Cobrar el paro durante una excedencia voluntaria

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Una excedencia voluntaria es aquella que solicita el propio trabajador a la empresa, de tal modo que el contrato de trabajo queda suspendido durante un determinado periodo de tiempo.

¿Puede pedirse el paro mientras se está en excedencia voluntaria?

La empresa me ha concedido la excedencia voluntaria. ¿Puedo trabajar en otra empresa distinta?

Habitualmente, las excedencias voluntarias se suelen pedir por motivos personales, como emprender otra actividad profesional, estudios, cuidar a un familiar, etc.

A diferencia de las excedencias forzosas o las que se piden para cuidar a un hijo, en las excedencias voluntarias el trabajador no tiene garantizada la reserva de su puesto de trabajo, sino un derecho preferente al reingreso cuando haya vacantes en un puesto de su categoría.

Para solicitar la excedencia voluntaria el trabajador debe tener una antigüedad mínima de un año en la empresa y en la solicitud que haga al empresario se debe establecer claramente la duración de la excedencia, que será como mínimo de cuatro meses y como máximo de cinco años.

Durante el periodo en que el trabajador se encuentra en excedencia voluntaria, que pueden ser meses o años, puede trabajar para otras empresas, emprender negocios propios, etc, y una de las dudas más frecuentes es si durante ese periodo de excedencia voluntaria se puede acceder a las prestaciones por desempleo.

Pedir el paro durante la excedencia voluntaria es posible, si se cumplen los requisitos y hay nuevas cotizaciones

A través de un ejemplo vamos a ver las distintas posibilidades.

Ana trabajaba como teleoperadora y pidió a su empresa una excedencia voluntaria de un año, desde el 1 de junio de 2018 al 1 de junio de 2021.  La empresa se la concedió.
Un mes después de dejar el trabajo, Ana encontró empleo como traductora de inglés durante seis meses, terminándose este contrato el 1 de enero de 2021, cuando aún está vigente su excedencia voluntaria. 

¿Puede Ana pedir el paro tras el último contrato que ha finalizado?

Si, puede pedirlo.  Cuando un trabajador está en excedencia voluntaria y tiene un nuevo contrato con otra empresa, puede pedir la prestación por desempleo cuando cese en este último trabajo, ya que, ahora si, se encontraría en situación legal de desempleo.  Lógicamente debe cumplir todos los requisitos para recibir cada prestación o subsidio:  tener cotizaciones suficientes,  haber perdido el empleo por causas ajenas a su voluntad ( fin de contrato, despido, etc).

En nuestro ejemplo, Ana podrá pedir el paro tras la finalización del contrato de traductora.  El tipo de prestación o subsidio dependerá entre otras cosas de las cotizaciones por desempleo que tenga acumuladas el trabajador y de sus circunstancias personales, etc ( ver Guía de prestaciones).  Para calcular la base de cotización de este paro que va a solicitar Ana, se tendrán en cuenta sus cotizaciones acumuladas sin consumir, pero no el periodo de tiempo cotizado en la empresa que le ha concedido la excedencia (en el ejemplo, la empresa de telefonía móvil).

¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar una prestación?

La duración dependerá del tipo de prestación o subsidio que se le haya reconocido, pero ella únicamente podría cobrarlo hasta el  día 1 de junio de 2021, que es la fecha en la que en nuestro ejemplo se debe pedir la reincorporación a la empresa de telefonía.

En general ¿qué ocurre si la duración de la prestación por desempleo va más allá de la fecha de fin de la excedencia?

El trabajador cobrará la prestación hasta la fecha de finalización de la excedencia, por lo que a partir de ese momento el abono de la prestación se suspenderá, a la espera de que el trabajador solicite la reincorporación a la empresa y ésta le responda.

Llegado el 1 de junio de 2021 (fecha de fin de la excedencia voluntaria), Ana tiene que ponerse en contacto con su antigua empresa de telefonía, porque es la fecha en que termina la excedencia y pedir la reincorporación.

¿Qué pasaría si la empresa deniega la reincorporación por falta de vacante?

La trabajadora podrá seguir percibiendo la prestación por desempleo, pero tiene que demostrar al Servicio Público de Empleo que ha solicitado el reingreso en la empresa y que ésta no se lo ha permitido por no disponer de vacantes en su puesto.  Esto se hace aportando el documento de la empresa en la que rechaza la posibilidad de la reincorporación.

Si tras pedir la excedencia voluntaria el trabajador no encuentra ningún empleo ¿puede pedir el paro?

Este es un supuesto distinto al anterior. Es el caso en el que Ana, después de pedir su excedencia voluntaria en la empresa de telefonía, no lograse encontrar ningún nuevo trabajo.

¿En estos casos no se puede pedir ninguna ayuda o prestación?.

Al pedir la excedencia voluntaria, se considera que el trabajador no se encuentra en situación legal de desempleo, ya que ha perdido el trabajo que tenía por su propia decisión.  Da igual que tuviera cotizaciones acumuladas anteriores suficientes para pedir el paro. Tendrá que esperar a que termine su periodo de excedencia voluntaria  y solicitar el reingreso, o bien encontrar un nuevo empleo y cuando éste termine, pedir el paro (que es el caso que explicamos en primer lugar).

En el ejemplo con el que estamos explicando el tema, si Ana no encuentra trabajo después de pedir la excedencia voluntaria, para poder cobrar el paro tendría que esperar a la fecha de fin de la excedencia voluntaria ( 1 de junio de 2019) y solicitar el reingreso en la empresa. Si la empresa no tiene puestos disponibles, se lo comunicará a Ana mediante un escrito con el que se pone fin a la relación laboral y con ese escrito Ana podrá ir a la oficina de empleo a pedir el paro por las cotizaciones que tuviera acumuladas y sin consumir.

Referencias normativas

 


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