El bono social térmico

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¿El Bono Social Térmico es lo mismo que el Bono Social Eléctrico? ¿Qué requisitos debo reunir para acceder a él? Te contamos cómo funciona.

El Bono Social Térmico

El Bono Social Térmico es una ayuda económica directa que el Gobierno pone a disposición de los consumidores vulnerables que tienen el bono social eléctrico para que puedan afrontar los gastos en la factura de calefacción, cocina y agua caliente.

¿Quiénes pueden acceder al Bono Social Térmico?

Podrán disfrutar de esta ayuda sin necesidad de trámites adicionales las mismas personas que hayan solicitado el Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior, o quienes lo hayan solicitado antes de esa fecha y cuya resolución haya sido favorable.

Los organismos responsables de tramitar estas ayudas son las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía, quienes se encargan de realizar las notificaciones a los beneficiarios y proporcionar información relacionada con el Bono Social Térmico.

 

¿En qué consiste el Bono Social Térmico?

El Bono Social Térmico es una ayuda complementaria, al que pueden optar las personas que hayan solicitado previamente el Bono Social Eléctrico y a las que se les haya concedido la ayuda.

Este Bono Social Térmico se calcula en base a dos variables distintas:

  • El grado de vulnerabilidad del consumidor
  • La zona geográfica donde viva

Ambos factores determinan las cuantías ya que, además del nivel de vulnerabilidad o el nivel de exclusión social en el que se encuentre el consumidor, para determinar la cantidad que va a recibir también se tiene en cuenta el clima. Esto se debe a que dependiendo de la zona donde resida, las temperaturas pueden variar, por lo que el uso de la calefacción en una región de frío, por ejemplo, no será el mismo que en zonas más cálidas.

Este bono se regula mediante el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, donde se establecen una serie de medidas urgentes para la protección de los consumidores y la transición energética.

Beneficiarios del Bono Social Térmico

Existen 3 categorías para determinar el perfil del consumidor, en función de su situación económica y social:

  • Vulnerable
  • Vulnerable severo
  • En riesgo de exclusión social

En este caso, es importante tener en cuenta que tanto para los consumidores vulnerables severos, como para los que se encuentren en riesgo de exclusión social, la ayuda se verá incrementada en un 60% con respecto a la zona climática en la que se encuentre.

Aquellas personas que hayan aplicado al Bono Social Eléctrico y se les haya concedido antes del 31 de diciembre del año anterior, recibirán una carta en su domicilio con la notificación.

 

Cuantías de ayuda del Bono Social Térmico

Como hemos comentado, la cuantía de la ayuda depende de la localización y del grado de vulnerabilidad del cliente, y puede ir desde los 25€ hasta los 123,94€.

Las zonas con temperaturas más cálidas se denominan Alfa, y va en aumento hasta llegar a la letra E, que determina las zonas donde hace más frío.

Zona Climática Consideración Ayuda (€)
Alfa Vulnerable 25
Alfa Vulnerable Severo 40
Alfa Riesgo de exclusión social 40
A Vulnerable 29
A Vulnerable Severo 46,40
A Riesgo de exclusión social 46,40
B Vulnerable 37,68
B Vulnerable Severo 60,29
B Riesgo de exclusión social 60,29
Zona Climática Consideración Ayuda (€)
C Vulnerable 49,84
C Vulnerable Severo 79,74
C Riesgo de exclusión social 79,74
D Vulnerable 67,56
D Vulnerable Severo 108,10
D Riesgo de exclusión social 108,10
E Vulnerable 77,46
E Vulnerable Severo 123,94
E Riesgo de exclusión social 123,94

 

¿Quién paga el bono social térmico?

 

financiación bono social térmico

 

El pasado 1 de junio,  el gobierno aprobó en Consejo de Ministros la concesión directa de subvenciones por valor total de 2,5 millones de euros a las comunidades y ciudades autónomas para colaborar en la financiación de los costes derivados de la tramitación del bono social térmico.

Las Comunidades llevan retrasos en el pago de esta ayuda, pero con los nuevos fondos, es previsible que se haga el pago en breve y con efecto retroactivo a los usuarios datos de alta en el bono social eléctrico.

 

¿Cómo se solicita el bono social térmico?

El pago de la ayuda que corresponda en cada caso, se realiza automáticamente en un único pago de forma anual, y es ingresado directamente en la misma cuenta corriente domiciliada desde donde se realizan los pagos de las facturas eléctricas.  Es decir,  no hay que solicitarlo. 

El bono social térmico se entregará automáticamente a todos los beneficiarios del bono social eléctrico a fecha 31 de diciembre, por lo que es muy importante asegurarse de tener activado el bono social eléctrico en esa fecha y renovarlo cada dos años.

En la página web del Bono Social Térmico, podrás comprobar qué zona climática te corresponde simplemente introduciendo tu provincia y municipio.

Preguntas frecuentes

¿Puedo renunciar a esta ayuda?

Sí, podrás hacerlo en el plazo de 10 días hábiles una vez que hayas recibido la notificación. Para comunicarlo, se hará por escrito a la Dirección General de Política Energética y Minas, Paseo de la Castellana, 160, Planta 6ª, 28071 – Madrid.

No tengo domiciliada la factura de la luz, ¿cómo puedo recibir la ayuda?

Cuando no se tenga domiciliado el pago de la factura eléctrica, en la misma notificación que recibas podrás facilitar el número de cuenta corriente donde desees recibir la ayuda, y enviarla a la Dirección General de Política Energética y Minas, Paseo de la Castellana, 160, Planta 6ª, 28071- Madrid.

Voy a cambiar de cuenta bancaria donde tengo los pagos domiciliados, ¿qué puedo hacer?

Si la cuenta bancaria no coincide con la que aparece en la notificación porque tienes una nueva, deberás enviar a la misma dirección un escrito con el texto “Comunicación de datos bancarios a efectos del Bono Social Térmico, presentado por medios no telemáticos” incluyendo tu nombre, apellidos, DNI, nuevo número de cuenta, lugar, fecha y firma. Puedes descargar el formato de escrito incluido en el modelo de carta para beneficiarios sin número de cuenta desde aquí.

¿Cómo acceden a mi información como consumidor para concederme la ayuda?

Las Comercializadoras de Referencia tienen hasta el 15 de enero de cada año para reunir toda la información de los consumidores que se acogieron al Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior, y remitirla a la Dirección General de Política Energética y Minas (DGPEM), incluyendo información detallada con nombres, DNI, domicilio, datos de cuentas bancarias y categoría de los beneficiarios (vulnerables, vulnerables severos o en riesgo).

Posteriormente, una vez recibida toda la información, se realiza el cálculo de presupuestos que son destinados a las Administraciones competentes junto con toda la información de los consumidores que van a recibir la ayuda.

Más información oficial sobre el bono social térmico

Si necesitas más información puedes contactar con el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía llamando al teléfono 913 146 673, o enviar un correo electrónico a ciudadano@idae.es.

Enlace oficial:   http://www.bonotermico.gob.es/

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1 comentario en «El bono social térmico»

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