Cambios en la forma de calcular el paro en 2023

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En 2023 se cobrará más paro por el nuevo sistema de cálculo de la prestación contributiva por desempleo (el paro que se cobra cuando se han acumulado al menos 360 días cotizados) y el importe de los subsidios.

cambios en la forma de calcular el paro

Actualizado 03/02/2023

El año 2023 trae algunas novedades respecto a los importes que se cobrarán en los subsidios y prestaciones por desempleo.

SUBSIDIOS POR DESEMPLEO

Los subsidios por desempleo en 2023 tendrán un importe de 480 euros al mes.   Este incremento respecto a lo que se cobraba en 2022 (463,21 euros), se debe al incremento del IPREM en los Presupuestos Generales del Estado, que ha pasado de los 579,02 a los 600 euros mensuales.

El IPREM es el mecanismo que se utiliza para calcular lo que se cobra cada año en cualquiera de los ocho subsidios por desempleo que existen:  por ley, un subsidio que se cobra íntegro debe tener un importe del 80% del IPREM.

Aunque el Salario Mínimo Interprofesional va a subir en 2023 hasta los 1.080 euros al mes, esto no influye en lo que se cobrará de subsidio, ya que no depende del SMI, sino de otro indicador, el IPREM, que ya se ha subido en los OGE y por el que se cobran los 480 euros mensuales.

En lo que si influirá el nuevo SMI es en el cálculo de rentas máximas para poder acceder a los subsidios.  Como son el 75% del Salario Mínimo, al subir el salario mínimo de 1.000 euros al mes a 1.080, el tope de rentas en 2023 pasará de los 750 euros al mes, a 810 euros al mes.

 

LA PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA POR DESEMPLEO

La prestación contributiva por desempleo  es el paro que el trabajador puede cobrar cuando se queda en situación legal de desempleo y ha acumulado al menos 360 días de cotizaciones por desempleo sin consumir en los últimos 6 años.

Todo lo relativo a la prestación contributiva lo explicamos con detalle en esta guía actualizada 2023: requisitos, topes mínimo y máximo, documentación, cómo solicitarla, plazos, etc.

En este artículo vamos a explicar un  importante cambio que se ha producido en 2023 en la fórmula para calcular los importes que se cobran de la prestación.

Hasta ahora,  durante los primeros seis meses de paro, el trabajador cobraba el 70% de su base reguladora y a partir del mes séptimo (día 181 de cobro de la prestación), ese porcentaje se reducía al 50% (art. 270 LGSS).

A partir del 1 de enero de 2023, cambia la forma de calcular el paro: durante los primeros 6 meses, el trabajador cobrará el 70% de su base reguladora, pero a partir del mes séptimo (día 181) pasará a cobrar el 60%, en lugar del 50% que se cobraba hasta ahora.

Este cambio puede suponer en algunos casos una subida importante del paro.  Lo vemos en un ejemplo:

Ejemplo 1:   María se queda en paro después de cotizar durante años y le corresponde el máximo de duración de su prestación (dos años), con una base reguladora de 1.000 euros al mes.

Hasta ahora, si María agota su prestación y cobra los dos años (24 meses), le correspondería durante los primeros seis meses, el 70% de la base reguladora (700 € X 6 meses, 4.200 €) y a partir del mes séptimo, el 50% (500 € X 18 meses, 9.000 €).  En dos años cobraría un total de 13.200 euros:

A partir del 1 de enero de 2023, con el nuevo porcentaje, una persona en la misma situación que María, cobraría lo siguiente:  4.200 euros los primeros seis meses (700 € X 6 meses) y 10.800 euros el resto (600 euros X 18 meses).  En total, 15.000 euros.    El cambio legal ha supuesto cobrar 1.800 euros más.

¿Dónde está regulada esta modificación legal en la forma de calcular el paro?

En la Ley 30/2022 de Presupuestos Generales del Estado para 2023 (Disposición final 25ª), que modifica el art. 270 de  la LGSS, que es la norma que regula los porcentajes de cobro del paro.

Cambios en la fórmula para calcular el paro

 

Ocho. Se da nueva redacción al apartado 2 del artículo 270, que queda redactado como sigue:

“2. La cuantía de la prestación se determinará aplicando a la base reguladora los siguientes porcentajes: el 70 por ciento durante los ciento ochenta primeros días y el 60 por ciento a partir del día ciento ochenta y uno.”

 

¿Y esta medida a quién beneficia?

El incremento de los porcentajes de la prestación no solo beneficia a las personas que accedan a la prestación contributiva en 2023, sino que también se beneficiarán de ella quienes ya la estuvieran cobrando, tal y como se dispone en la Disposición transitoria novena de la LPGE:

Disposición transitoria novena. Régimen transitorio aplicable a la prestación por desempleo.

Los porcentajes a que se refiere el artículo 270 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, se aplicarán también a quienes, a la entrada en vigor de esta ley, estuvieran percibiendo la prestación por desempleo.

 


Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento profesional para un caso concreto, puede solicitarlo a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.