Ayuda de hasta 588 euros al año por hijo para familias desfavorecidas

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Las ayudas económicas de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo han aumentado hasta los 588 euros anuales. Requisitos y cómo solicitarlas.

Aumenta la ayuda por hijo o menor acogido a cargo

Actualizado: 12/03/2020

El Real Decreto-ley 8/2019 incrementa hasta 588 euros anuales las ayudas para las familias más desfavorecidas.  Se trata de una prestación de la Seguridad Social muy desconocida a la que ahora se le ha incrementado el importe de ayuda anual.

De acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Estadística (indicador AROPE 2017), la tasa de riesgo de pobreza o exclusión social para menores de 16 años alcanzó en España el 31 %, siete puntos por encima de la media europea. Más de 630.000 niños viven en hogares en situación de pobreza severa, con ingresos que están por debajo del 25% de la mediana de ingresos equivalentes.

La Unión Europea apremia a España a que mejore las transferencias sociales para luchar contra la pobreza infantil en las familias con menores ingresos y para ello se ha decidido incrementar las prestaciones anuales de la Seguridad Social por hijo a cargo.

  • Aumenta la prestación por hijo a cargo, hasta los 341 euros anuales (antes era de 291).
  • En situaciones de pobreza más severa y urgente necesidad, la cuantía por hijo será de 588 euros al año. 






¿Quién puede solicitar estas ayudas anuales de la Seguridad Social?

Los requisitos para solicitar la asignación económica por hijo a cargo,  están regulados en el artículo 352 y siguientes de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS):

Básicamente, se exige:

  • Tener hijos menores de dieciocho años o mayor de dicha edad y que esté afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 65 por ciento, a cargo del beneficiario. La ayuda también cubre por menores en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción.
  • Residir legalmente en territorio español
  • Los límites de ingresos para tener derecho a la asignación económica por hijo o menor a cargo quedan fijados en 12.313,00 euros anuales y, si se trata de familias numerosas, en 18.532,00 euros, incrementándose en 3.002 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto, este incluido.
  • No tener derecho a prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social

Normalmente los beneficiarios de esa ayuda son los progenitores (padres y madres), adoptantes o acogedores, pero con algunos requisitos también lo pueden ser los huérfanos o menores abandonados.

Asignación económica anual

El importe de la ayuda es de 341 euros al año por hijo y puede aumentarse hasta los 588 euros en los casos en que los ingresos del hogar sean inferiores según la siguiente escala:

Integrantes del hogar

Ingresos máximos

Asignación íntegra anual euros

Personas de edad igual o mayor de 14 años (M)

Personas menores de 14 años (N)

1

1

4.679,99 o menos

588 x Hijo

1

2

5.759,99 o menos

588 x Hijo

1

3

6.839,99 o menos

588 x Hijo

2

1

6.479,99 o menos

588 x Hijo

2

2

7.559,99 o menos

588 x Hijo

2

3

8.639,99 o menos

588 x Hijo

3

1

8.279,99 o menos

588 x Hijo

3

2

9.359,99 o menos

588 x Hijo

3

3

10.439,99 o menos

588 x Hijo

M

N

3.599,99 + [(3.599,99 x 0,5 x (M-1)) + (3.599,99 x 0,3 x N)] o menos

588 x Hijo

Beneficiarios:
H = Hijos a cargo menores de 18.
N = número de menores de 14 años en el hogar.
M = número de personas de 14 o más años en el hogar.

 

Dónde y cómo solicitar la ayuda por hijo a cargo

Esta ayuda hay que solicitarla pidiendo cita previa en los Centros de Información del Instituto Nacional de la Seguridad Social (CAISS).

En este enlace puede descargar el impreso y la nota de instrucciones: formulario solicitud prestación por menor a cargo.



Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


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