Guía del pensionista. Derechos y deberes

Comparte este artículo

Recibir una pensión genera una serie de derechos y también obligaciones. Explicamos cuales son estos derechos y deberes con la guía del pensionista.

Guía del pensionista de la Seguridad Social

La Seguridad Social ha publicado la “Guía del pensionista” (pdf). Un interesante documento, no solo para los que reciban una pensión por primera vez, sino para todos los pensionistas.


¿Qué derechos tienen los pensionistas?

Los pensionistas cuentan con varios derechos entre los que se encuentran el derecho al abono de la pensión, a la asistencia sanitaria, a determinadas prestaciones familiares y a los servicios sociales. Explicamos que conlleva cada uno de estos derechos

Derecho a percibir la pensión

Si te han concedido una pensión, tienes derecho a percibir la cuantía que te corresponda. El pago se realizará cada mes y habrá dos pagas extraordinarias en junio y noviembre, aunque serán 12 pagas si se trata de una pensión a causa de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional.

También tienes derecho a elegir cómo percibir la pensión; mediante un ingreso en la cuenta bancaria o en efectivo, acudiendo directamente al banco cada mes. Si decides cobrar en efectivo se recomienda hacerlo durante los primeros 15 días del mes, ya que sino dicho importe se devolverá a la Seguridad Social y tendrás que reclamarlo para que se realice el pago de nuevo (antes de que transcurra un año).

Puedes cambiar en cualquier momento la forma de pago de la pensión o la entidad financiera acudiendo a uno de los Centros de Atención e Información del Instituto Nacional de la Seguridad Social (CAISS), o en su caso, cambiar de sucursal en su propio banco.

Derecho a la asistencia sanitaria

Como pensionista también tienes derecho a la asistencia sanitaria, tanto tú como tus beneficiarios. Esto quiere decir que tienes derecho a recibir atención médica y atención farmacéutica, aunque en algunos casos se deberá abonar parte del precio de venta de determinados medicamentos.

Por otra parte, si vas a viajar por España también tienes derecho a la asistencia sanitaria en otras comunidades llevando tu DNI (documento nacional de identidad).

Sin embargo, si el viaje lo piensas realizar a algún país de la Unión Europea, deberás solicitar la tarjeta sanitaria europea, que te permite acceder a la asistencia sanitaria en uno de los países del espacio económico europeo o Suiza en las mismas condiciones que los ciudadanos de dicho país, es decir, la asistencia será gratuita o no según el país al que se viaje. Hay que tener en cuenta que el viaje debe ser por trabajo, estudios o turismo.

Por último, si vas a viajar a cualquier otro país puedes consultar más información en los centros de atención e información del Instituto Nacional de la Seguridad Social (CAISS).

Derecho a percibir prestaciones familiares

Existen tres tipos de prestaciones familiares a las que se puede tener derecho como pensionista, siempre que se cumplan los requisitos para acceder a cada una:

  • Asignación económica por hijo o menor a cargo. Cuando hay menores de 18 años o mayores de dicha edad con discapacidad igual o superior al 65%, o menores en acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción.
  • Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo en caso de familias numerosas, monoparentales y de madres con una discapacidad igual o superior al 65%.
  • Prestación económica por parto o adopción multiples.

Derecho a los servicios sociales y otras prestaciones

Por otra parte, cómo pensionista puedes acceder a los servicios sociales complementarios, entre los que se encuentran la teleasistencia, la ayuda a domicilio o los que se puedan ofrecer desde las residencias u otros centros, y a otras prestaciones o servicios destinados a personas en situación de dependencia, que no pueden realizar determinadas labores del día a día o que necesitan ayuda para ello.

También puedes inscribirte en los viajes del IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales), viajes de turismo para personas mayores a precios reducidos o a su programa de termalismo social, destinado a prevenir enfermedades y realizar determinados tratamientos.

¿Qué deberes tienen los pensionistas?

El pensionista tiene derecho a todo lo que hemos explicado anteriormente, sin embargo, también tiene una serie de deberes con la Seguridad Social, entre los que destaca informar cuando varían las circunstancias, para ello cuentas con 30 días desde que se ha producido la variación.

Si percibes una pensión contributiva deberás informar al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) de cualquier circunstancia que pueda afectar al derecho al cobro de la prestación. Deberás comunicar el inicio de un nuevo trabajo, el cambio de domicilio, el estado civil, nacimientos o defunciones y el reconocimiento de otras prestaciones, ya sean nacionales o extranjeras.

Por otra parte, si percibes un complemento a mínimos, es decir, un complemento para llegar la importe mínimo de pensión también deberás informar cuando cambien las circunstancias de tu cónyuge, es decir, cuando comience a trabajar o se le conceda una prestación y, en cualquier caso, cuando aumente el nivel de renta de alguno de los dos, de forma que sea incompatible con este complemento.


Documentación: Descargar la guía del pensionista (formato pdf)

Otros artículos relacionados


Pensión mínima y pensión máxima de jubilación



Pensiones no contributivas. Cómo solicitarlas




Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.