, como el DNI electrónico o los Certificados Digitales, que daban muchos problemas de tipo técnico por la configuración de los navegadores. Con Cl@ve la utilización es más sencilla.

Este sistema, que se ha puesto en marcha recientemente, se está implantando de forma progresiva en muchos servicios de la administración pública.  Aún hay mucho por mejorar, sobre todo en los trámites de registro e información, pero es un paso importante para lograr que la Administración electrónica sea una realidad.

 

Cl@ave sustituye al antiguo sistema de usuario y contraseña del SEPE (INEM)

Desde el 11 de abril de 2016, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) está integrado en el sistema Cl@ave. Esto significa que los anteriores nombres de usuario y contraseña con los que se podía acceder a la sede electrónica ya no están operativos.

EL SEPE ha establecido un sistema para que todas las personas que tenían el antiguo nombre de usuario y contraseña SEPE puedan adaptarlas al nuevo sistema Cl@ve, obteniendo la clave permanente.

Será necesario completar un formulario con los mismos datos que diste en la Oficina del Servicio Público de Empleo y disponer del anterior usuario y contraseña. Ten en cuenta que necesitarás también el teléfono móvil, ya que en el proceso de registro se enviarán varias claves a tu teléfono, que tendrás que ir introduciendo en las pantallas correspondientes, también será necesario el número de cuenta bancaria.

Toda la información está disponible en este enlace > Registro en Cl@ave (SEPE)

Deberás pulsar sobre ‘Continuar’ y en la siguiente pantalla sobre ‘Registrarme’ en la opción ‘Dispongo de un usuario y contraseña facilitado por el SEPE y deseo darme de alta en el sistema Cl@ve’.

En el anterior enlace también se da información sobre cómo darse de alta el Clave por primera vez, que es la misma información que vamos a explicar a continuación. Os dejamos este VIDEO en el que explicamos cómo solicitar la clave.

 



 

Tipo de Claves

Clave PIN (clave ocasional)

El procedimiento es sencillo, accedes con un usuario y contraseña y al realizar algún trámite que requiera clave pin, se te enviará un código por sms (mensaje de texto) al teléfono móvil con el que te registraste.

Es, por ejemplo, el antiguo sistema PIN24H de la agencia tributaria, que ya ha pasado a denominarse cl@ve pin. Sólo podrás acceder a la página en los 10 minutos siguientes a la recepción del PIN por sms, sino, deberás solicitarlo de nuevo. El PIN que recibirás en tu teléfono será de 3 caracteres, que pueden ser letras, números o ambas.

Tienes más información aquí:  el sistema de Cl@ve PIN

También puedes descargar la App para móviles: Cl@ve PIN (Google Play) (App Store). Con ella podrás solicitar la clave pin de una forma sencilla y rápida cada vez que sea necesario.

 

Clave permanente

Este sistema es más duradero que el anterior y, está dirigido a personas que habitualmente realizan gestiones con las administraciones públicas. El usuario accede identificándose con DNI o NIE más una contraseña (elegida por él), sin más limitaciones. No obstante, para aquellos trámites que tengan un nivel de seguridad elevado se le enviará una clave de un solo uso por SMS.

Más información:  el sistema de Cl@ve permanente

 

Firma Clave

A través de ella existe la posibilidad de realizar firma electrónica mediante certificados electrónicos centralizados (almacenados y asegurados por una Administración pública, en este caso, por la Dirección General de la Policía), de esta manera, el ciudadano podrá firmar documentos de forma electrónica teniendo acceso a internet desde cualquier dispositivo. Para utilizar este sistema se exige:

  • Registro en el sistema clave de la manera descrita antes, aportando certificado electrónico reconocido (normalmente el emitido por la fábrica de moneda y timbre española).
  • Se deberá activar la clave de igual forma que para la clave permanente.
  • Por último se habrá de generar el certificado de firma bien en el momento de la primera firma o bien en un momento posterior.

Más información:  el sistema de Firma Cl@ve

 

I) Registro en el Sistema Clave

Para obtener estas claves,  primero hay que registrarse. Este registro, que se hace una sola vez, es el paso imprescindible para comprobar que la persona a la que se van a entregar las claves es el verdadero titular.  El registro se puede hacer de tres formas:

 

1) Registro clave sin certificado

Este sistema consta de dos partes. Primero, solicitar una carta de invitación que se envía a tu domicilio con un código de activación; segundo, activar el usuario. Sin embargo, varios usuarios nos indican que este sistema da problemas, ya que la carta con el código no les llega al domicilio.

Ten en cuenta también, que, si has cambiado recientemente de domicilio, es posible que la administración no esté informada y se esté enviando la carta a otra dirección.

La solicitud de la carta se realiza por internet, introduciendo el DNI o NIE, primer apellido y los espacios en blanco con los números de una cuenta bancaria de la que seas titular.

Cuando recibas la carta, podrás ver el Código Seguro de Verificación (CSV) que deberás introducir, junto al resto de datos, para activar tu usuario.

 

2) Registro clave con certificado

Si tienes certificado digital o dni electrónico, el proceso será mucho más sencillo ya que te estás identificando desde un primer momento.

Deberás acceder al registro con certificado e identificarte con el mismo. Después, bastará con completar algunos datos personales como el teléfono o correo electrónico y continuar para completar el registro.

 

3) Registro clave en la oficina

Para solicitar el código de activación en una oficina, primero deberás buscar la oficina que mejor te venga. Son válidas tanto las oficinas del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) como las de la Administración tributaria, entre otras.

La documentación o los datos necesarios para solicitar el código de activación en la oficina son:

  • DNI (documento de identidad)
  • Número de teléfono móvil
  • Dirección de correo electrónico
  • En caso de ser extranjero, el NIE y pasaporte o documento de viaje

Te darán la carta con el código Seguro de Verificación con el que deberás activar tu usuario.

La Administración explica el proceso de registro en este enlace oficial:  Registro en el Sistema Cl@ave (+información)

 

II) Cómo activar mi usuario cl@ve

Para activar tu usuario del sistema clave necesitarás los siguientes datos:

  • Número de DNI (documento de identidad)
  • Correo electrónico
  • Código de activación

Si ya tienes el código CSV que aparece en la carta de invitación, deberás terminar el proceso para activar tu usuario y crear una contraseña con la que podrás acceder posteriormente. Sólo tienes que indicar los datos que hemos mencionado e introducir nuevamente el teléfono móvil y el correo electrónico.

Al indicar tu contraseña ten en cuenta que deberá cumplir una serie de requisitos como no contener tu nombre o apellidos o tener un mínimo de 8 caracteres.

 

He olvidado mi clave, ¿puedo recuperarla?

Si aún dispones del código de activación con el que te diste de alta en el sistema clave inicialmente puedes obtener una nueva contraseña por internet. En caso contrario, deberás acudir a una oficina y realizar de nuevo el registro.

Recuerda que, si quieres cambiar tu contraseña por cualquier motivo, puedes hacerlo en todo momento a través del siguiente enlace con tu usuario y contraseña o con certificado digital, siempre que recuerdes la contraseña actual: Cambiar contraseña.

Sólo será necesario identificarte y directamente pasarás a una pantalla en la que tendrás la opción de introducir la contraseña que tienes actualmente y la nueva. Ten en cuenta que el nombre de usuario siempre será tu DNI.

 

¿Dónde puede usarse Clave?

En Las Administraciones Públicas que dispongan de este símbolo en su página de inicio.

Logo del sistema clave de administración electrónica

Algunos ejemplos:

 

Recomendaciones en el registro y uso del sistema Clave

  • En el registro sin certificado, parece ser que hay personas a las que no les está llegando la carta. Tenlo en cuenta si ves que no llega o si prefieres acudir a una oficina directamente.
  • Guarda la carta o el documento con el código de activación, es importante tenerlo si olvidas tu contraseña.
  • Al facilitar tu teléfono, ten en cuenta que sólo es válido un número de teléfono móvil por persona, ya que se asocia al DNI.
  • Apunta tu contraseña o utiliza una regla nemotécnica que te permita acordarte.

El proceso de inscripción es bastante complejo, pero después basta con el DNI y la contraseña para acceder a numerosos trámites de diferentes administraciones.

 

Enlace a la página oficial sobre el sistema Cl@ve

Toda la información sobre el acceso y registro a Clave y la resolución de dudas más frecuentes está disponible en la página oficial:   http://clave.gob.es/
 


Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


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