El Cheque familiar: requisitos y cómo solicitarlo

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El Cheque familiar es una deducción de 1.200 o 2.400 euros anuales en el IRPF para las familias numerosas, familias monoparentales con al menos dos hijos y personas con ascendientes o descendientes con discapacidad.

¿Qué es el Cheque familiar?

 
Se trata de una deducción en la declaración de IRPF de 1.200 o 2.400 euros. Explicado de forma sencilla, esto significa que las personas que cumplen los requisitos del cheque familiar pagarán menos impuestos o si la declaración les sale a devolver, podrán tener más devolución por parte de Hacienda.   Entonces ¿por qué se llama “cheque familiar“?.
 
El gobierno ha diseñado dos formas en las que beneficiarse de esta deducción.
 
-La primera de ellas, es esperar a que llegue la fecha para hacer la declaración anual de la renta (en la que estamos ahora) y en ese momento aplicarse la deducción.  Por ejemplo: si tras hacer todos los cálculos en la declaración, a una persona con familia numerosa le correspondía una devolución de 1.000 euros, al aplicarse el cheque familiar, le devolverán 1.200 euros más, es decir, 2.200 euros.  O si por ejemplo, le tocaba pagar 4.000 euros, con la deducción del cheque familiar pagará solamente 2.800 euros.  Es decir, el cheque familiar, aplicado a la hora de hacer la declaración, es realmente dinero (como un cheque), ya que supondrá pagar menos o recibir una mayor devolución.

-La segunda forma de recibir este “cheque familiar” es pedirle a la Agencia Tributaria que en lugar de esperar a la declaración de la renta anual, nos anticipe la deducción mes a mes, recibiendo la parte proporcional.  Por ejemplo, si se cumplen los requisitos para recibir los 1.200 euros anuales,  se puede solicitar cobrar 100 euros cada mes, que se recibirán mediante transferencia bancaria.

 

¿Quién lo puede cobrar? Requisitos del cheque familiar

 
El Cheque familiar pueden solicitarlo los contribuyentes con derecho a deducciones por:

  • ser familia numerosa general (tres o más descendientes y situaciones equiparables por ley) o familia numerosa de categoría especial ( cinco o más descendientes y situaciones equiparables).
  • ser una familia monoparental con al menos dos hijos. Una familia monoparental es aquella en la que sólo un adulto (padre o madre) se hace cargo de los hijos.
  •  tener un familiar descendiente o un ascendiente con discapacidad.

Además de encontrarse en uno de los supuestos anteriores, deberá cumplir alguno de estos dos requisitos:

  • Estar trabajando, dado de alta en el sistema que corresponda de la Seguridad Social, (por cuenta ajena o por cuenta propia) y haber cotizado el periodo mínimo exigido o,
  • Encontrarse en situación de desempleo cobrando el paro, o percibiendo una pensión.

Se deberá presentar una solicitud por cada deducción. Si a varios familiares les corresponde y presentan la deducción sobre el mismo familiar, el importe se prorratea entre ellos. Las deducciones tienen como límite las cotizaciones y cuotas que se hayan abonado cada año a la Seguridad Social y Mutualidades. Este límite se realiza por separado por cada deducción que se solicite.

En caso de familia numerosa o monoparental con dos hijos, la deducción será de 1.200 euros y las familias numerosas de categoría especial, 2.400 euros anuales. Cuando se tengan ascendientes o descendientes con discapacidad y se cumplan el resto de requisitos, la deducción será de 1.200 euros por cada familiar.


Cómo solicitar el cheque familiar

 
Como hemos visto, la deducción del cheque familiar se puede solicitar al realizar la declaración anual de la Renta, o bien se puede pedir el abono anticipado mensual.

La solicitud del abono anticipado mensual se puede hacer de tres formas:

  • Por internet, presentando el modelo 143. Será necesario disponer de certificado digital, dni electrónico o usuario y contraseña del sistema cl@ve.
  • Presencialmente, acudiendo a cualquier oficina de la Agencia Tributaria con cita previa.
  • Por teléfono, llamando 901 200 345, teniendo a mano la declaración de la renta del año anterior, ya que solicitarán que se indique el importe de una de las casillas.
  •  
    La documentación necesaria para el abono mensual será:

  • En su caso, disponer del título de familia numerosa o de certificación que muestre el grado de discapacidad del ascendiente o descendiente de forma oficial.
  • Estar dado de alta en la Seguridad Social, trabajar por cuenta propia o ajena y cumplir con los periodos mínimos de cotización requeridos. O, estar cobrando el paro o pensión.
  • Tener el DNI o NIF de todos los intervinientes en la solicitud.
  • Contar con un número de cuenta bancaria y el IBAN.
  •  
    La solicitud se puede presentar colectiva o individualmente. Será colectiva cuando sea firmada por todos los miembros que tuviesen derecho a la deducción por el mismo supuesto; e individual, cuando lo presente más de una persona a la que corresponda el derecho. En este último caso, la cantidad se prorrateará entre los solicitantes.

     

    Renovación anual del cheque familiar

     
    No es necesario presentar una renovación de la solicitud cada año para recibir la ayuda ni para mantener el cobro anticipado, ya que una vez concedido se renueva automáticamente. Sólo habrá que estar atento en caso de que se produzca alguno de los siguientes casos, que habría que notificar a la Agencia Tributaria:

  • Cambios de residencia.
  • El fallecimiento del beneficiario, en caso de abono anticipado.
  • Baja o cambio de régimen en la Seguridad Social o mutualidad.
  • Renuncia al cobro anticipado o cambio de modalidad (en este caso sólo se podrá modificar los meses de enero).
  • Modificaciones en la situación de los ascendientes o descendientes que den lugar a la pérdida del derecho a la deducción.
  •  
    En estos casos, se deberá presentar el modelo 143 en un plazo de 15 días comunicando a la Administración los cambios o, en su caso, el incumplimiento de los requisitos para seguir recibiendo la ayuda.


    ¿Puedo cobrar el cheque familiar si cobro el paro o si recibo una pensión?

     
    Las personas que se encuentren cobrando el paro (bien sea la prestación contributiva o un subsidio) o algún tipo de pensión (de los regímenes públicos de previsión social o asimilados) también podrán solicitar el cheque familiar si cumplen todos los requisitos que hemos explicado en el punto segundo, es decir:  tener derecho a deducciones por familia numerosa general, familia numerosa de categoría especial, familia monoparental con al menos dos hijos, o por tener un familiar descendiente o un ascendiente con discapacidad.

    Cumpliendo los requisitos anteriores, si se cobra el paro o una pensión también se podrá solicitar el cheque familiar, aunque no se esté trabajando por cuenta ajena o por cuenta propia. El procedimiento de solicitud del abono anticipado mensual es el mismo.

     
    Más información y normativa:
     

  • Preguntas frecuentes sobre el cheque familiar (Informa Agencia Tributaria)
  • Información General (Agencia Tributaria).
  • Orden HAP/2486/2014, de 29 de diciembre,
  • Artículo 81 bis de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Art. 60 bis del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.

    1 comentario en «El Cheque familiar: requisitos y cómo solicitarlo»

    1. no me quedó claro. Soy familia monoparental: madre y dos chicos de 16 años. Al cobrar por orden judicial ayuda de 400 euros del padre en concepto de alimentos para los menores no he podido nunca cobrar esta ayuda. Al hacer la renta tambien hace menciona a un numero de familia numerosa que te dan,,,numero que en caso de familia monoparental no tengo. He solicitado el certificado de familia monoparental y está en vigor pero no hay ningun numero de registro. Intente solicitar la igualdad a familia numerosa pero me contestaron que aunque la noticia salio en prensa no salió ninguna ley que lo certifique; y sin ese numero en el impreso on line de la declaracion de renta no deja poner para recibir la ayuda….¿No tengo derecho a ella?

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