La coordinación entre los Servicios Autonómicos de Empleo

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¿Cómo se coordinan los Servicios Públicos de Empleo cuando un trabajador desempleado se desplaza de una Comunidad Autónoma a otra?

 

¿En qué afecta el desplazamiento del trabajador de una Comunidad a otra?

 
Actualizado: 14/07/2019
 

El pago de prestaciones, subsidios y ayudas por desempleo tiene una gestión centralizada a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE, antes INEM), por lo que en caso de desplazamiento de una Comunidad a otra, el cobro no se vera afectado.

Eso si, es obligatorio comunicar al SEPE el nuevo domicilio, para que todas las notificaciones puedan ser recibidas correctamente.

Sin embargo, donde si se produce un cambio importante es en todo lo relativo a las políticas activas de empleo, que gestionan los Servicios Autonómicos.

Si el desplazamiento del trabajador en paro es de una localidad a otra, pero dentro de una misma Comunidad Autónoma, deberá informar en su nueva oficina de empleo para actualizar el nuevo domicilio, pero no es necesario anular el Itinerario Personalizado de Inserción (IPI), ya que lo continúa gestionando el mismo servicio autonómico de empleo.

Sin embargo, si el traslado se produce de una Comunidad a otra, se verán afectados los cursos para desempleados, la formación continua y la intermediación laboral que estaba recibiendo el trabajador en paro, ya que éstos son gestionados de forma independiente por cada Comunidad Autónoma.


La complicación se produce cuando hay traslado de domicilio de una Comunidad Autónoma a otra, ya que el trabajador debe inscribirse en el Servicio autonómico de empleo de la comunidad a la que llega.

 

En esta situación surgen muchas dudas lógicas; ¿se tienen las mismas coberturas y ayudas en materia de orientación y asesoramiento para los demandantes de empleo?, ¿puedo seguir buscando empleo en la Comunidad Autónoma a la que me traslado y también de la que procedo?,  ¿qué pasa si se está realizando un curso de formación para desempleados?,  ¿en qué situación queda un itinerario personalizado de inserción, lo que comúnmente se denomina IPI?, y en definitiva,  ¿existen realmente mecanismos de coordinación entre las diferentes Comunidades Autónomas en estos temas?






El traslado de expediente

 

Cuando un trabajador desempleado cambia de residencia desde una Comunidad a otra, lo primero que debe hacer es acudir a la Oficina de Empleo que le corresponda por su nuevo domicilio e inscribirse allí como demandante de empleo.

Una vez que el trabajador se ha inscrito en el servicio de empleo de la Comunidad Autónoma de destino, deberá comunicar también su nuevo domicilio al SEPE, el organismo estatal.

Lo más razonable sería pensar que todos los servicios a los que se ha tenido acceso en la Comunidad Autónoma de origen se trasladasen también a la Comunidad de destino, pero en la práctica no ocurre. El trabajador tendrá que comunicar ante el nuevo Servicio Público de Empleo Autonómico su disponibilidad para la búsqueda de empleo y actualizar todos su datos (curriculum, domicilio a efectos de comunicaciones, etc), interés en ofertas de empleo, etc. Lo que si se mantendrá sin cambios es el cobro de su prestación o ayuda por desempleo, gestionadas por el SEPE.

 

¿Qué sucede con los cursos de formación?

Los cursos que ya se han terminado en una comunidad autónoma, siguen teniendo validez, así como los certificados de profesionalidad que se hubieran podido obtener.

Sin embargo,si el desplazamiento se produce a mitad de un curso de formación, es prácticamente imposible que la parte del curso realizada se pueda aprovechar en la comunidad de destino, ya que lo cursos son independientes en cada comunidad.

 

Los Itinerarios Personalizados de Inserción (IPI)

En cuanto a los IPI (Itinerarios Personalizados de Inserción), el demandante debe informar al orientador laboral del servicio de empleo, para que se abra un nuevo itinerario en la Comunidad Autónoma de destino.

 

Es imprescindible mejorar la coordinación entre los Servicios Públicos de Empleo

Como resumen, llegamos a la conclusión de que los mecanismos de coordinación entre las diferentes Administraciones aún están por mejorar

.

Aunque los distintos planes anuales de empleo establecen que debe existir la máxima cooperación entre los Servicios Autonómicos de Empleo de las distintas Comunidades Autónomas, en la práctica diaria, se observa que ante un traslado desde una Comunidad a otra, el demandante de empleo se encuentra con una serie de obstáculos de carácter administrativo, debido a que los Servicios Públicos de Empleo de cada Comunidad Autónomaorganizan sus políticas y servicios en función de los recursos disponibles y con criterios que en ocasiones no son compartidos en otras Comunidades.

A través de instrumentos como el “Portal Único de Empleo”,, que unifica ofertas de trabajo de los distintos servicios autonómicos, se van dando pasos para mejorar la coordinación, pero son claramente insuficientes si se quiere facilitar la movilidad de los trabajadores para aprovechar todas las oportunidades de empleo.



Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


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