Cómo denunciar una infracción laboral

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Son muchas las consultas en las que los trabajadores nos preguntan qué pueden hacer para denunciar irregularidades e infracciones que se están cometiendo en las empresas para las que trabajan.

Cuatro modos de denunciar una infracción laboral

Actualizado: 23/03/2024

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En este artículo explicamos las distintas alternativas que tiene el trabajador para denunciar infracciones laborales, como salarios y horas extras impagadas, no respeto de la jornada de trabajo convenida, falta de contrato o alta en Seguridad Social, etc.

1.  Comunicarlo a los representantes de los trabajadores en la empresa

Este debería ser siempre el primer paso cuando la empresa incumple sus obligaciones o comete alguna infracción: intentar buscar una solución dentro de la propia empresa, comunicando la situación a los órganos de representación legal de los trabajadores:  el comité de empresa, los delegados sindicales y los delegados de empresa.

Una de las principales funciones de los representantes de los trabajadores es la de velar por que se cumplan las normas en materia de derechos laborales y para eso la ley les concede una especial protección frente al empresario, además de contar en muchos casos con el respaldo y cobertura de las grandes organizaciones sindicales.

Los sindicatos, además, ponen en marcha sistemas para denunciar infracciones laborales, por lo que incluso también es posible que el trabajador contacte directamente con el sindicato para denunciar lo que está ocurriendo en su empresa.

2.  El buzón de lucha contra el fraude laboral

Este “buzón” es una página web que el Ministerio de Empleo ha puesto en marcha para que cualquier ciudadano pueda comunicar infracciones y conductas fraudulentas para que sean objeto de análisis y, en su caso, de investigación por la Inspección de Trabajo.

La principal característica de este sistema es que es totalmente anónimo, de modo que no es necesario dar ningún dato personal de quien hace la comunicación.  La información que se envíe llegará a la Inspección de Trabajo, que lo analizará y si es necesario, pondrá en marcha los mecanismos de inspección.

La desventaja de utilizar este sistema del buzón es que el trabajador no puede hacer un seguimiento de las actuaciones que ha realizado la administración y que en muchos casos estas no llegan a ponerse en marcha, ya que se trata de una “comunicación” y no una denuncia formal ante la Inspección de Trabajo.  Si hay denuncia formal, siempre se inicia un procedimiento por parte de la Inspección.

Al buzón de puede acceder desde esta dirección web: https://expinterweb.mites.gob.es/buzonfraude/

En esta guía explicamos su funcionamiento: Cómo comunicar anónimamente desde el buzón de fraude laboral infracciones laborales.

Buzón anónimo de denuncias de fraude laboral

3.  Denunciar ante la Inspección de Trabajo

La Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social (ITSS) es un órgano de la administración para garantizar que se cumplan las leyes en materia de Derecho del Trabajo y Seguridad Social.

La Inspección actúa de varias formas:  por iniciativa propia, por petición de otros órganos administrativos o judiciales, o por denuncia de los ciudadanos.

A diferencia de lo que ocurre con el buzón anónimo, en las denuncias ante la Inspección, la persona que hace la denuncia debe identificarse, es decir, no hay la posibilidad de realizar denuncias anónimas, pero los funcionarios tienen el deber de guardar secreto respecto de los asuntos que conozcan, así como sobre los datos, informes, origen de las denuncias o antecedentes.  Es decir, es necesario identificarse a la hora de realizar la denuncia, pero el empresario no sabrá que ha sido la denuncia de una persona en concreto la que ha puesto en marcha la Inspección.

Cualquier persona puede denunciar ante la Inspección, no hace falta ser trabajador de la empresa denunciada.  Lo explicamos paso a paso en esta guía: cómo denunciar ante la Inspección de Trabajo.

Denunciar en la Inspección de Trabajo

La denuncia deberá de contener: 1) Los Datos personales de la persona que denuncia, 2) La descripción de los hechos, 3) Fecha y lugar donde se produjeron los hechos, 4)   Identificación de las personas responsables y 5)  También se podrá aportar cualquier documentación con la que se pueda justificar los hechos denunciados.

Las denuncias se pueden interponer en persona (en la oficina correspondiente), por correo postal o a través de Internet.

Toda la información (procedimiento, formularios, etc)  está disponible en la web de la Inspección de Trabajo:  http://www.mites.gob.es/itss/web/index.html

4.  Acudir a la vía judicial

El trabajador también puede denunciar las infracciones de la empresa y reclamar sus derechos ante los Juzgados de lo Social, a través de la correspondiente demanda.

El primer paso para ello es presentar la llamada “Papeleta de conciliación laboral”, que en la mayoría de los casos es necesaria antes de demandar a la empresa y  poner en marcha el proceso judicial.

En este punto, siempre recomendamos al trabajador que cuente con el asesoramiento de un abogado laboralista o graduado social, aunque también puede presentar la papeleta por sí mismo.

 

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En el artículo “¿Cuánto cuesta defenderse en un juicio laboral?” analizamos distintas alternativas y costes a la hora de demandar ante los Juzgados de lo Social: defenderse uno mismo, solicitar un abogado de oficio, abogados de sindicatos, o contar con los servicios de un graduado social, abogado laboralista, gestor administrativo o asesor legal.

 


Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


7 comentarios en «Cómo denunciar una infracción laboral»

  1. Hola , trabajó en una empresa de cerrajería hace 3 años, digo 3 años ya que en este tiempo la empresa a cambiado de nombre y no he recibido ningún tipo de finiquito , hace 1 año y 6 meses fui enviado como subcontrata a otra empresa, cambiando mi horario a disposición de la empresa ,y mis funciones a realizar han cambiado, pero solo tengo contacto con mi jefe directo para reclamar la nómina , e leído un poco y creo que estoy ante una cesión ilegal , entre muchas más irregulares que extenderían mucho este texto,quisiera denunciar pero temo quedarme sin empleo ,
    Que puedo hacer ?

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    • Buenos días.

      Hemos recibido la consulta que envió a través de Loentiendo.com, respecto a su situación en la cerrajería. Habría que comprobar con su contrato de trabajo y el modo en que se desarrolla, si efectivamente estamos ante un caso de cesión ilegal de trabajadores, aunque por los datos que ofrece, todo parece indicar que si.

      El temor que tiene usted a perder el empleo es el que prácticamente afecta a todos los trabajadores cuando se enfrentan a este tipo de irregularidades.   Dependiendo del tipo y tamaño de empresa, si se produce una denuncia ante la Inspección de Trabajo, hay más probabilidades de que el empresario identifique al trabajador. Si se trata de una microempresa, lo más probable es que finalmente se sepa. Ante esta situación, algunos trabajadores lo valoran y deciden no demandar, o a lo sumo, hacer una comunicación anónima a la Inspección de Trabajo a través del buzón laboral (  ).  En la práctica, en empresas muy pequeñas, con menos de una decena de trabajadores, demandar a la empresa suele implicar que se rompa la relación laboral.  En empresas más grandes, ya se diluye esta pérdida de confianza.

      Yo le recomendaría contar con que un profesional analice su caso con toda la información para tener claras las posibilidades de éxito en caso de una demanda laboral y luego, con esa certeza, decidir si sigue adelante o no con la demanda. También hay que valorar la gravedad de los perjuicios que esté sufriendo a la hora de tomar la decisión, pero recuerde que también tendrá la oportunidad de demandar el día en que esa relación laboral se rompa, por un despido, o cualquier otra extinción del contrato.

      Un saludo

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  2. Que tengo 5 años trabajando y cobro todo en efectivo y la nomina figura 1180 euros y yo gano 1500 ,y yo los ingreso todo al banco quiero retirarme quisiera saber si puedo hacer extinción del contrato de trabajo.

    Respuesta de los moderadores

    Sería necesario revisar toda la información y la documentación disponible para ver qué tipo de incumplimientos está llevando a cabo el empresario y si por ello puede solicitar la extinción del contrato de trabajo y denunciar ante la Inspección de Trabajo. Lo que no le recomendamos en absoluto es presentar una renuncia o baja voluntaria, ya que ello implica perder el derecho a una indemnización y dificulta el acceso a las prestaciones por desempleo.

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  3. Tengo que estar trabajando al poner la denuncia o la puedo poner cuando sepa que no se me van a dar los 5 días de permiso por ingreso de un familiar porque la empresa los considera días naturales?

    Respuesta de los moderadores

    Para poner una denuncia ante la Inspección de Trabajo no es imprescindible estar trabajando en ese momento. Incluso puede denunciar una tercera persona que conozca los hechos y que no forme parte directa de la relación laboral. Eso si, para la denuncia, hay que contar con medios de prueba que acrediten la infracción del empresario.

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  4. Buenos días. Trabajo en una empresa de artes gráficas subcontratado por Ett temps para dar servio a dicha empresa.
    Ha la hora de firmar los partes de horas la empresa nos dice que pongamos 7’75 h diarias porque el cuarto de hora de descanso que tenemos no es remunerado.
    Trabajo 8 h continuadas . Se lo comento a la ETT y me dice que eso será según convenio de artes gráficas. Creo que tenemos derechos y que por una jornada de 8h continuadas tenemos un descanso de 15 minutos remunerados . Entonces mi pregunta es?? Puede la empresa quitarme esos 15minutos del parte de horas y no pagarmelo??

    Respuesta de los moderadores

    Según el art. 34.4 del Estatuto de los Trabajadores: “Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un periodo de descanso durante la misma de duración no inferior a quince minutos. Este periodo de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo”.
    Por ello, hay que consultar en tu convenio colectivo cómo está regulado, ya que el Estatuto admite que no se considere tiempo de trabajo efectivo si así lo contempla el convenio.

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    • Buenos días. Para denunciar no hace falta conocer la denominación social de la empresa. En la denuncia ante la Inspección de Trabajo hay que dar toda la información posible que les permita a ellos investigar la empresa. Puede ser un número de teléfono, dirección de email, dirección física, nombre de alguno de sus responsables, nombre de alguno de sus productos, un anuncio, etc … en definitiva, cualquier medio que les permita a los inspectores dar con los responsables. Tiene más información en la página de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, ITSS, donde se explican los requisitos de una denuncia formal, en la que usted si deberá identificarse como denunciante. Para realizar una denuncia anónima, se puede utilizar el buzón de fraude laboral.

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