Las ayudas para parados de larga duración

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Ayudas para parados de larga duración: Renta Activa de Inserción (RAI) y el nuevo Subsidio Extraordinario por desempleo (SED) 

¿Cuáles son las ayudas para desempleados de larga duración?

Ayudas para desempleados de larga duración

Actualizado: 22/01/2023

En 2023, las ayudas existentes en el Sistema Público de Empleo las ayudas para desempleados de larga duración son dos: la Renta Activa de Inserción (RAI) y el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED). El subsidio SED ha sustituido a dos ayudas que estuvieron vigentes hasta el 30 de abril de 2018 y que ya no se pueden solicitar: el Plan Prepara y el Programa de Activación para el Empleo (PAE).

A continuación explicamos las dos ayudas vigentes en 2023:

 

1- LA RENTA ACTIVA DE INSERCIÓN (RAI)

La Renta Activa de Inserción (RAI), es una ayuda de 480 euros mensuales, que se otorga  por periodos de 11 meses renovables hasta tres anualidades (en total 33 meses). Se concede en cuatro situaciones, dos de ellas para desempleados de larga duración.

En los dos primeros casos, se considera que es parado de larga duración el trabajador que ha estado inscrito ininterrumpidamente como demandante de empleo al menos 12 o más meses, es decir, un año apuntado al paro y además cumple el resto de requisitos generales de la ayuda: carecer de rentas, llevar a cabo la búsqueda activa de empleo y haber agotado a lo largo de su vida laboral alguna prestación o subsidio por desempleo.

En la RAI se exige el doble requisito de carencia de rentas, de modo que el solicitante no debe tener rentas propias que superen los 750 euros mensuales (el 75% del SMI vigente), ni tampoco la media de ingresos por miembro de su unidad familiar debe superar dicho importe.

Toda la información sobre la RAI y cómo solicitarla está disponible en la guía 2023 de la Renta Activa de Inserción:

 

Renta Activa de Inserción (RAI)

2- EL SUBSIDIO EXTRAORDINARIO POR DESEMPLEO (SED)

Esta nueva ayuda únicamente pueden solicitarla aquellos desempleados de larga duración que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener responsabilidades familiares (cónyuge o hijos menores de 26 años a su cargo)
  • Carecer de rentas.En el SED se exige el doble requisito de carencia de rentas, de modo que el solicitante no debe tener rentas propias que superen los 750 euros mensuales, ni tampoco la media de ingresos por miembro de su unidad familiar debe superar dicho importe.
  • No haber cobrado anteriormente la ayuda del PAE (Programa de Activación para el Empleo)
  • Y que además se encuentren en una de estas dos situaciones (a o b):

a) Haber agotado un subsidio ordinario por desempleo (ayuda familiar, cotización insuficiente, etc), en cuyo caso deben pedir el subsidio extraordinario dentro de los 15 días siguientes al agotamiento de los subsidios ordinarios.

b) Ser parado de larga duración, inscrito en el paro a fecha 1 de mayo de 2018 y que en algún momento de su vida laboral hayan agotado alguna de estas ayudas por desempleo: prestación contributiva, subsidios por desempleo, Renta Activa de Inserción RAI, Plan PREPARA o el antiguo PRODI. En este caso no hay límite de plazo para solicitar el SED.

Como se puede comprobar, el acceso al Subsidio Extraordinario es una carrera de obstáculos que deja fuera a muchos desempleados de larga duración.

¿Cuánto se cobra en el Subsidio SED?

El SED es un subsidio de 480 euros al mes durante seis meses improrrogables. Toda la información para solicitar esta ayuda está disponible en la guía completa del SED 2023:

El Subsidio extraordinario por desempleo (SED)

Para poder cobrar en algún momento la RAI o el SED hay que cumplir el requisito de apuntarse al paro y no dejar en ningún momento de renovar la demanda de empleo

En todas las ayudas asistenciales para desempleados de larga duración, además del requisito de carencia de rentas, es fundamental poder acreditar que el trabajador es parado de larga duración. Para ello debe estar inscrito como demandante de empleo y no olvidar en ningún momento la renovación de su demanda. Si la fecha de sellar el paro se pasa, se pierde la antigüedad como demandante y esto se traduce en sanciones y pérdida temporal de la ayuda.

 

Nuestro consejo es que cualquier trabajador en paro se inscriba siempre como demandante de empleo, aunque no cobre nada.

 

Si no está inscrito  y se aprueban nuevas ayudas para desempleados de larga duración, no las podrá recibir. Además, hay otros 5 motivos por los que siempre es recomendable apuntarse al paro.

Las oras ayudas asistenciales: las Rentas de Inserción de las Comunidades Autónomas y el Ingreso Mínimo Vital

Cuando se han agotado las ayudas extraordinarias estatales (RAI y SED) o simplemente no se han podido solicitar y no se dispone de nuevas cotizaciones por desempleo que permitan solicitar una prestación o subsidio, la opción preferente es solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV)

Guía completa para solicitar el Ingreso Mínimo Vital

Si no se cumplen los requisitos del IMV, recomendamos acudir a los servicios sociales de la Comunidad Autónoma y solicitar la “rentas de integración” de las Comunidades Autónomas. Se trata de ayudas asistenciales para personas con carencia de rentas. Las gestionan los gobiernos autonómicos, dentro su política de protección social y asistencial y el año pasado tuvieron más de 700.000 beneficiarios.

Importe rentas autonómicas de inserción
pulsa para ampliar

Estas rentas autonómicas de inserción se solicitan ante los servicios sociales de Ayuntamientos y Comunidades Autónomas y cada Comunidad tiene una normativa y requisitos propios para concederlas. En este directorio están incluidos los enlaces a cada una de ellas:

 

Los salarios sociales

 

 


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