El permiso de paternidad de 16 semanas

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El permiso de paternidad de 16 semanas, ahora llamado “permiso por nacimiento y cuidado del menor”. Requisitos y coberturas.

Guía actualizada sobre el permiso de paternidad

Actualizado: 12/01/2022

En 2022, el permiso de paternidad para el padre es de 16 semanas, igual que el de madre.

Esta mejora se aprobó en el RDL 6/2019, que estableció un calendario progresivo para que se fuera incrementando progresivamente año a año: en 2019 fue de 8 semanas; en 2020 12 semanas y y desde el año 2021 ( y también en 2022) llega a las 16 semanas, para equipararlo con el de madre.  Si desea saber cómo solicitarlo, pase directamente a este punto de la guía.

 

Los antiguos “permiso de paternidad” y “permiso de maternidad” se han unificado y ahora se denominan “permiso por nacimiento y cuidados del menor”.

A pesar de esta nueva denominación, seguiremos utilizando en este artículo el término anterior: “permiso de paternidad”, que es el que de momento conocen y utilizan la mayoría de los trabajadores.

Eso si, hay que dejar claro que hay situaciones en las que podrá disfrutar de este permiso no solo el padre biológico, sino el progenitor distinto de la madre. Pensemos por ejemplo en el caso de un matrimonio de dos mujeres en la que una tiene un hijo biológico y cuando se produce el nacimiento, la otra mujer es progenitora distinta de la madre y podría disfrutar del permiso que ahora analizamos.

¿Qué es el permiso de paternidad?

Cuando se produce el nacimiento de un hijo, si el padre o la madre están trabajando, tienen por ley reconocido el derecho a un permiso retribuido. Es un tiempo durante el cual no se acude al trabajo y sin embargo se cobra el 100% de la base reguladora de su sueldo. En el caso de la madre, este permiso por cuidado del menor, el permiso de maternidad dura con carácter general hasta 16 semanas. Y en el caso del padre, su permiso ahora también durará dieciséis semanas

Además de los nacimientos, el permiso de paternidad también existe cuando hay una adopción o acogimiento.  Por eso, se define como “el derecho del trabajador a percibir un subsidio durante los días de suspensión del contrato de trabajo, o cese en la actividad,  en caso de nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento.”

Ejemplo:  Tomás y María acaban de tener una hija. Ambos estaban trabajando y dados de alta. Una vez que se ha producido el nacimiento, María tiene derecho a su permiso de maternidad (16 semanas) durante las cuales no trabajará y seguirá cobrando su sueldo. Tomás también tendrá un permiso de paternidad también retribuido de 16 semanas.

¿Quién tiene derecho a este permiso?

En el caso de nacimiento de un hijo por parto de la madre, el permiso de paternidad lo puede solicitar únicamente el otro progenitor, ya que la madre tiene su propio permiso de maternidad.

Cuando hay adopción o acogimiento, si los dos progenitores trabajan deberán decidir cuál de ellos disfruta del permiso de paternidad, salvo que uno haya disfrutado del permiso de maternidad, el cuyo caso tan solo podrá disfrutar de paternidad el otro.

El permiso de paternidad, como el de maternidad, son permisos para trabajadores. No se trata de una ayuda económica por ser padre o madre, sino que se permite unas semanas de descanso sin ir a trabajar pero sin dejar de cobrar el sueldo. El permiso de paternidad lo pueden pedir los trabajadores por cuenta ajena, los funcionarios, los autónomos, empleados de hogar, etc.

Para solicitar este permiso hay dos requisitos:

  • Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta.
  • Tener cubierto un período de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del período de suspensión o del permiso o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a dicha fecha.

¿Cuánto dura el permiso de paternidad?

El período de duración del permiso de paternidad en 2022 es de 16 semanas, igual que el permiso de la madre.

Las 16 semanas de permiso para ambos progenitores se podrán dividir de este modo:

– 6 semanas son obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (o a la resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción). La madre biológica puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto.

Las 10 semanas restantes se disfrutarán en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto (o la resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción).

También hay un sistema que amplía los plazos en circunstancias especiales:

  • Ampliación en 1 semana para cada progenitor por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiples.
  • Ampliación en 1 semana para cada progenitor en caso de discapacidad del hijo/a.
  • Ampliación por parto prematuro y hospitalización (por un periodo superior a 7 días) a continuación del parto, hasta un máximo de 13 semanas.

Además de la regulación legal, es posible que el convenio colectivo del trabajador establezca alguna mejora en el permiso de paternidad, por lo que es recomendable consultarlo.

Duración permiso por nacimiento y cuidado del menor
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¿Cuánto se cobra?

Mientras disfruta del permiso de paternidad, el trabajador cobra el 100% de la base reguladora de su sueldo. Se toma como referencia la vigente al día de comienzo de disfrute del permiso, que la empresa comunicará a la Seguridad Social a través de un certificado de empresa. Las 16 semanas de permiso de paternidad los paga la Seguridad Social.

Cómo solicitar el permiso de paternidad

¿Dónde se presenta la solicitud?

El permiso por cuidado y nacimiento de menor (permiso de paternidad, o maternidad), lo gestiona el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) o el Instituto Social de la Marina, y se puede solicitar de cuatro formas posibles:

A) El trámite se puede hacer por Internet (con certificado digital o DNI electrónico) registrándose en el portal web “Tu Seguridad Social” (https://sede-tu.seg-social.gob.es) o directamente desde este enlace: “solicitud de permiso por cuidado y nacimiento de menor”

B) También se puede hacer por Internet, sin certificado digital.  Para ello hay que rellenar un formulario online que se encuentra disponible en este enlace oficial:  https://tramites.seg-social.es/acceso/prestacion-nacimiento-cuidado-menor.html

C) Otra alternativa es presentar la solicitud de forma presencial,  acudiendo en persona a las oficinas de la Seguridad Social (INSS), siempre pidiendo cita previa.

D) También se puede solicitar el permiso de paternidad por correo postal ordinario.  Para ello, debe rellenar el formulario (permiso por nacimiento y cuidado de menor), adjuntar el resto de documentación y enviarlo todo a la Dirección Provincial del INSS o del ISM que le corresponda, que puede localizar en este directorio. 

Documentación necesaria

Formulario de solicitud:
El impreso de solicitud del permiso de paternidad (descargar en pdf) es el mismo que para el permiso de maternidad.

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Descargar el formulario en pdf [706.00 B]

Además, hay que adjuntar la documentación habitual (aparece indicada en las últimas hojas del formulario anterior):

  • En caso de nacimiento: el libro de familia o Certificación del hijo en el Registro Civil (si el registro no está automatizado)
  • En el caso de adopción o acogimiento: la resolución judicial.
  • DNI o documento acreditativo, el certificado de empresa, el número de cuenta bancaria.
  • Hay otra documentación adicional para situaciones particulares, que está explicada en el dorso del impreso: familias numerosas, familias mono parentales, trabajadores fijos discontinuos, a tiempo parcial, perceptores de prestaciones por desempleo, etc.

¿Qué sucede si se produce la paternidad y se está cobrando el paro?

Si quien va a solicitar el permiso está cobrando una prestación contributiva por desempleo (el paro por haber cotizado más de 360 días), la prestación se suspende. El trabajador cobra su prestación por paternidad y cuando haya finalizado las cinco semanas, se reanuda la prestación por desempleo que estaba detenida. De este modo no se pierden esas semanas, que se añaden al tiempo reconocido de prestación.

Sin embargo, en el caso de los subsidios por desempleo y las ayudas extraordinarias (RAI, SUBSIDIO SED), no se puede cobrar la prestación por paternidad. Si se está cobrando una de estas ayudas y se produce el nacimiento del hijo, hay que comunicarlo a la oficina de empleo. Por un lado, es posible que modifique la situación de la unidad familiar y quizá pueda permitir el acceso a otras ayudas y por otro lado, el Servicio Autonómico de Empleo no convocará al trabajador a cursos de formación o sesiones obligatorias durante ese periodo.

El permiso de paternidad empezará a contar desde el primer día laborable siguiente al nacimiento

La nueva doctrina del Tribunal Supremo indica lo siguiente: a la hora de establecer desde qué día se empiezan a contar los permisos se tomará como día de inicio el primer día laborable siguiente, en este caso, al nacimiento. De tal modo que, por ejemplo, si el niño nace un viernes por la noche, el permiso de paternidad de un trabajador que trabaja de lunes a viernes comenzará a contarse a partir del lunes, primer día laborable.

 

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Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


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