Explicamos los requisitos para que un trabajador que esté cobrando la Renta Activa de Inserción (RAI), pueda pasar a cobrar el subsidio para mayores de 52 años.
La RAI ha quedado derogada desde el 1 de noviembre de 2024
Actualizado: 03/03/2025
Importante: la reforma de los subsidios del RDL 2/2024 derogó la RAI a partir del 01/11/2024. Es decir, a partir del 1 de noviembre de 2024 ya no se pueden solicitar nuevas RAI ni prórrogas de las antiguas, como explicamos en este artículo.
Eso si, las personas que ya tenían reconocida una RAI antes de la reforma, podrán seguir cobrándola, ya que la normativa permite que se les siga aplicando la legislación antigua hasta que terminen totalmente la duración de la ayuda.
Para las personas que mantienen una RAI con la normativa antigua publicamos la siguiente información:
¿Qué sucede si mientras cobro la RAI cumplo 52 años de edad?
Una situación relativamente frecuente es la del trabajador que mientras está cobrando la RAI para desempleados de larga duración mayores de 45 años, cumple la edad de 52 y se plantea si puede solicitar el subsidio.
En primer lugar, hay que aclarar que siempre que se pueda elegir entre la RAI, u otro subsidio, y el subsidio de mayores de 52 años, siempre tendrá preferencia el de mayores de 52, ya que aunque en todos se cobra la misma cantidad (431 euros al mes), el subsidio de mayores de 52 tiene varias ventajas sobre el resto de ayudas:
- Es un subsidio que cotiza para la jubilación del trabajador (un 125% de la base mínima)
- Es un subsidio que no tiene en cuenta las rentas del resto de miembros de la unidad familiar, tan solo las del solicitante.
- Es un subsidio que siempre se cobra al 100% (431 euros), es decir, no hay reducción por el hecho de que el último contrato haya sido a tiempo parcial.
Por todo lo anterior, cuando un trabajador esté cobrando otro subsidio y cumpla los requisitos del de mayores de 52 años, debe solicitar el cambio a este último, ya que es más beneficioso que el resto.
¿Puede un trabajador que está cobrando la RAI, pasar a cobrar el subsidio de mayores de 52 años?
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), responde a esta consulta bastante habitual, del siguiente modo:
“Podrá acceder al subsidio para mayores de 52 años si acredita las cotizaciones exigidas para ello, siempre que anteriormente haya percibido otro subsidio distinto del SED y que, desde entonces, haya mantenido la inscripción como demandante de empleo de manera ininterrumpida, o con interrupciones inferiores a 90 días naturales o que se deban a la realización de actividad. Para tramitar su solicitud deberá solicitar cita previa”.
Es decir, si el trabajador cumple los requisitos del subsidio de mayores de 52, no hace falta esperar a agotar la RAI, sino que basta con solicitar el subsidio en el momento en que se cumplan los requisitos (normalmente cuando se alcanzan los 52 años). Pidiendo cita previa, en la oficina de prestaciones comprobarán los requisitos y se hará el cambio de la RAI al subsidio de mayores de 52.
En la respuesta del SEPE se menciona el cumplimiento de una serie de requisitos del subsidio de mayores de 52:
- Requisito de cotizaciones: tener cotizados al menos 15 años para la jubilación y que dentro de esos 15 años, haya al menos dos de ellos que se hayan cotizado en los últimos 15 años. Estas cotizaciones para la jubilación pueden ser en cualquier régimen: régimen general por cuenta ajena, empleados de hogar, autónomos, etc. Además, del total de años cotizados (15 como mínimo), en este subsidio se exige que el trabajador haya cotizado al menos 6 años de esos 15 en el régimen general, con cotizaciones por desempleo.
- Haber percibido otros subsidio por desempleo distinto del SED: esta condición ya está implícita en la propia RAI para mayores de 45, ya que esta ayuda no se aprueba si el trabajador no ha agotado antes alguna prestación o subsidio por desempleo a lo largo de su vida laboral.
- Inscripción ininterrumpida como demandante de empleo: para pasar de la RAI al subsidio de mayores de 52, el SEPE pide que como hecho causante, el trabajador haya estado apuntado al paro de forma ininterrumpida desde que agotó el último subsidio, o que si hubo interrupciones en la inscripción, haya sido o bien por periodos inferiores a los 90 días, o bien porque el trabajador haya estado trabajando (por cuenta ajena, como autónomo, etc).
En este artículo hemos explicado la situación más frecuente, que es el paso de la RAI para desempleados de larga duración mayores de 45 años, al subsidio de mayores de 52, pero este cambio también es posible desde las otras modalidades de la RAI: RAI por discapacidad, emigrantes retornados y víctimas de violencia de género.
Si ya no se puede pedir la RAI ¿qué ayuda la sustituye?
Hay muchas personas que quedan sin protección por la derogación de la RAI desde el 01/11/2024, por ejemplo las que iban a solicitar la ayuda por primera vez, o bien su segunda o tercera RAI renovadas. En estos casos, el gobierno ha previsto que sea el Ingreso Mínimo Vital (IMV) la ayuda que la sustituya, pero cumpliendo los requisitos de acceso del IMV (que en ocasiones son más severos que los de la antigua RAI).
Desde el SEPE se enviará una comunicación al trabajador desempleado por si está interesado en solicitar el IMV a través de la llamada “pasarela de transición al IMV”.
hola tengo 52 años y he pedido la ayuda tengo los 15 años cotizados y los dos últimos dentro del tiempo que piden ,lo pedí el 30 de diciembre de 2024 pero todavía no he recibido respuesta, no se que significa lo de 6 años cotizados por desempleo , también me gustaría saber si la rai que ya la cobre sirve como ayuda a esta ayuda . gracias
Buenas tardes Ana. El retraso que tiene el SEPE es el habitual esos días en muchas provincias. Hay gran cantidad de trámites pendientes y algunas oficinas de prestaciones están saturadas, con tiempos de respuesta superiores a un mes.
Sobre lo que consulta, le puedo aclarar que lo de “seis años de cotizaciones por desempleo” significa que dentro del total de años que haya cotizado (15 como mínimo) al menos 6 de esos años tienen que tener cotizaciones por desempleo. Por ejemplo, un autónomo puede haber cotizado 30 años para la jubilación, pero no podrá solicitar el subsidio para mayores de 52 años porque nunca ha cotizado por desempleo, ya que los autónomos no cotizan al paro contributivo.
Durante el tiempo que se cobra la RAI tampoco hay cotizaciones, por lo que es un periodo de tiempo que no se tiene en cuenta a la hora de solicitar el subsidio.
Un saludo
hola actualmente estoy cobrando la RAI anteriormente agote una prestacion por desempleo y desde entonces estoy inscrito ininterrumpidamente,, queria solicitar el subsidio mayores de 52 años, y tengo entendido que la SED y la RAI no es via de acceso, pero anteriormente tengo agotada una prestacion por desempleo y desde entonces estoy inscrito ininterrumpidamente,
seria posible ?
Hola Javier. También hemos recibido tu consulta a través del mail y te la hemos respondido.
Estoy cobrando la Rai y quiero pedir el subsidio para mayores de 52 años.
He cotizado más de 15 años, dos de los cuales en los últimos 15 años. También he cotizado 6 años en el régimen general.
Estoy inscrita como demandante de empleo hace más de tres años.
He recibido otro subsidio diferente de la Rai o Sed, pero fue en el año 2002, puedo pedir el subsidio para mayores de 52 años?
Respuesta de los moderadores
Aunque es posible que en el SEPE algún funcionario le diga lo contrario, con los datos que facilita sí podría solicitar el subsidio, tras el agotamiento de la RAI.